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Cómo y cuándo se realizará la regularización de cuota de autónomo por ingresos reales

Con nuevo sistema de cotización según los ingresos reales, que empezó a funcionar el 1 de enero de 2023, el autónomo tendrá que elegir una base de cotización mensual que tendrá carácter provisional. Las bases de cotización mensuales elegidas, tendrán un carácter provisional, hasta que la Seguridad Social proceda a la regularización anual de la cotización, en base a cuánto ganó el autónomo durante ese año con su actividad empresarial. Estas bases de cotización se eligen entre 15 tramos de ingresos que ha establecido la Seguridad Social.

Con el nuevo sistema de cotización según los ingresos reales, que empezó a funcionar el 1 de enero de 2023, el autónomo tendrá que elegir una base de cotización mensual que tendrá carácter provisional. Las bases de cotización mensuales elegidas, tendrán un carácter provisional, hasta que la Seguridad Social proceda a la regularización anual de la cotización, en base a cuánto ganó el autónomo durante ese año con su actividad empresarial. 

Estas bases de cotización se eligen entre 15 tramos de ingresos que ha establecido la Seguridad Social.
 
Soy autónomo y no he cambiado la base de cotización, ¿qué tengo que hacer?
Desde el 1 de enero, si ya estabas dado de alta como trabajador autónomo, se habilitó a través del servicio Modificación de datos de trabajo autónomo de Importass la posibilidad de comunicar tus rendimientos. Si aún no lo has hecho, puedes comunicarlo antes del 31 de octubre de 2023. En caso de no hacerlo, en 2024 se regularizarán las cuotas en base a tus rendimientos.
Los nuevos autónomos -quienes se hayan dado de alta en 2023- habrán tenido que seleccionar una base de cotización en función de su previsión de rendimientos netos al darse de alta. Desde enero a julio de 2023, los nuevos autónomos que previamente no se encontraban de alta en el año 2022 en el RETA ascienden a 233.911.
¿Puedo elegir entre el nuevo sistema de cotización o el anterior?
No, el sistema de cotización para los autónomos ahora es por rendimientos netos para todos, tanto para nuevos autónomos como para los que estuvieran dados de alta, hayan cambiado su base de cotización o no.
 
¿En 2024 se regularizarán las cuotas de quienes no hayan cambiado su base de cotización?
Esta regularización se producirá para todos los trabajadores autónomos, con independencia de que se hayan adaptado o no al nuevo sistema de cotización -ajustando su base de cotización al promedio mensual de los rendimientos netos anuales que prevea obtener en el año natural correspondiente- o se hayan dado de alta en 2023.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá durante el 2024 a la regularización de la cotización con el fin de determinar las bases de cotización mensuales definitivas del año 2023 de cada trabajador, la cual se efectuará en función de sus rendimientos anuales comunicados al efecto por la correspondiente Administración Tributaria, mediante un proceso automatizado, una vez están disponibles los datos tributarios después de la Campaña de la Renta.
 
¿Cómo comunicará la Seguridad Social a los autónomos las cuantías y el modo de proceder si deben regularizar dichas cuotas?
La resolución de la regularización anual de cuotas se notificará telemáticamente a los trabajadores autónomos a través de NOTESS (el sistema de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social), al tratarse de un colectivo obligado a recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos.
 
¿En qué fechas se producirá dicha regularización? ¿Podrá aplazarse o dividirse el pago?
La fecha concreta de inicio del proceso de regularización anual de las cotizaciones correspondientes al año 2023, que previsiblemente se producirá en el segundo semestre de 2024, dependerá del momento en que la TGSS disponga de toda la información que deben remitir las Administraciones Tributarias y que resulta necesaria para acometer dicha regularización.
En materia de aplazamientos, se aplicará con carácter general lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
¿Qué ocurrirá con las cuotas de aquellos autónomos que sigan sin cambiarlas adaptándolas a sus ingresos reales?
Las cotizaciones que los trabajadores autónomos realicen durante 2024, estén o no adaptadas a los rendimientos que prevean obtener durante dicho ejercicio, en todo caso, se regularizarán igualmente durante el segundo semestre del año 2025 en función de la información que remitan a la TGSS las Administraciones Tributarias.
¿Qué ocurre con los autónomos con rendimientos inferiores a la base de cotización de diciembre de 2022?
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieran cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener dicha base de cotización, o una inferior a ésta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas.
¿Puedo cambiar mi base de cotización en función mis previsiones de ingresos a lo largo del año?
Se han establecido un total de hasta 6 posibles cambios al año, cada dos meses. Los cambios de bases de cotización se podrán realizar también a través del servicio de cambio de base existente en Import@ss, o a través del Sistema RED. Los efectos de dichos cambios se producen en las siguientes fechas:
  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.