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El Impuesto de Actividades Económicas se exigirá a aquellas empresas que facturen más de 1 millón de euros

En el BOG de 10 de julio se publicó la Norma Foral 4/2012, de 4 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones en la tributación local, en concreto, son el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) los que sufren alguna modificación. Así, en vivienda no habitual los Ayuntamientos podrán exigir un recargo del IBI hasta el 150% de la cuota líquida del Impuesto. En el IAE, quedarán exentos de su pago los sujetos pasivos que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros (hasta ahora, 2.000.000 de euros).