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Publicada la sentencia que elimina el requisito de la antigüedad del vehículo para acceder al sector

Se ha publicado en el BOE del 6 de noviembre la sentencia de 28 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso 1/317/2019, interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra el artículo 2, apartado 22 del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero. 

En atención a lo dispuesto en la misma, las Direcciones Generales de Transporte de las Comunidades Autónomas están obligadas a aplicar la referida sentencia, y, en consecuencia, a conceder las autorizaciones de transporte que se soliciten sin cumplir el requisito de antigüedad, sea cual sea la edad del vehículo de transporte de mercancías con el que se pretenda acceder.