Hasta el próximo 6 de febrero para que aquellos autónomos que no tengan cubiertas las contingencias profesionales puedan optar a la prestación.La Ley 32/2010, publicada en el BOE de 6 de agosto, entró en vigor desde el pasado 6 de noviembre. Según la Ley, hay dos tipos de colectivos afectados: 1. Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que son:
Los trabajadores autónomos económicamente dependientes, los conocidos como TRADE.
Los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad.
2. Los trabajadores que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Resumen Ley 32/2010.