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A partir del 1 de julio de 2016, será obligatorio que las empresas estén de alta en el DEV para transferir un vehículo

Hasta ahora solo era exigible en las matriculaciones. La DGT está remitiendo a todas las empresas una carta informando de la obligatoriedad de estar inscrito. La Ley de Seguridad Vial establece que la Dirección Electrónica Vial es voluntaria para las personas físicas y obligatoria para las personas jurídicas.

A pesar de ello, la DGT no había podido exigir hasta ahora la
obligatoriedad de la DEV por no disponer de un Registro de
Apoderamientos que facilitara la actuación por parte de terceros
autorizados. A partir del 1 de julio de 2016, la Dirección General de Tráfico
asignará de forma obligatoria una Dirección Electrónica Vial a todas las
personas jurídicas que soliciten matricular o cambiar la titularidad de
un vehículo. Recomienda a aquellas empresas titulares vehículos dados
de alta en el Registro de Vehículos, darse de alta en la DEV antes del
plazo previsto, evitando de esta manera problemas que puedan presentarse
después de la citada fecha en caso de que tenga que modificar el
régimen de titularidad de alguno de los vehículos de la empresa o
sociedad que representa.