Skip to main content
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Paquete europeo de Movilidad: segunda Guía aclaratoria de la Comisión Europea con preguntas y respuestas

El Paquete de movilidad 1 está en vigor y las disposiciones sociales sobre tiempos de conducción y condiciones de descanso de los conductores se han estado aplicando desde el 20 de agosto de 2020. La prioridad de la Comisión Europea es garantizar un entendimiento común y una aplicación coherente de las nuevas disposiciones. 

Es por ello por lo que la Comisión preparó un primer conjunto de preguntas y respuestas para abordar las cuestiones de implementación más urgentes planteadas por el sector, y que se complementan con esta segunda Guía, de manera que sirvan para los conductores, los operadores de transporte por carretera y los encargados de hacer cumplir las normas para garantizar que las normas se apliquen y controlen de forma armonizada en toda la UE.

Preguntas que son resueltas y aclaradas en esta segunda Guía:

Retorno de un conductor1.- ¿Cómo deben entenderse y demostrarse las expresiones “lugar de residencia”, “centro de operaciones” y “en el que el conductor tenga su base habitual”?, ¿qué ocurre cuando la empresa está establecida en muchos Estados miembros o fuera de la UE?
2.- ¿Durante cuánto tiempo la empresa de transporte debe conservar la documentación que acredite que ha organizado el trabajo del conductor de manera que pueda regresar a su lugar de residencia o centro de operaciones de la empresa?

3.- ¿La obligación de retorno de los conductores a su domicilio es aplicable a los vehículos alquilados en otro Estado miembro y a conductores de vehículos de transporte de pasajeros?4.- ¿Qué se entiende por “más de 45 horas (de periodo de descanso) que tome como compensación” que el conductor debe tomar cuando se haya tomado dos periodos consecutivos de descanso semanal reducidos en el transcurso de dos semanas consecutivas, de conformidad con el artículo 8, apartado 8 bis, párrafo segundo? ¿cuándo debe comenzar el período de descanso tomado como compensación?

Prohibición de tomar un descanso semanal normal en la cabina del vehículo

5.- ¿Puede un conductor autónomo tomarse su período de descanso semanal normal en el vehículo?Períodos de descanso diario y semanal reducidos6.- Un conductor toma dos períodos de descanso semanales reducidos consecutivos (2×24 horas) fuera del Estado miembro del establecimiento. Al volver a su domicilio, toma un período de descanso como compensación (2×21 horas) y un período de descanso semanal normal (45 horas). ¿Tras volver a su domicilio, debe el conductor tomarse su período de descanso diario (9 o 11 horas) antes de comenzar el período de descanso como compensación y el período de descanso semanal normal, de conformidad con el artículo 8, apartado 2?

7.- ¿Puede un conductor tomarse más de dos períodos de descanso semanal reducidos durante el período de referencia de cuatro semanas previsto por el artículo 8, apartado 6, párrafo tercero? ¿es obligatorio compensar todos los períodos de descanso semanal reducidos?

8.- ¿Puede el conductor tomarse el período de descanso diario y el período de descanso semanal reducido en el vehículo?

Superación excepcional del tiempo de conducción9.- De conformidad con los párrafos segundo y tercero el artículo 12, el conductor puede no observar lo dispuesto en el artículo 6, apartados 1 y 2, y el artículo 8, apartado 2, superando el tiempo de conducción diario y semanal. Si el tiempo diario de conducción acumulado del conductor no supera el máximo permitido, ¿puede hacer uso de la excepción al artículo 8, apartado 2, sin tener que superar el tiempo de conducción diario o semanal? Si, al hacer uso de esta excepción, el conductor comienza su periodo de descanso semanal tras haber concluido los seis períodos de 24 horas desde el final del anterior periodo de descanso semanal, ¿constituye ello una violación del Reglamento?

10.- ¿Cómo debe entenderse la excepción al artículo 8, apartado 2, prevista por el artículo 12, párrafos segundo y tercero? ¿es posible reducir el tiempo de descanso diario de un período determinado (una o dos horas) y compensarlo antes de finalizar la tercera semana siguiendo a la semana en cuestión?

11.- ¿Cómo deben compensarse las horas de conducción adicionales efectuadas en circunstancias excepcionales (por ejemplo, una hora de conducción adicional debe compensarse con una hora de descanso adicional)? ¿también debe compensarse la pausa de 30 minutos o solamente el tiempo de conducción adicional?

12.- ¿Si un conductor usa la excepción prevista en el artículo 12, tras conducir cuatro horas y media, debería hacer una pausa de 30 minutos o 45 minutos antes de la conducción adicional?

Conducción en equipo13.- ¿Cómo debe registrarse en un vehículo en movimiento la pausa de 45 minutos del segundo conductor que participe en la conducción en equipo, si se tiene en cuenta que el tacógrafo digital registra automáticamente la disponibilidad del conductor? ¿en qué intervalo puede el conductor hacer una pausa de 45 minutos, es decir, al comienzo o al final del tiempo de disponibilidad o en cualquier intervalo de tiempo de disponibilidad?

14.- ¿Es posible fragmentar las pausas en una situación de conducción en equipo?

Tacógrafos

15.- ¿Cómo pueden los supervisores hacer efectivo el registro de las operaciones de carga y descarga si los conductores no tienen obligación legal de llevar dichos registros?