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Prohibida la entrada de animales vivos del Magreb por los casos de fiebre aftosa

La Orden AAA/2444/2015, de 19 de noviembre, publicada en el BOE de hoy, establece la prohibición de la entrada en el territorio nacional, incluyendo Ceuta y Melilla, de animales vivos de las especies porcina, bovina, ovina y caprina, así como de los productos animales y de origen animal, incluida la paja y el heno, con excepción de los productos de la pesca y la acuicultura procedentes de Argelia, Libia, Marruecos y Túnez.

La Orden recoge medidas de desinfección de vehículos de transporte por
carretera y de maquinaria agrícola, y pautas de información que tendrán
que hacer los operadores de viajes internacionales a sus clientes sobre
la prohibición de traer productos de origen animal.
Para la entrada de équidos de esos cuatro países se establecen
requisitos como una declaración adicional de un veterinario oficial, en
la que se indique que los animales no proceden de una explotación en la
que existan animales susceptibles a la fiebre aftosa o que el camión en
el que se transporten haya sido limpiado y desinfectado con un agente
químico eficaz frente al virus, entre otras medidas.
Queda prohibida la entrada al resto del territorio nacional de
heno, paja y animales vivos de las especies porcina, bovina, ovina y
caprina desde Ceuta y Melilla, así como de los productos animales y de
origen animal, con excepción de la reimportación de los productos de la
pesca y la acuicultura.
También, la introducción de partidas personales de productos
de la pesca, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento CE 206/2009.
Por otra parte, la entrada de équidos desde Ceuta y Melilla al resto de España también se somete a otras medidas excepcionales.