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La Comisión Europea de Transportes emite cinco notas orientativas a problemas de interpretación del Reglamento 561/2006

1.- Excepción aplicada al período mínimo de descanso y al período máximo de conducción con objeto de llegar a un punto de parada adecuado.
 2.- Registrar el tiempo de viaje de un conductor hasta un lugar que no es el lugar habitual para hacerse cargo o ceder el control de un vehículo comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento CE 561/2006.
3.- Ordenar la interrupción de una pausa o de un período de descanso diario o semanal con el fin de desplazar un vehículo en una terminal, en zonas de aparcamiento o en zonas de frontera.
4.-Registrar el tiempo de conducción mediante tacógrafos digitales cuando los conductores realizan paradas frecuentes u operaciones de reparto.
5.- Formulaire d”attestation d”activité établi para la décision de la Commission du 12 avril 2007 (“leave letter”) -no disponible en castellano-.
 
Puede acceder a cada una de estas notas orientativas pinchando aquí, eligiendo el idioma castellano (ES).Tras esta primera introducción, los máximos responsables de Inspección entraron a analizar exhaustivamente los principales artículos, explicando las diferencias de interpretación de la norma entre ambos departamentos de Inspección. Estas diferencias se centran fundamentalmente en la forma de computar la conducción ininterrumpida, la conducción diaria y la conducción bisemanal. En el transcurso de la jornada, que fue muy participativa, los socios asistentes solicitaron a ambas administraciones un esfuerzo de armonización tanto en la aplicación de la norma como en el propio régimen sancionador, ya que tal y como allí se expuso son notables las diferencias entre el baremo sancionador francés y el español, si bien y como contrapartida, en territorio francés todas las infracciones se tramitan por lo penal y no por la vía administrativa como ocurre en el territorio nacional.