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Aprobado el nuevo Reglamento del procedimiento de despido colectivo

Con fecha 30 de octubre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1483/2012 que estable el nuevo procedimiento de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

El Reglamento establece el procedimiento a seguir por el empresario,  la documentación común a todos los procedimientos de despido colectivo y a continuación las especificas para los casos de causas economicas, técnicas, organizativas, o de producción, a continuación el procedimiento de comunicación a la autoridad laboral. Cabe resaltar que la no observancia de este procedimiento por el empresario puede decaer en nulidad establecida por los Tribunales de Justicia, por  incumplir el procedimiento. El Reglamento  regula, además,  un nuevo papel de la autoridad laboral, para dar adecuado cumplimiento a las finalidades del periodo de consultas, fija la información que se debe suministrar a los representantes de los trabajadores y establece como oblligación legal del empresario el plan de recolocación externa de los procedimientos de despido colectivo.