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Ampliada la tarifa plana para nuevos autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes

Con efectos a partir de 1 de agosto y vigencia indefinida, se prevé que los trabajadores por cuenta propia que residan o trabajen en municipios de menos de 5.000 habitantes, finalizado el periodo inicial de 12 meses de aplicación de reducciones en las cuotas por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, que quedarán fijadas en 50 euros mensuales en el caso de que opten por cotizar por la base mínima, tengan derecho durante los 12 meses siguientes a estos mismos incentivos.

Todo lo que tiene que saber de la LOPD y del RGPD

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), conocido también como «Reglamento Europeo de Protección de Datos», entró en vigor en mayo de 2016. No obstante, se aplica desde el 25 de mayo de 2018, por lo que los responsables y encargados de tratamiento, deben adecuar el tratamiento de datos personales que realizan a lo previsto en el citado Reglamento. Asimismo, el Reglamento es directamente aplicable, por lo que a diferencia de la Directiva 95/46 no necesita ser transpuesto al ordenamiento jurídico español.

La DGT aclara que, con carácter general, el cargador es responsable de la sujeción de la carga, y no el transportista, salvo pacto expreso

Con varias semanas de retraso, la DGT ha dictado, con fecha 19 de junio, la instrucción 18/TV-103 sobre el régimen de responsabilidad en la sujeción de la carga en el transporte público de mercancías, si bien sigue pendiente de aprobación el documento de la Ficha de estiba, que se comprometió a elaborar, ficha en la que el responsable de la carga acreditará la correcta sujeción de la mercancía a bordo del vehículo. La instrucción, en vigor el 20 de junio, viene a referirse a la Ley 15/2009, de Contrato de Transporte Terrestre.

Una nueva orden obliga a todos los autónomos a incorporarse al Sistema RED

Todos los trabajadores autónomos que el próximo 1 de abril figuren en alta tendrán 6 meses para incorporarse al Sistema RED. Así queda establecido en la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, publicada en el BOE de 6 de marzo de 2018.

ÚLTIMA HORA: Varapalo del TJUE a la normativa española de acceso al sector

En la sentencia dada a conocer ayer, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluye que el mínimo de 3 camiones como requisito de acceso al sector del transporte no es legal, conminando a todos los Estados miembros a implementar tal decisión en sus respectivos ordenamientos jurídicos. En su argumentación, el TJUE considera que del Reglamento europeo sobre acceso al sector
(Reglamento 1071/2009, de 21 de octubre de 2009) se desprende claramente
que «cualquier empresa que disponga al menos de un vehículo, debe
poder obtener una autorización de transporte público, sin que los
Estados miembros puedan establecer, como condición adicional, un número
mínimo de vehículos distinto del fijado en esta disposición».