En el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya del lunes 17 de febrero se ha publicado la Resolución del Servicio Catalán de Tráfico en la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025, y que entrarán en vigor el 26 de febrero. En relación con las resoluciones de años anteriores, el cambio más significativo es la implantación de restricciones específicas para megacamiones y duotráiler. Se les prohíbe circular, con carácter general, en festivos, fines de semana, viernes por la tarde y tardes de la víspera de festivos. Las tardes de los viernes y las vísperas de festivos la restricción es la franja horaria de 15 a 24 horas. Además, se especifica que los vehículos autorizados en modalidad de duotráiler estarán siempre obligados a circular por la derecha y no podrán adelantar.
Por otra parte, durante el periodo estival (del 16 de junio al 11 de septiembre), ni megas ni duotráiler pueden circular los domingos y festivos por los tramos habituales de las carreteras de acceso a la Costa Brava: C-253, C-35, C-63, GI-681 y GI-682, quedando este año permitida la circulación para el resto de camiones.
Nuevas exenciones
Finalmente, señalar que se han incluido nuevas exenciones a las restricciones a la circulación de vehículos o conjuntos de vehículos dedicados al transporte de: huevos; cualquier alimento que deba mantenerse caliente; flores, plantas cortadas o en maceta; miel; cadáveres de animales; productos fermentables o higroscópicos; medicamentos o productos sanitarios cuya conservación requiera la refrigeración o el mantenimiento a una temperatura determinada. Además, en relación con el transporte de alimentación animal (forrajes, piensos y materias primas para fabricarlos) para granjas en producción, en 2025 se ha añadido también el de los vehículos que se dirijan a las fábricas de pienso.