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Publicado el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013

En virtud del mandato establecido en el artículo 116 de la Ley General Tributaria de elaborar anualmente un Plan de control tributario, en el BOE de 12 de marzo se ha publicado la Resolución de 8 de mazo de 2013, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, donde se publican las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2013, articulándose el mismo en torno a tres grandes ámbitos: Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero. Control del fraude en fase recaudatoria. Colaboración con las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

Si bien muchas de las medidas y actuaciones que se van a acometer en 2013 son continuistas de las emprendidas en años anteriores, resultan novedosas las siguientes medidas y actuaciones a acometer por parte de la Agencia Tributaria:

Verificación de la correcta cumplimentación de la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720) y búsqueda de contribuyentes que no han presentado la citada declaración, cuando existan indicios de operaciones con el extranjero que permitan presumir la existencia de bienes y derechos ocultos fuera de nuestras fronteras.
Comprobación de las actividades del juego on line y control de la tributación de los premios, a través de la obtención de información sobre los datos de actividad de los operadores de juego, obtenidos a partir de los requisitos técnicos exigidos a las plataformas en el proceso de concesión de licencias, sobre la identificación de los premiados y sobre el importe de los premios y la forma de satisfacerlos (movimientos monetarios o financieros en general).
Investigación de las actividades del comercio electrónico: se realizarán actuaciones de investigación dirigidas, por un lado, a la catalogación de las principales operativas de gestión de negocio asociadas a actividades realizadas exclusivamente a través de la red al objeto de determinar patrones de riesgo fiscal que deban ser objeto de control y, por otro, a obtener información sobre la actividad económica de los contribuyentes en la red, contrastando el perfil, referencias, precios, etc. de los servicios ofertados a través de páginas web con el perfil tributario de los contribuyentes de acuerdo con la información disponible en las bases de datos de la Agencia Tributaria. Asimismo, se investigarán las distintas variedades y las vías de obtención de información de los medios de pago empleados en la red.
Iniciación, dentro del ámbito de los impuestos especiales, del control de la circulación dentro del territorio nacional como consecuencia de la implantación del modelo de control de movimientos de productos sujetos a circulación intracomunitaria para la circulación dentro del ámbito nacional, verificándose su correcta presentación.
Seguimiento del cumplimiento por las empresas subcontratistas de las previsiones introducidas por la Ley 7/2012.
Análisis de las denuncias que se pudieran presentar por incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo por importe superior a 2.500 euros.

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