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CAV: Medidas de tipo económico (líneas de financiación y ayudas directas) para pymes y autónomos

Tras la aprobación de las líneas generales del plan por parte del Gobierno Vasco de las que ya informamos en el boletín digital Nº 1456 del pasado 20 de marzo,  el Consejo de Gobierno Vasco en su reunión de hoy ha aprobado una serie de medidas de las que se destacan las siguientes dirigidas a pymes y autónomos: 

Línea de FINANCIACIÓN COVID-19 del IVF 
Línea de financiación urgente de 25 millones de euros de préstamos directos para apoyar a autónomos y pymes, a interés 0% y gestionadas través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF). Esta herramienta es una medida “puente”, hasta tener lista la línea de financiación de circulante de 500 millones de euros contemplada por el ejecutivo vasco en colaboración con ELKARGI y las entidades bancarias que operan aquí.

La Línea COVID19 del IVF podrá dedicarse a cubrir los gastos fijos de estructura equivalentes a seis meses de funcionamiento ordinario de la empresa, si bien es cierto que de este importe deberán deducirse todas aquellas facilidades de liquidez o coste transitorias o temporales a las que se acojan (por ejemplo, aplazamientos de las Haciendas Forales, reducción de los costes laborales por ERTES u otras deducciones aplicables).

Las condiciones de los préstamos son:

Importe mínimo: 5.000 euros autónomos y 50.000 euros PYMES.
Importe máximo: 50.000 euros autónomos y 1.000.000 euros PYMES.
Tipo de interés: Coste 0% (el IVF subvenciona el Euribor +0,50% anual).
Plazo de financiación: Máximo de 5 años.
Carencia: Hasta 12 meses.
Cuotas: Trimestrales.

Las condiciones de acceso son:

Ejercer actividad económica en la CAV, con domicilio social, centro de decisión y/o al menos un centro de actividad ubicado en la CAV
Tener la calificación de PYME.
No tener deudas vencidas con el IVF o ELKARGI.
Estar al corriente en los pagos por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Así mismo, en las solicitudes se deberá presentar una breve descripción de la afectación de la emergencia sanitaria en la actividad y las necesidades de financiación que tienen.

Más información:

INSTITUTO VASCO DE FINANZASTlfno: 945019113

info@ivf-fei.eus

ELKARGI, www.elkargionline.com   

GIPUZKOA: 943309060 comercialgipuzkoa@elkargi.es 
BIZKAIA: 944238228 comercialbizkaia@elkargi.es
ARABA 945231212 comercialaraba@elkargi.es

 
Línea de AYUDAS para autónomos y empresarios/as individuales (LANBIDE)
El Consejo de Gobierno también ha dado hoy luz verde a un nuevo programa de Lanbide ? Servicio Vasco de Empleo de ayudas de carácter excepcional para empresarios/as individuales y autónomos/as. Esta línea subvencionará gastos como los de cotización a la Seguridad Social y rentas de alquiler, con un máximo de 3.000 euros por persona.

Los conceptos subvencionables son:

Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (Dicho gasto no se considerará subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).
Y el arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a.

Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas: (Siempre que estén empadronados y tengan la residencia efectiva en la CAE y tengan domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAV y radique en la misma el centro de trabajo):

Las empresarias o empresarios y profesionales individuale.
Las socias y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal.

Más información en 
www.lanbide.euskadi.eus

Total de medidas aprobadas (Consejo de Gobierno Vasco, 24/03/2020).