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El tiempo máximo de estacionamiento en las reservas de carga y descarga queda limitado a 30 minutos en la modificación de la Ordenanza de Movilidad de Madrid

Regulación de la carga y descarga, gestión del transporte de mercancías, circulación de bicicletas y procedimiento sancionador en materia de tráfico. Son las cuatro grandes líneas que definen la reforma de la Ordenanza de Movilidad, cuyo proyecto definitivo fue aprobado ayer jueves  por Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
Carga y la descarga:El tiempo máximo de estacionamiento en las reservas de carga y descarga queda limitado a 30 minutos. Estos espacios solo podrán ser utilizados por vehículos comerciales o industriales.

Transportes especiales:

Para articular un sistema más sencillo, ágil y respetuoso con el medio ambiente en la gestión del transporte de mercancías, la Ordenanza simplifica el procedimiento de autorizaciones para aquellos vehículos que no superen determinadas masas y dimensiones. Queda suprimida toda referencia a los perímetros A y B, sustituyéndolo por Calle 30. También se regulan de forma detallada los distintos tipos de autorizaciones especiales para dar respuesta a las diferentes necesidades de desplazamientos de este tipo de vehículos por la ciudad. Destaca la habilitación para circular los días laborables entre las 10 y las 13 horas, y entre las 16 y las 18, siempre que sea por Calle 30 en superficie y dispongan de una autorización genérica. La normativa, además, introduce dos nuevos preceptos para los vehículos que necesitan acompañamiento policial.

Sanciones en materia de tráfico:La entrada en vigor de la modificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -que unifica criterios sancionadores, con independencia del lugar donde se cometa la infracción y de la administración competente para castigarla- ha hecho necesaria la reforma de la Ordenanza de Movilidad en materia de infracciones y sanciones.