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Se publicarán las sentencias condenatorias firmes dictadas en materia de fraude fiscal

Por otra parte, a finales de año se publicará la lista de morosos con Hacienda que incluirá a las empresas y particulares con deudas superiores a un millón de euros. El Congreso aprobó ayer la reforma de la Ley General Tributaria que lo permite.

En este listado no figurarán los nombres de las personas con deudas aplazadas o suspendidas. El Boletín Oficial del Estado comenzará a publicar la información de las
sentencias en materia de fraude fiscal que se dicten a partir del 11 de
noviembre.Los datos comprenderán el nombre y apellidos o razón social del
condenado, su delito, la pena impuesta y la cuantía a resarcir.El BOE ha publicado la Ley 10/2015 por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal, norma que entrará en vigor en el plazo de dos meses.En dicha norma, se establece una excepción que afectará a los casos en los que se satisfaga la totalidad de la cuantía defraudada a la Hacienda Pública por todos los conceptos con anterioridad a que se haga firme la sentencia.Esta Ley permite publicar un extracto del fallo condenatorio que contenga únicamente los datos del proceso, condenado, delito, la pena y la cuantía de responsabilidad civil impuesta, de forma que “salvaguarda los derechos de protección de datos de otras personas que hayan podido participar en el proceso y no resulten afectadas por la condena”.