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Más cerca la publicación en el BOE del ADR 2023 

El Consejo de Ministros en su sesión celebrada este pasado martes ha dado el visto al acuerdo por el que se toma conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, ADR 2023. El ADR se actualiza cada dos años. Durante el período de vigencia del ADR anterior se realizan, por parte de las distintas partes contratantes del ADR, propuestas para adecuar el reglamento al avance de la ciencia y tecnología. Su aplicación solo será obligatoria a partir del 1 de julio de 2023; hasta ese día, el transporte se podrá seguir realizando conforme al ADR 2021.

Exención del requisito de rotulación de los contenedores en el transporte de mercancías peligrosas

En el DOUE del 1 de julio se publicó la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1095 de la Comisión de 29 de junio de 2022 por la que se modifica la Directiva 2008/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el transporte terrestre de mercancías peligrosas, para autorizar determinadas excepciones nacionales. En el anexo del mismo se autoriza a los estados miembros citados a aplicar las excepciones descritas en él en relación con el transporte de mercancías peligrosas en su territorio. En el caso de España, se exime hasta 2025 del requisito de rotulación a algunos contenedores usados como cajas móviles en transporte de mercancías peligrosas, equiparándolos en condiciones.

Publicado en el BOE el texto del ADR 2021

La Comisión Permanente para la Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas, informó favorablemente del contenido de la versión española del ADR 2021 en su reunión del 27 de noviembre de 2020. Tras el Acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros, el nuevo texto consolidado del ADR se ha publicado en el BOE de 13 de abril de 2021, y las modificaciones recogidas en el ADR 2021 serán de aplicación obligatoria a partir del 1 de julio de 2021.

En vigor el ADR 2019

Fue en el BOE del pasado 28 de junio cuando se publicó el Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte
internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2019) con las
Enmiendas adoptadas durante las sesiones 100.ª, 101.ª, 102.ª, 103.ª y
104.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la
Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). Lo dispuesto en este texto se aplica desde el 1 de julio. Se recuerda que el ADR se actualiza cada
2 años.