La Comisión Europea presentará la semana que viene ante el Parlamento Europeo un Reglamento que sustituirá a la Directiva Europea sobre Morosidad, que contempla que las empresas tengan que pagar a un máximo de 30 días, en vez de a 60 como estaba estipulado en la citada directiva. El texto se presentará en la Eurocámara, para someterlo, posteriormente, a su aprobación. En dicho Reglamento propone medidas para frenar la morosidad en las relaciones comerciales y fomentar así la liquidez de las empresas.
La aplicación será de carácter inmediato y directo a cada legislación nacional de los países miembros de la Unión Europea. La principal medida consiste en que las empresas tengan que pagar a un máximo de 30 días, en vez de a 60 como estaba contemplado hasta ahora en la Directiva y en la Ley de Morosidad española. En este documento se contempla que el pago de tasas compensatorias e intereses será legalmente automático en caso de morosidad y facilitará a las empresas hacer valer sus derechos reduciendo la carga y facilitando el acceso a una reparación efectiva a través de la mediación. Lo que supondrá que los litigios resueltos a través de la mediación conllevarán costes menores que los procedimientos judiciales.