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Publicadas las bases reguladoras de las ayudas del IDAE

Entre las actuaciones subvencionables se encuentra la instalación de sistemas tecnológicos y aplicaciones orientadas a la mejora de la eficiencia energética en las flotas de transporte por carretera como sistemas telemáticos de gestión de flotas de transporte; software/hardware relativo a planificación y control de rutas, itinerarios y parámetros en la conducción de los vehículos de la flota; sistemas tecnológicos de mejora en la gestión del combustible y sistemas tecnológicos de gestión de la carga y descarga.

Este programa, publicado en el BOE de 8 de abril, pretende incentivar la realización de planes de transporte sostenible al centro de trabajo, con el fin de conseguir cambios importantes en el reparto modal, con una mayor participación de los modos más eficientes en detrimento de la utilización del vehículo privado con baja ocupación y seguir fomentando el uso de los modos no consumidores de energía fósil, como la marcha a pie o en bicicleta. Y, por otra parte, pretende promover también acciones encaminadas al uso eficiente de los modos de transporte, motivado por los grandes avances en la gestión de flotas, tanto en recorridos como en cargas, a través de la realización de auditorías, la implantación de sistemas informáticos y la formación en gestión de flotas, así como la formación continua en técnicas de conducción eficiente para los conductores profesionales. Respecto a los cursos de conducción eficiente, las ayudas van dirigidas a continuar con una actuación que ha proporcionado muy buenos resultados en su aplicación en los últimos años.Para poder acogerse al programa, las actuaciones susceptibles de ayuda
habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono
y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia
energética con respecto a la situación inicial y cumplir con las
condiciones establecidas por las presentes bases. Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deberán cumplir con
los requisitos esenciales que se establecen en el anexo I y deben
encuadrarse en una o varias de las tipologías siguientes: 1) Planes de transporte sostenible al centro de trabajo.2) Gestión de flotas de transporte de mercancías y viajeros por carretera y de flotas de vehículos de servicios.3) Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales.Como actuaciones elegibles objeto de ayuda para la mejora de la gestión energética de flotas de transporte por carretera, se considerarán:

La realización de auditorías energéticas a las flotas de vehículos para que mejoren su gestión integral, y así reducir sus consumos energéticos y aumentar su competitividad. Se realizará según el índice del «Informe Justificativo de gestión de Flotas de Transporte» disponible en la página web del IDAE. www.idae.es
La Instalación de sistemas tecnológicos y aplicaciones orientadas a la mejora de la eficiencia energética en las flotas de transporte por carretera. Las tipologías de proyectos podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo, las siguientes: Sistemas telemáticos de gestión de flotas de transporte; Software/hardware relativo a planificación y control de rutas, itinerarios y parámetros en la conducción de los vehículos de la flota; Sistemas tecnológicos de mejora en la gestión del combustible; Sistemas tecnológicos de gestión de la carga y descarga.
La realización de un curso para la implantación de la gestión eficiente de flotas de transporte por carretera dirigido a los actores participantes del proceso. Estos cursos se enfocarán fundamentalmente a la gestión eficiente del combustible y tendrán una duración mínima de 8 horas.
La cuantía de la ayuda, bajo la modalidad de entrega dineraria sin
contraprestación, para las medidas de mejora en la gestión de flotas,
será del 30 % de la inversión y coste elegible calculado según la base
cuarta.Sólo se podrán incluir en el Programa actuaciones cuyo coste elegible sea igual o superior a 15.000 euros.El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 200.000 euros.Las ayudas otorgadas en virtud de la presente convocatoria serán
compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, que fueran
otorgadas por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o
entes públicos, nacionales o internacionales, siempre y cuando la
cantidad total de las ayudas otorgadas, de forma acumulada, no supere el
coste de la actuación.Plazos de presentación de solicitudes:Las solicitudes se podrán presentar a partir del día 25 de mayo de 2017. La publicación en BOE del extracto de la convocatoria se produjo el 25 de abril de 2017, y la resolución de convocatoria está
disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). La
conclusión del programa de ayudas se producirá cuando transcurra 1 año
natural desde la fecha de su publicación en el BOE del extracto de la
convocatoria, es decir, el último día será el 24 de abril de 2018,
siempre y cuando no se haya agotado con anterioridad el presupuesto
disponible.
Para cualquier duda o aclaración, dirigirse al Servicio de Información
al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a
través del correo ciudadano@idae.es, el correo postal del Instituto, C/Madera 8, 28004-Madrid, o el teléfono
913 14 66 73 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes. Fax: 91
523 04 14.
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