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Nuevas prestaciones para autónomos para atender situaciones derivadas de contingencias profesionales

El pasado 13 de diciembre se publicó en el BOE una resolución en la que se crea una Reserva de Asistencia Social, que tiene como finalidad financiar situaciones  que tenga que afrontar el autónomo a raíz de alguna contingencia profesional, es decir, cuando a causa de un accidente laboral, se genera algún tipo de inconveniente que impide continuar con la labor profesional tras el accidente. Dentro de las medidas, se encuentran algunas específicas para los trabajadores autónomos.

Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social serán las encargadas de tramitar los expedientes y lo harán a través de las Comisiones de Prestaciones Especiales.

En el expediente deberá constar un informe del servicio médico de la mutua colaboradora o de los servicios sociales que correspondan, así como un parte del accidente de trabajo o enfermedad profesional, la resolución de la entidad gestora o la sentencia judicial firme en la que se aclare el carácter profesional de la contingencia.

Serán estas organizaciones, por lo tanto, las que determinen el porcentaje de los gastos que obtendrá el profesional autónomo para poder ayudarle a sufragar los mismos. El acceso a las prestaciones complementarias, según el BOE, requerirá que el beneficiario aporte las facturas y/o los documentos que los gastos destinados a estos fines y justifique que está dentro de los límites de renta exigidos.

Catálogo de prestaciones previstas en la Resolución:

Ayuda para costear el ingreso en un centro socio-sanitario o residencial
Ayuda para prótesis y ayudas técnicas no regladas.
Ayuda para tratamientos médicos o terapias no reglados.
Cursos para la formación profesional e inserción socio-laboral
Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad.
Ayuda para la eliminación de barreras en la vivienda habitual
Ayuda para la adquisición de vivienda habitual adaptada.
Ayuda para la adaptación de vehículos
Apoyo domiciliario para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria.
Ayuda para el acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Complemento al auxilio por defunción.
Ayuda para la formación en el cuidado de personas en situación de gran invalidez.
Ayuda para el mantenimiento de la posesión o disfrute de la vivienda habitual.