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Publicadas las restricciones de circulación en Cataluña con prohibiciones específicas para los megacamiones y duotráilers

En el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya del lunes 17 de febrero se ha publicado la Resolución del Servicio Catalán de Tráfico en la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025, y que entrarán en vigor el 26 de febrero. En relación con las resoluciones de años anteriores, el cambio más significativo es la implantación de restricciones específicas para megacamiones y duotráiler. Se les prohíbe circular, con carácter general, en festivos, fines de semana, viernes por la tarde y tardes de la víspera de festivos. Las tardes de los viernes y las vísperas de festivos la restricción es la franja horaria de 15 a 24 horas. Además, se especifica que los vehículos autorizados en modalidad de duotráiler estarán siempre obligados a circular por la derecha y no podrán adelantar.

Por otra parte, durante el periodo estival (del 16 de junio al 11 de septiembre), ni megas ni duotráiler pueden circular los domingos y festivos por los tramos habituales de las carreteras de acceso a la Costa Brava: C-253, C-35, C-63, GI-681 y GI-682, quedando este año permitida la circulación para el resto de camiones.

Nuevas exenciones

Finalmente, señalar que se han incluido nuevas exenciones a las restricciones a la circulación de vehículos o conjuntos de vehículos dedicados al transporte de: huevos; cualquier alimento que deba mantenerse caliente; flores, plantas cortadas o en maceta; miel; cadáveres de animales; productos fermentables o higroscópicos; medicamentos o productos sanitarios cuya conservación requiera la refrigeración o el mantenimiento a una temperatura determinada. Además, en relación con el transporte de alimentación animal (forrajes, piensos y materias primas para fabricarlos) para granjas en producción, en 2025 se ha añadido también el de los vehículos que se dirijan a las fábricas de pienso.