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Se crea el Registro Público Concursal para centralizar la información de los concursos de acreedores

El BOE de 3 de diciembre se publicó el RD 892/2013 por el que se configura el Registro Púbico Concursal que centralizará la información sobre los concursos de acreedores. Hasta ahora no existía una figura que aglutinara esa información por lo que se hacía bastante dificultoso el seguimiento. La creación de este Registro pretende solucionar este problema. El Registro Público Concursal servirá para informar tanto de las resoluciones procesales que se adopten a lo largo del concurso, como de las aperturas de negociaciones para alcanzar los acuerdos extrajudiciales y su finalización, y también de los asientos registrales derivados de los mismos.

El Registro Público Concursal depende del Ministerio de Justicia y se encuentra adscrito a la Dirección General de los Registros y del Notariado. La publicidad de las resoluciones concursales se realizará a través de un portal en Internet que se localizará dentro de la sede electrónica que determine el propio Ministerio de Justicia. El acceso al Registro será público, gratuito y permanente.