El Director General de Transporte Terrestre, Joaquín del Moral, ha aclarado en escrito remitido al Comité Nacional de Transporte por Carretera, que el dato a incluir en el certificado de desplazamiento en Francia, exigible a tenor de la Ley Macron, es el de la licencia comunitaria, ya que se trata de una dato del Registro Nacional.
Según precisa el Sr. del Moral, “el apartado 2 del artículo 16 del Reglamento 1071/2009, determina el contenido mínimo de los registros electrónicos nacionales, entre los que figura la licencia comunitaria. Atendiendo a dicho Reglamento, el número de la licencia comunitaira figura en el Registro Nacional de Empresas de Transporte (RAET) de ESpaña, cuyos datos se pueden consultar en la web del Ministerio de Fomento”.