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Actualizada la normativa que regula los centros técnicos de tacógrafos

Para adaptarla a lo dispuesto en un reglamento comunitario de 2014. Estos centros son los responsables de instalar, reparar, controlar periódicamente y parametrizar los aparatos tacógrafo.

Así, el Real Decreto 125/2017, publicado en el BOE de 25 de febrero y que entrará en vigor el próximo 25 de mayo, afecta a los fabricantes de vehículos y
carrocerías que instalan tacógrafos, a talleres y a estaciones de
inspección técnica de vehículos, definiendo una serie de requisitos
mínimos a efectos de su fiabilidad, de su autorización y auditoría
continua.Se intensifica el control y supervisión sobre estos talleres, y se uniformizan y sistematizan los requisitos a cumplir en cuanto a sus procedimientos de trabajo, debiendo certificarse según una norma técnica específicamente elaborada, con la participación de todos los interesados, para implementar sistemas de gestión de centros técnicos de tacógrafos; que se publicará en los próximos días.Además, se simplifican los trámites administrativos que deben satisfacer los centros técnicos determinando la renovación automática de sus autorizaciones siempre que mantengan la anterior certificación vigente y formen periódicamente al personal que opera los tacógrafos.

Por último, mediante el Real Decreto se simplifica la normativa existente hasta la fecha, que se encontraba dispersa en tres disposiciones diferentes, que quedan derogadas y reemplazadas por el mismo.