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IRPF Gipuzkoa: El Tribunal Constitucional también falla que la Hacienda foral rehízo declaraciones para que los transportistas pagaran más

Se une así al pronunciamiento del Tribunal Supremo en diciembre de 2014. Se desconoce por el momento la valoración de Hacienda respecto al contenido de la sentencia emitida cuyo texto completo se adjunta más adelante, y si devolverán de oficio a los transportistas afectados. El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha
declarado inconstitucional y nulo el artículo 30.2 de la Norma Foral
10/2006, de 29 de diciembre, que regula el IRPF. La sentencia explica
que dicho precepto es contrario al Concierto Económico vasco en
la medida en que el método utilizado para determinar la base
imponible del IRPF no es acorde, «en cuanto a termino logía y
conceptos?, con la Ley General Tributaria».