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Aclaración de Industria sobre la retroadaptación de retrovisores de los vehículos de transporte

Según nos ha informado CETM, la Dirección General de Industria pese a su Resolución de 3 de julio de 2008, relativa a los procedimientos de certificación de retroadaptacion de retrovisores específicos para las realizadas en España, no se opone a aceptar aquellas retroadaptaciones realizadas en otros Estados miembro, previo conocimiento de sus procedimientos de certificacion y siempre que sean de seguridad equivalente a nuestras retroadaptaciones. Sobre las llevadas a cabo en Francia de conformidad con su reglamentación específica, se consideran equivalentes a las nacionales, por lo que se informó favorablemente de su aceptación por las estaciones ITV.Desde la Dirección General de Industria se comunica que no tienen conocimiento de que se hayan tenido que emitir certificados supletorios nacionales para aquellas retroadaptaciones realizadas en otros países de la UE. Igualmente se ha comunicado a los Servicios de Industria de las CCAA la validez de las certificaciones emitidas en Francia, de acuerdo a su reglamentación específica sobre esta materia.

(Imagen extraída del Manual de Procedimiento de Inspección de las estaciones I.T.V elaborado por el Ministerio de Industria).