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Cambios en los plazos para comunicar la baja o la no renovación de un seguro

Desde el 1 de enero ya no es necesario comunicar con dos meses de antelación a la compañía aseguradora la no renovación del seguro.

Así lo establece la Disposición final primera de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (BOE, 15/07/2015).La nueva disposición rebaja a un mes el plazo de comunicación, de manera que solo es necesario indicar con 31 días de antelación que no queremos continuar con el seguro para que se proceda a cancelar la póliza. Eso sí, este cambio en el seguro se aplicará a todas las pólizas excepto las de vida, para las que se mantiene los dos meses.Del mismo modo, la aseguradora tendrá que seguir informando por lo menos con dos meses de antelación de su intención de no renovar la póliza al cliente.Lo que no cambian son los canales de comunicación, que deben seguir siendo medios escritos (carta certificada, correo electrónico..).Resumen de los plazos para dar de baja tu seguroA partir del 1 de enero de 2016, deberás:

Avisar con un mes de antelación si quieres cancelar tu seguro de coche, moto, hogar todos salvo el de vida.
Avisar con dos meses de antelación siguieres cancelar tu seguro de vida.
Recibir un aviso con dos meses de antelación por parte de la compañía si quiere proceder a cancelar la renovación de tu póliza.