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La Justicia europea dictamina que el céntimo sanitario español es contrario al derecho europeo

Contra dicha sentencia no cabe recurso alguno. Ayer, día 27 y tal y como estaba previsto, se dio a conocer el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el anteriormente llamado céntimo sanitario español (hoy en día Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos). La sentencia difundida señala que el IVMDH no respeta la directiva sobre los
impuestos especiales. Se desconoce por el momento el alcance que dicha sentencia tendrá respecto a la devolución de los 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011. Este fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de
transporte catalana que solicitó se le
devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto
alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se
pronunciara. Desde GUITRANS se recomienda prudencia, al ser necesario iniciar una valoración jurídica sobre las pautas a seguir a partir de ahora, así como valorar la situación de los
procedimientos ya iniciados contra la Administración y los nuevos cauces
jurídicos que puedan plantearse respecto de aquellos que no hubieran
presentado con anterioridad a la sentencia reclamación alguna. Les mantendremos informados de los pasos para reclamar la devolución una vez confirme la Administración central el procedimiento a seguir con la documentación que hay que presentar.Comunicado de prensa del Tribunal de Justicia de la UE.Sentencia (27/02/2014).