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Italia: Nuevos cambios en la normativa sobre trabajadores desplazados

El gobierno italiano ha publicado el pasado 10 de julio la circular 5507 del Ministerio de Interior que contiene nuevas disposiciones en materia de desplazamiento de trabajadores. Se sigue aplicando a las operaciones de cabotaje, no así al transporte internacional con origen o destino en ese país ni al transporte de tránsito. Se requiere que la empresa para la que se presta el servicio, o cliente, esté establecida en Italia, siendo necesario nombrar un representante en dicho país.

Obligaciones

La comunicación que las empresas tienen que efectuar por cada conductor desplazado deben realizarse con una antelación de 24 horas al día de realización de la operación de cabotaje.
Esta comunicación de los
desplazamientos debe realizarse a través de la página del Ministerio de Trabajo italiano (es preciso darse de alta como usuario con una contraseña) y deberá incluir el sueldo bruto por hora y cómo se le pagan los gastos del viaje al conductor (en italiano).
A bordo del vehículo debe llevarse resguardo de la comunicación del desplazamiento enviada, así como copia del contrato de trabajo y, al menos, una nómina, ambos traducidos al italiano. El representante deberá asimismo recibir copia de esta comunicación.
La sanción por incumplimiento de la obligación de comunicación es de 150 a 300 euros, mientras que circular sin documentación o circular con documentación errónea estará sancionado con importes que van desde los 1.000 euros hasta los 10.000 euros. Si la multa se paga en el plazo de 5 días, se admite una reducción del 30%.
Recordamos que los conductores asalariados pertenecientes a empresas
transportistas de cualquier Estado de la Unión Europea y que realicen
transporte interior (cabotaje) en territorio italiano, deberán cubrir al
menos el salario mínimo establecido en la convención sectorial en dicho
país, que es de 1642,37 euros mensuales, lo que significa un importe de
8,30 euros por hora. Según nos informa ASTIC, la sociedad de servicios Italiana ANITA BUSINESS SRL de la asociación de transportistas ANITA se ha ofrecido para ejercer de representante de las empresas extranjeras y prestar el correspondiente apoyo y cobertura. Igualmente, el bufete de abogados FORMAITALIA, con sede en Barcelona, también ofrece el servicio, al igual que la empresa SETIR, empresa de servicios de ASTIC (914514800, comercial@setir.es)Más información sobre normativa desplazamiento trabajadores Italia.