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El Proyecto de Ley sobre infracciones contra la morosidad en el transporte por carretera se remite al Senado

La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Congreso ha aprobado hoy, 8 de junio, el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de infracciones para luchar contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera.  Esta aprobación se produce 9 meses después de que el Consejo de Ministros aprobara la tramitación administrativa urgente de la modificación de la LOTT en esta materia, fruto del compromiso adquirido con el Departamento de Mercancías del CNTC.

En esta iniciativa también se incluye el Proyecto de Ley por la que se modifica la citada ley en materia de infracciones relativas al arrendamiento de vehículos con conductor. 

Ambos proyectos, aprobados por el Consejo de Ministros el 22 de diciembre de 2020 y el 9 febrero de 2021, respectivamente, se remitieron al Congreso para su tramitación parlamentaria. Como iniciativas legislativas del ejecutivo, no se someten al debate de toma en consideración. Por ello, los textos fueron remitidos directamente a la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a la que se encomendó dictamen, y se procedió a la apertura del plazo de presentación de enmiendas. 

Lucha contra la morosidad en el transporte por carretera

La exposición de motivos del texto aprobado  señala que “la morosidad influye negativamente en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad”. Por ello se crea un nuevo tipo infractor por el incumplimiento del plazo máximo legal de pago de 60 días.

 

La modificación del artículo 141 de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, que enumera las infracciones de carácter graves, incluye tipificar el incumplimiento del límite máximo legal de pago, con multas de entre 401 y 1.000 euros. A partir de 3.000 euros de deuda,  las infracciones serán catalogadas como muy graves. La propuesta inicial remitida al Congreso el pasado mes de febrero únicamente contemplaba multas de entre 1.000 y 6.000 euros, tipificando toda infracción del límite máximo de pago.

A diferencia del texto original que contemplaba un único tipo infractor, y una única sanción muy grave, la enmienda aprobada prevé dos tipos sancionadores distintos en función del precio del transporte, de tal manera que cuando no supere el importe de 3000 euros, la infracción se considerará grave, reduciéndose considerablemente la cuantía de la multa.

El proyecto de Ley aprobado prevé la publicidad de las resoluciones sancionadoras impuestas por estos incumplimientos, como sucede en otros sectores y en el derecho comparado, con fines disuasorios, puesto que la reputación empresarial también debe jugar un papel importante para combatir las prácticas de competencia desleal en el mercado, si bien, un reciente estudio publicado por Hacienda admite la inutilidad de revelar la lista anual de los principales morosos, ya que ni la divulgación de sus nombres ni el supuesto reproche social les empuja a la mayoría de ellos a pagar su deuda.

 

El texto remitido al Senado, que fue aprobado por 22 votos favorables y 15 abstenciones incluye el informe de la ponencia y las enmiendas acordadas en comisión. En total se han aprobado tres enmiendas transaccionales. La primera, sobre la enmienda 19 del Grupo Ciudadanos y la enmienda 6 de los Grupos Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común. La segunda, sobre la enmienda 13 de los Grupos Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común y la 10 del Grupo Popular. Y la tercera, una enmienda transaccional a la exposición de motivos de la iniciativa.

El dictamen aprobado sigue su tramitación parlamentaria en el Senado, pudiendo estar en vigor a finales del presente mes de junio o a comienzos del mes de julio.