Skip to main content
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Publicada en el BOE la Ley que regula las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación

Esta ley supone la desaparición del Consejo Superior de Cámaras y su sustitución por la Cámara de EspañaLa nueva Ley que regula estas instituciones se publicó en el BOE del 2 de abril. Las Comunidades Autónomas tendrán hasta el 31 de enero de 2015 para adaptar sus respectivas normativas a la nueva Ley de Cámaras de Comercio. Por otro lado, la Ley crea la Cámara de Comercio de España, como órgano coordinador de la red de cámaras en España y en el exterior. La pertenencia a las Cámaras no va suponer ninguna carga económica para las empresas y establece un sistema de ingresos basado en los servicios que presten y en aportaciones voluntarias, además de convenios con administraciones públicas.

Los aspectos más destacables de la nueva Ley son los siguientes:

Nuevo modelo, nueva denominación. Las Cámaras pasan a denominarse de “Comercio, Industria, Servicios y Navegación”
Ámbito territorial: Existirá como mínimo una Cámara por provincia
Naturaleza como corporaciones de derecho público. El legislador ha reconocido la importancia y necesidad de contar con unas instituciones básicas para el desarrollo económico y empresarial de España.
Ejercicio de funciones público-administrativas. Según el Preámbulo de la Ley estas funciones tienen especial relevancia en la regeneración del tejido económico y la creación de empleo.
Sus funciones se centran sobre cuatro ejes estratégicos: Internacionalización (Plan Cameral de internacionalización), Competitividad (Plan Cameral de Competitividad para las pymes)  Formación Profesional Dual y Arbitraje y Mediación.
La finalidad de las Cámaras se centran en: la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a todas las empresas.
La Ley establece el principio de que todas las empresas formarán parte de las Cámaras y participarán en sus órganos de gobierno, pero este derecho no comporta obligación económica ninguna.
Garantiza su sostenibilidad económica, estableciendo un sistema de ingresos, basado en los servicios que presten las Cámaras y en aportaciones voluntarias de empresas o entidades.
Crea la nueva Cámara de Comercio de España, que nace con la voluntad de constituirse en un órgano de representación y coordinación de la red territorial nacional y la red internacional entre las empresas y las Administraciones públicas. La Cámara de España será la encargada de gestionar, a partir de acuerdos previstos con el Ministerio de Economía y Competitividad, las actuaciones del  Plan Cameral de Internacionalización y el Plan Cameral de Competitividad.