Se mantienen en 2025 los límites para la aplicación del método de estimación objetiva (módulos) vigentes en los ejercicios 2016 a 2024.
En el BOE de 24 de diciembre 2024 se publicó el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social. Entre las medidas, la prórroga (*) para el período impositivo 2025 de los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA (en Gipuzkoa, no hay módulos en IRPF). El 23 de enero de 2025 se publicó en el BOE el acuerdo de derogación de dicho Real Decreto-Ley., quedando la prórroga a 250.000 euros sin efecto.
(*) Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016 a 2025.
Para los ejercicios 2016 a 2025, ambos inclusive la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.
Desde el sector se ha presionado para que Hacienda aclarase cómo iba a quedarse el límite de facturación para los transportistas ya que la citada situación tras la derogación del Real Decreto-ley 9/2024 estaba generando incertidumbre e inestabilidad al sector. El viernes pasado, 21 de marzo, la Dirección General de Tributos de la Agencia Tributaria emitió una nota informativa en la que confirma la prórroga de los límites aplicados en 2024.
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