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Conducción en equipo: Francia está sancionando desde primeros de marzo por no realizar la pausa de 45 minutos con el camión parado

Un cambio interpretativo unilateral por el cual las pausas deben realizarse con el selector de actividad en la posición descanso, que los gendarmes franceses están aplicando con efectos desde el pasado 2 de marzo, y que es justificado en la modificación del Reglamento de tacógrafo 165/2014. En el caso de doble conducción, si la pausa no se realiza con el vehículo parado, el tacógrafo del acompañante no señala descanso, sino disponibilidad, la nueva interpretación pretende que esa pausa no sea válida.

Los gendarmenes están sancionando por exceso de conducción
ininterrumpida en aquellos supuestos en que la pausa de 45 minutos no se
realiza con el vehículo parado, y por tanto ese periodo aparece marcado
con el símbolo disponibilidad y no con el símbolo descanso. Se recomienda que, en el caso de doble conducción, si un conductor ha agotado las 4.30 horas de conducción ininterrumpida y ha empezado a circular como “acompañante” no retome la conducción sin haber realizado una pausa de 45 minutos con el vehículo parado, de forma que aparezca en el tacógrafo con el signo de descanso.Esta pausa no tiene que realizarse inmediatamente después del primer periodo de conducción, pero sí antes de reemprender la conducción tras haber agotado las primeras cuatro horas y media.ASTIC presentará las reclamaciones oportunas ante todas las instancias competentes nacionales e internacionales.