El Real Decreto 1484/2012, que se publicó en el BOE de 30 de octubre, se aplicará a las empresas de más de 100 trabajadores (o que formen parte de grupos de empresas que empleen a ese número de trabajadores), que hayan tenido beneficios los dos últimos ejercicios, que realicen despidos colectivos de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y que estos incluyan a trabajadores de 50 o más años de edad.
Laboral
Aprobado el nuevo Reglamento del procedimiento de despido colectivo
Con fecha 30 de octubre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1483/2012 que estable el nuevo procedimiento de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
Nuevos horarios de paro de los trabajadores de las ITV de Irun y Urnieta
Los trabajadores de las estaciones de inspección técnica de vehículosSeguir leyendo…
La Reforma Laboral concluye su trámite parlamentario con la introducción de 85 enmiendas
El 7 de julio se publicó en el BOE laSeguir leyendo…
Lanbide subvencionará 1.300 contrataciones de desempleados para sustituir a trabajadores en excedencia o con reducción de jornada
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo subvencionará la contratación de al menos 1.290 desempleados para sustituir a trabajadores en excedencia o con reducción de jornada en cualquier centro de trabajo del País Vasco. A través de esta línea económica se subvencionará hasta el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social de los desempleados contratados para cubrir las ausencias por una excedencia o por una reducción de jornada debido al cuidado de hijos, familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria. Asimismo, Lanbide financiará la ampliación de la jornada laboral de las personas anteriormente contratadas a tiempo parcial para cubrir el puesto de una persona trabajadora en excedencia o reducción de jornada.
Publicado el II Acuerdo General para las empresas de transporte de mercancías por carretera
El 29 de marzo se publicó el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías, documento de naturaleza mixta, que establece la estructura de la negociación colectiva del sector y contiene además disposiciones de contenido normativo y de aplicación directa a las relaciones laborales afectadas por el mismo.
LANERATZE, nuevo servicio gratuito de asesoramiento a empresas subvencionado por HOBETUZ
Este nuevo servicio, puesto en marcha por el grupo SARTUSeguir leyendo…
El Congreso convalida el decreto-ley de la Reforma Laboral
El Congreso de los Diputados convalidó ayer el Real DecretoSeguir leyendo…
Publicado el Real Decreto-ley de Mediación Civil y Mercantil
En el BOE de 6 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, aprobado por el Consejo de Ministros, y que pone a disposición de los ciudadanos un mecanismo de resolución de conflictos voluntario, ágil, flexible y económico. La mediación es una forma voluntaria de resolución de conflictos entre dos partes con la ayuda de una tercera persona, cualificada, imparcial y neutral que biusca el acuerdo entre ambas partes. El mediador, a diferencia de lo que sucede en el arbitraje, no tiene capacidad de decisión y pretende el acuerdo entre los implicados, de manera que se solucione ese conflicto mediante la decisión de las dos partes.
El Real Decreto Ley de mediación se extiende al ámbito civil y mercantil, por lo que afecta tanto a la relación entre particulares como en el ámbito de las empresas y las relaciones resultantes en el desarrollo de los negocios. Está excluida la mediación penal, la laboral, la de consumo y con las Administraciones públicas.
Lanbide abre el próximo lunes día 20 su nueva convocatoria de cursos de formación
Para esta segunda convocatoria del año, Lanbide ha ampliado suSeguir leyendo…