El 29 de marzo se publicó el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías, documento de naturaleza mixta, que establece la estructura de la negociación colectiva del sector y contiene además disposiciones de contenido normativo y de aplicación directa a las relaciones laborales afectadas por el mismo.
Lo establecido en este II Acuerdo general no afecta a los convenios colectivos en vigor, pero los nuevos convenios habrán de ajustarse a lo previsto en el mismo. En las materias o aspectos no regulados en los convenios colectivos de ámbito inferior, tanto preexistentes como posteriores a este II Acuerdo general, aí como en los casos en que no exista convenio colectivo, los preceptos del II Acuerdo general serán directamente aplicables a las empresas y trabajadores incluidos en su ámbito funcional.Texto íntegro del II Acuerdo general.