Continuar al contenido principal
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

¿Qué es el REA y desde cuándo es obligatoria su inscripción?

Todas las empresas que quieran ser contratadas o subcontratadas para trabajar en una obra de construcción, incluidos los transportistas (empresas transportistas y transportistas autónomos con trabajadores asalariados que quieran trabajar en el sector de la construcción, siempre que tengan su domicilio social en la CAV) deben estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). También deberán hacerlo las empresas extranjeras que desplacen trabajadores a España, siempre que la primera prestación de servicios se realice en nuestra comunidad y el desplazamiento sea superior a ocho días. El incumplimiento de esta obligación lleva aparejado una sanción económica que va entre los 1.500 y los 30.000 euros.

Quiénes están obligados a inscribirse en el sector del transporte de mercancías por carretera

  • Si se realiza operaciones de carga y descarga, sí se está obligado a registrarse.
  • Si se realiza trabajo de movimiento de tierras, excavaciones, sí se tiene que registrar.
  • Si se realiza transporte a la obra y se participa en la carga y descarga, sí se tiene que registrar.
  • Si se realiza transporte a la obra y no se participa en la carga y descarga, entonces no se tiene que registrar.

Inscripción en el Registro

La solicitud de inscripción se realiza exclusivamente por vía telemática, por lo que es imprescindible tramitar previamente el certificado digital. El certificado más usado en nuestro territorio es el de Izenpe. (902542542).  La tramitación telemática de las solicitudes de inscripción, variación de datos, renovación, cancelación o expedición de certificados se realizará a través de https://www.euskadi.eus/registro/rea/web01-tramite/es/ o de la página del Ministerio de Empleo y Seguridad Social: https://expinterweb.mites.gob.es/rea/

Validez: 3 años,  renovables por períodos iguales.

Una vez inscritas, las empresas deberán:

  • Comunicar cualquier variación de los datos identificativos de la empresa.
  • Renovar la inscripción cada tres años.
  • Solicitar la cancelación de la inscripción en el REA, cuando corresponda.

 


Publicado en Tip