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El próximo jueves, 14 de agosto, entran en vigor las Ã?rdenes Ministeriales incluidas en los Acuerdos del pasado 11 de junio

Como ya informamos en el boletín de noticias Nº 550, el 25 de julio se publicaron en el BOE tres de las cuatro Ã?rdenes Ministeriales acordadas en ejecución de lo firmado entre el Gobierno y el sector del transporte de mercancías por carretera el pasado 11 de junio, la última de las cuales, referida a las nuevas bases reguladoras de las ayudas para el cese, lo hizo cuatro días más tarde, esto es, el 29 de julio. Las tres normas, que regulan las nuevas condiciones generales de contratación con la cláusula automática de revisión de precios en función de la variación en el precio del gasoil, las nuevas normas de cabotaje y las modificaciones en el Régimen Jurídico de Autorizaciones, entran en vigor el jueves 14 de agosto.

Acceso a las Ã?rdenes Ministeriales:

Orden FOM/2181/2008, de 22 de julio, por la que se dictan reglas sobre la realización de transportes de cabotaje en España.
Orden FOM/2184/2008, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden de 25 de abril de 1997, del Ministerio de Fomento, por la que se establecen las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Claúsula de actualización precios.
Orden FOM/2185/2008, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo, en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.

La actualización automática de precios del transporte en función de la subida del precio del gasóleo es una medida, ineludible, para garantizar la supervivencia de las empresas, tanto que teniendo en cuenta las características del sector, se debería garantizar la aplicación obligatoria de la misma por parte de las empresas cargadoras, y para ello pensamos que es importante reforzar la obligación de esta repercusión indispensable introduciendo una sanción penal para aquellos casos en que no se aplique, tal como se está proponiendo por parte del Gobierno francés, donde están preparando una modificación normativa para imponer una sanción económica en tales casos. No olvidemos las graves consecuencias que puede conllevar un mercado de transporte que no consiga la rentabilidad suficiente para renovar sus flotas, y trabajar con criterios de seguridad y de calidad.