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Nuevo Real Decreto sobre Identificación Animal

En el BOE del pasado 3 de noviembre se publicó el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.

Se trata de un real decreto que unifica, a nivel nacional, la normativa sobre identificación, registro y trazabilidad animal, en línea con la nueva legislación comunitaria. Hasta ahora, las normas específicas regulaban la identificación y registro de diversas especies animales, como bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, equinos, aves de corral, lepóridos (liebres y conejos) y abejas por separado. Sin embargo, con la aprobación de esta nueva regulación, se consolidarán todas estas disposiciones en un solo marco normativo.

Novedades que introduce esta norma:

  • Entrada de Identificación electrónica para bovino, ovino, el caprino y los équidos. Lo que conlleva la inclusión del código de especie en el código de identificación animal.
  • Eliminación del Documento de Identificación Bovina (DIB) para movimientos estatales y uso solo para desplazamientos a otros Estados miembros.
  • La emisión de los pasaportes de los équidos registrados será competencia de las asociaciones mientras que la entrega será competencia de la AACC. Además, para los équidos, se introducen modificaciones en el formato del documento de identificación.
  • Nuevas especies: identificación individual para camélidos y cérvidos, también para la identificación individual de las psitácidas implicadas en movimientos con destino a otro Estado miembro.
  • Establece plazos máximos de comunicación tanto al Registro general de identificación individual de animales (RIIA), como al de movimientos de ganado (REMO), cómputo de plazos en días naturales

El objetivo de la norma es que a través de los sistemas de identificación y registro animales estatales, que comprenden medios para la identificación individual o en grupo, documentos de identificación y desplazamiento, documentos actualizados sobre los establecimientos y base de datos informática, se lleve a cabo la aplicación eficiente de las medidas de prevención y control de enfermedades y la trazabilidad de los animales terrestres en cautividad y de sus desplazamientos que derivan de la legislación sobre sanidad animal en la UE.

A partir del 2 de enero de 2024, que es la fecha de entrada en vigor del citado Real Decreto, quedarán derogados los diferentes reales decretos que regulaban el sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina, ovina, caprina, porcina, y equina. Asimismo, se verá modificada la normativa que establece y regula el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN), el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y el Registro de Movimientos de las especies de interés ganadero (REMO), así como la normativa de ordenación que recoge aspectos relativos a la identificación de las distintas especies animales.