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Siendo 2025 año de visados, ¿cuáles son los importes exigidos al titular de la autorización de transporte desde el 21 de febrero de 2022 para justificar el cumplimiento del requisito de capacidad económica?

A partir del 21/02/2022 se debe acreditar que se dispone para cada año, de capital y reservas, o certificado bancario, por un importe mínimo de:

  • Titulares de vehículos de más de 3,5 Tn de MMA (autorizaciones MDPE): 9000 euros para el primer vehículo y 5.000 euros por cada uno de más. Si además dispusieran de vehículos con una MMA de entre 2,5 y 3,5 Tn de MMA, la capacidad económica para estos últimos vehículos será de 900 euros por cada vehículo.
  • Titulares ÚNICAMENTE de vehículos de entre 2,5 y 3,5 Tn de MMA que realicen TRANSPORTE INTERNACIONAL: 1.800 euros por el primer vehículo y 900 euros por cada vehículo de más.

NORMATIVA REGULADORA:  Reglamento (UE)  2020/1055  del Parlamento Europeo y del Consejo de 15  de  julio  de 2020 por el que se modifican  los Reglamentos  (CE) nº  1071/2009, (CE)  nº 1072/2009 y  (UE) nº 1024/2012 con el fin de  adaptarlos a la evolución  del  sector  del  transporte  por  carretera (DOUE, 31/07/2020).


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