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Publicados los Presupuestos Generales de Gipuzkoa para 2025

En el BOG de 26 de diciembre se ha publicado la Norma Foral 4/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025. Como en años anteriores regula el interés de demora, la actualización de las tasas y las cuantías del canon de utilización de las autopistas AP-8 y AP-1 en Gipuzkoa.

Bidegi
El Presupuesto máximo de gasto previsto para Bidegi es cercano a los 217 millones de euros.
Interés de demora
Con efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2025, el interés de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, será del 4,0625%.
Actualización de tasas
Se elevan multiplicando las existentes  por el coeficiente 1,020.
Actualización de valores catastrales
Se establece un coeficiente de actualización del 1,020.
Cuantías del canon de utilización de las autopistas AP-8 y AP-1 en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

A partir del 1 de enero del año 2025 las cuantías del canon de utilización de las autopistas AP-8 y AP-1, en el itinerario que discurre por el Territorio Histórico de Gipuzkoa, y la autovía AP-636, se elevan hasta la cuantía que resulte de incrementar en un 2,60 por 100 el importe exigible durante el año 2024 quedando establecidas en los siguientes importes (IVA incluido).

Con objeto de facilitar el cambio y mejorar la fluidez del tráfico en las operaciones salida/retorno donde el pago en metálico es significativo, el importe para vehículos ligeros en la estación de Irun Barrera será de 3,05 euros en el periodo comprendido entre el 18 de julio y el 31 de agosto de 2025, ambos inclusive.

La deducción adicional por trayecto de ida y vuelta regulada en el artículo 3 del Decreto Foral-Norma 4/2010, de 15 de junio, se incrementa en un 2,60 por 100 el importe aplicable durante el año 2024, que queda establecido para el año 2025 en 0,57 euros.

El límite mensual de gasto regulado en el artículo 3.bis del Decreto Foral-Norma 4/2010, de 15 de junio: el importe máximo aplicable durante el año 2024 por los tránsitos realiza dos en los tramos guipuzcoanos de las autopistas AP-8 y AP-1 y en la autovía AP-636, se incrementa en un 2,60 por 100, que queda establecido para el año 2025 en 36,98 euros.

El límite de gasto adicional, máximo mensual, por el uso de las autopistas AP-1 en Alava y AP-8 en Bizkaia en los recorridos fuera de Gipuzkoa regulado en el apartado 6 de la disposición adicional tercera de la Norma Foral 3/2017, de 26 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gi puz koa para el año 2018, se incrementa en un 2,60 por 100 el importe máximo aplicable durante el año 2024 que queda establecido para el año 2025 en 53,43 euros.