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Publicada la Ley de Cooperativas de Euskadi

El pasado 30 de diciembre se publicó la Ley 11/2019 que regula el funcionamiento de las Cooperativas de Euskadi. Entre las aportaciones más importantes destaca la fijación de las responsabilidades de los socios en caso de que su cooperativa entre en pérdidas, limitadas a su aportación al capital. La presente ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el BOPV.

Solo en el caso de que un socio haya asumido expresamente mediante un contrato otras obligaciones que superen su aportación a la cooperativa deberá responder con su patrimonio personal si la empresa va mal.

La norma incluye la posibilidad de elevar del 25% al 30% el porcentaje de horas/año (de empleo, en definitiva) realizado por trabajadores no socios.

Otra de las novedades de la norma es la integración en la misma de la regulación de las cooperativas pequeñas. Además, la ley apuesta por la paridad de hombres y mujeres en los consejos rectores de las cooperativas. También se otorga mayor flexibilidad de autorregulación a las cooperativas en sus reglamentos internos y se incluye a representantes de las diputaciones forales en el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi.

En el texto normativo se crean nuevas figuras como las “junior cooperativas”, de carácter educativo y que estarán conformadas por estudiantes como parte de su formación académica y bajo la tutela del centro. También tiene la norma un apartado especial para las cooperativas de vivienda y de transporte.

Cooperativas de transporte

En el artículo 129 se definen las cooperativas de transporte, diferenciando las cooperativas de trabajo asociado y las cooperativas de transportistas:

Cooperativas de trabajo asociado: en las que las personas socias trabajadoras no serán titulares de empresas de transporte ni podrán facturar por la prestación de su trabajo. En caso de baja de estas personas socias, el reembolso de sus aportaciones será en metálico.
Cooperativas de transportistas: asocia a titulares de empresas del transporte que puedan ejercer la actividad de transportistas y tiene por objeto facilitar la actividad empresarial de sus personas socias, prestando servicios y suministros, así como cualquier operación encaminada al mejoramiento económico y técnico de las explotaciones de aquellos.

Acceso al texto íntegro de la Ley.