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TIR electrónico

Según nos informa ASTIC, desde el próximo 1 de enero serán aplicables las disposiciones del Reglamento 2913/92, del Consejo, que establece el Código aduanero comunitario, que exigen a los titulares de cuadernos TIR comunicar por vía electrónica. los datos que figuren en los mismos. La IRU ha desarrollado, en colaboración con varias autoridades aduaneras de países miembros de la UE, una aplicación informática (la TIR-EPD) para su uso a través de internet con la que realizar las “pre-declaraciones electrónicas”. Esta herramienta se encuentra ya operativa en Estonia, Hungría, Polonia, República Checa y República Eslovaca y a punto de estar lista en Finlandia. En España todavía no está habilitada, si bien se espera que técnica y legalmente esté preparado este nuevo sistema de tránsito aduanero.

Con este nuevo sistema los países que utilicen el régimen TIR podrán enviar los datos de sus cuadernos TIR a las autoridades aduaneras de manera directa y gratuita. Además, se reduce considerablemente el tiempo para su tratamiento.