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Cuota de autónomos 2025, ¿cuánto se paga?


Las cuotas de autónomos varían de nuevo en 2025 al entrar en vigor las bases y cuotas aplicables para este año en el  sistema de cotización en función de los ingresos reales, sistema que se inició en enero de 2023 y se regula en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. El 1 de enero, algunas bases de cotización han cambiado en función de la nueva tabla de bases que ha entrado en vigor en 2025. Los autónomos podrán seguir pagando lo mismo pero sabiendo que, en la regularización que posteriormente haga la Seguridad Social, su cotización quedará ajustada en función a estas nuevas tablas. En 2025 se reduce un poco la cuota de los autónomos encuadrados dentro de los seis primeros tramos, se mantiene la de los tramos medios y se aumenta la de los autónomos que se encuentren en los tramos superiores.

El sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales

El sistema de cotización de los autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que se está desplegando durante 3 años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajan su cuota, mientras que se incrementa para los que más ganan. Este sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos.

Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima anterior, en los tramos más altos aumenta.

El nuevo sistema establece las siguientes cuotas mensuales:

  • Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros*.

* Estas cuotas corresponden a la base de cotización mínima dentro de cada tramo, que usamos como marco de referencia.

La cuota de cada autónomo se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,2% a la base de cotización que elija de entre la mínima y la máxima dentro de su tramo.

¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2025? Teniendo en cuenta la tabla de autónomos 2025, la cuota mensual mínima de autónomos en 2025 dependerá de cuál sea el tramo de ingresos en el que se mueva el trabajador autónomo. Si no llega a los 670 euros, la cuota mínima será de 200euros para una base de cotización mínima de 653,59 euros.

Para 2025, la tabla es la siguiente:

1.- Tabla de rendimientos y bases de cotización 2025. Tabla reducida
2.- Tabla de rendimientos y bases de cotización 2025. Tabla general

 
Tramos de rendimientos netos 2025.
Euros/mes
Base mínima.
Euros/mes
Base máxima.
Euros/mes
Tramo 1 <= 670 653,59 718,94
Tramo 2 > 670 y <= 900 718,95 900
Tramo 3 > 900 y <1.166,70 849,67 1.166,70
 
Tramos de rendimientos netos 2025.
Euros/mes
Base mínima.
Euros/mes
Base máxima.
Euros/mes
Tramo 1 >= 1.166,70 y <=1.300 950,98 1.300
Tramo 2 > 1.300 y <= 1.500 960,78 1.500
Tramo 3 > 1.500 y <= 1.700 960,78 1.700
Tramo 4 > 1.700 y <= 1.850 1.143,79 1.850
Tramo 5 > 1.850 y <= 2.030 1.209,15 2.030
Tramo 6 > 2.030 y <= 2.330 1.257,51 2.330
Tramo 7 > 2.330 y <= 2.760 1.304,63 2.760
Tramo 8 > 2.760 y <= 3.190 1.356,21 3.190
Tramo 9 > 3.190 y <= 3.620 1.407,79 3.620
Tramo 10 > 3.620 y <= 4.050 1.459,37 4.050
Tramo 11 > 4.050 y <= 6.000 1.732,03 4.918,75
Tramo 12 > 6.000 1.928,10 4.918,75

Variación en la cuota a pagar en 2025 con respecto a 2024:

Las cuotas para los autónomos que menos facturan bajan (tramo 1-3). Sin embargo, suben las cuotas mensuales, a partir del tramo 4 de la tabla general, a aquellos autónomos que elijan la base mínima de cotización del tramo. Los ajustes son los siguientes:

  • Tramo 4 (rendimientos entre 1.700 y 1.850 euros): cuota incrementada en 22,68 euros mensuales.
  • Tramo 5 (rendimientos entre 1.850 y 2.030 euros): aumento de 37,57 euros al mes.
  • Tramo 6 (rendimientos entre 2.030 y 2.330 euros): incremento de 52,45 euros mensuales.
  • Tramo 7 (rendimientos entre 2.330 y 2.760 euros): incremento de 67,22 euros al mes.
  • Tramo 8 (rendimientos entre 2.760 y 3.190 euros): aumento de 71,76 euros mensuales.
  • Tramo 9 (rendimientos entre 3.190 y 3.620 euros): incremento de 76,31 euros al mes.
  • Tramo 10 (rendimientos entre 3.620 y 4.050 euros): incremento de 80,85 euros mensuales.
  • Tramo 11 (rendimientos entre 4.050 y 6.000 euros): aumento de 74,82 euros al mes.
  • Tramo 12 (rendimientos superiores a 6.000 euros): incremento de 47,87 euros mensuales.

¿Cómo se calcula la cuota mensual a pagar?

Para el año 2024, dentro de la tabla general, la base de cotización mínima es de 950,98 euros mensuales y la máxima de 4.918,75 euros mensuales. En caso de que los rendimientos previstos sean inferiores al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, se podrás elegirla base de cotización dentro de una tabla reducida, siendo la base mínima 653,59 euros mensuales.

El porcentaje (tipo de cotización) que se aplica a la base de cotización para calcular la cuota se desglosa de la siguiente manera:

  • 28,30% por contingencias comunes. Esta cotización te asegura cuando no puedas trabajar debido a un accidente o enfermedad no laboral.
  • 1,3% por contingencias profesionales. Esta cotización te cubre en los casos de un accidente laboral o enfermedad profesional.
  • 0,9% por cese de actividad. Te cubre en caso de que se produzca el fin definitivo de tu actividad.
  • 0,1% por formación profesional. Cotización orientada al acceso a formación que facilite tu inserción en el mercado laboral.
  • 0,6% por mecanismo de equidad intergeneracional (MEI): Esta cotización pretende mantener el equilibrio entre generaciones y la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social.

Calculadora (simulador) para el cálculo de la cuota.