En el BOG de 19 de diciembre se ha publicado el Decreto Foral-Norma 1/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban determinadas medidas tributarias para el año 2024. En los artículos 2 y 3 del decreto foral-norma se incluyen
medidas tributarias coyunturales ya aplicables para los ejercicios 2021, 2022 y 2023, que, teniendo en cuenta la situación de los sectores afectados, se considera conveniente aplicar también para 2024. Se trata de incrementar, en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y en el impuesto sobre sociedades, los gastos deducibles por los titulares de actividades económicas y microempresas, respectivamente.
En relación con la determinación del rendimiento neto en estimación directa simplificada para la actividad del transporte de mercancías por carretera se mantienen las reglas especiales aplicables en 2023. Así, el porcentaje de minoración aplicable a las actividades de transporte de mercancías por carretera, en concepto de amortizaciones, pérdidas por deterioro, gastos de arrendamiento, cesión o depreciación y gastos de difícil justificación, establecido en la disposición adicional vigésimo séptima de la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por remisión a la letra b) del apartado 1 del artículo 28 de la misma norma foral, será del 70 por 100 para el periodo impositivo de 2024.