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GIPUZKOA COVID-19: Atención presencial en la oficina de Transportes de la Diputación, en casos excepcionales y con cita previa

En los casos excepcionales en que sea necesario recoger o entregar algún documento en soporte papel, las personas que acudan en nombre y representación de los interesados (gestorías, asesorías, asociaciones de transportistas, etc.), deberán solicitar cita previa llamando al teléfono 943-112991. Y a los transportistas particulares que se presenten también se les está indicando que deben presentar todo de forma telemática.

Para cualquier tipo de consulta, dirigirla por escrito a la dirección de correo electrónico garraiobaimenak@gipuzkoa.eus, al igual que para la tramitación de las tarjetas de tacógrafo digital (tacografodigital@gipuzkoa.eus)

ESPAÑA COVID-19: Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 18/2020 con el acuerdo para alargar los ERTEs por fuerza mayor hasta el 30 de junio

El Real Decreto-ley 18/2020 de medidas sociales en defensa del empleo, publicado en el BOE de 13 de mayo, plasma el contenido del acuerdo social suscrito el lunes por el Gobierno, los empresarios y los sindicatos, y entra en vigor hoy mismo.

La norma prorroga hasta el 30 de junio las condiciones de los ERTE por fuerza mayor para aquellas empresas que todavía no puedan reanudar su actividad. Esto significa, que estas compañías y autónomos seguirán disfrutando de una exoneración de las cuotas a la Seguridad Social. En el caso de que la empresa tenga 50 o más trabajadores, la exoneración se mantiene como hasta ahora en el 75%.

El Real Decreto-ley contempla una nueva categoría de ERTE, denominada de fuerza mayor parcial, cuya vigencia también se extenderá hasta el 30 de junio. Esta figura permitirá a las empresas reincorporar a parte de su plantilla y mantener otra parte con su contrato suspendido. Tanto para el trabajador que regrese como para el que se mantenga en el ERTE se mantendrán la exoneraciones en las cotizaciones sociales.

En este caso, las empresas de menos de 50 empleados tendrán derecho a una exención del 85% en el mes mayo y del 70% en junio para los trabajadores que se reincorporen a la actividad productiva. Para los que continúen suspendidos, el porcentaje será menor.

En el caso de empresas con 50 o más empleados, la bonificación alcanzará el 60% en mayo y el 45% en junio para los trabajadores que se reincorporen y será del 45% y del 30% para los que permanezcan suspendidos.

Los trabajadores afectados por un ERTE percibirán prestaciones por desempleo incluso en el caso de que no hayan cotizado el tiempo suficiente para poder percibirlas.

La norma incluye cláusulas que determinan que ninguna empresa que tenga su domicilio fiscal en un paraíso fiscal podrá acogerse a la prórroga de los ERTE por fuerza mayor. Además, veta la posibilidad de que las compañías que han disfrutado de las exoneraciones sociales puedan repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación de los ERTE, salvo que devuelvan la parte correspondiente a la bonificación recibida.

Comisión tripartita

El Real Decreto-ley establece la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desconfinamiento entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y los agentes sociales (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO) para el seguimiento de estas medidas.

Salvaguarda del empleoEl compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de 6 meses desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla, será valorado en atención a las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable, teniendo en cuenta, en particular, las especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo.

De igual manera, no resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores en los términos del artículo 5.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

ESPAÑA COVID-19: Cuarentena de 14 días a todos los que entren en el país, salvo los transportistas y otros profesionales

Toda persona que entre en España a partir del próximo 15 de mayo deberá permanecer en cuarentena obligatoria durante 14 días, de acuerdo con la Orden SND/403/2020, publicada en el BOE de 12 de mayo, si bien esta medida contempla una serie de excepciones a las que no se aplica entre las que se encuentran los transportistas, además de trabajadores trasfronterizos, tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral. Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español.

Esta orden se suma a anteriores medidas impulsadas por el Ministerio de Sanidad para limitar los riesgos derivados del tráfico internacional de personas, como la Orden INT/396/2020, de 8 de mayo, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores; o la Orden INT/356/2020, de 20 de abril, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen.

ESPAÑA COVID-19: Publicada en el BOE la Resolución con el Acuerdo por el que se establecen los términos y condiciones del tercer tramo de la línea de avales del ICO a préstamos concedidos a empresas y autónomos

El acuerdo incluye el tercer tramo de 20.000 millones de euros adicionales, de los cuales el 50% se destinará a financiación de pymes y autónomos y el otro 50%, a las empresas. El único requisito para acceder a esta garantía es que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

Además de los avales del ICO, se ha habilitado una cantidad adicional de 4.000 millones para otorgar liquidez al mercado alternativo de renta fija (MARF) para facilitar la liquidez de los pagarés emitidos por las empresas y autónomos. 

Asimismo, se pondrán en marcha otros 500 millones de euros adicionales para la Compañía Española de Refinanciamento (CERSA), de manera que los avales del ICO también estarán disponibles para las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).

ESPAÑA COVID-19: Utilización obligatoria de mascarillas en los medios de transporte

Se mantiene la redacción para los casos de vehículos pesados, furgonetas y otros. En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas que cubran las vías respiratorias y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor. 

GIPUZKOA COVID-19: Publicado un nuevo Decreto Foral-Norma que flexibiliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias ampliando plazos

Son medidas complementarias y no serán las últimas, ya que mientras se mantenga esta situación de excepción, seguirá adaptando la normativa y el propio sistema fiscal, según avanzó recientemente la portavoz del ejecutivo foral, Eider Mendoza.

El decreto recoge diversas medidas pero con unas características comunes: en general, supone flexibilizar tratamientos fiscales, ampliando plazos cuando sea necesario. Las medidas principales se ubican en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades.

En el caso de las personas físicas, destaca el alargamiento de plazos en dos casos relacionados con la compra de vivienda habitual. Por una parte, existe un plazo de cinco años desde la apertura de una cuenta vivienda hasta la compra de un inmueble que, ahora, se alarga hasta final de año para aquellas personas contribuyentes a las que se les acaba el plazo en este periodo de excepción. Una medida similar se ha aprobado para el caso de reinversiones por compraventa de vivienda habitual. En estos casos, la venta suele estar exenta durante dos años entre la venta de la primera vivienda y la adquisición de la segunda. Ahora, se añade un año más a ese plazo.

En el caso del Impuesto sobre Sociedades, en el caso de las reinversiones de empresas se alargan plazos para evitar perjuicio a la persona contribuyente. En los casos en los que esa exención acabe a final de año, se alarga un ejercicio más.

Siguiendo con el Impuesto sobre Sociedades, también se alargan los plazos del artículo 64 bis, a través del cual una empresa puede recibir un incentivo fiscal por financiar un proyecto innovador de otra empresa. De este modo, se alargan los plazos para formalizar el contrato de financiación: hasta ahora, éste tenía que firmarse en los primeros tres meses desde la puesta en marcha del proyecto innovador, y ahora se alarga a nueve meses. Y, además, el incentivo fiscal previsto en el 64 bis será aplicable a proyectos de diversos años si se ha empezado a ejecutar antes de la firma del contrato de financiación, y si ese contrato se firma durante los primeros nueve meses de este 2020.

También se regula una exención en Actos Jurídicos Documentados para la novación de préstamos y créditos hipotecarios.

EUROPA COVID-19: Aplicación móvil Galileo Green Lane para conocer los tiempos de demora en los pasos fronterizos

La Agencia Europea de Navegación por Satélite (GSA) ha desarrollado esta aplicación con el apoyo de la Comisión Europea y con la que los transportistas pueden obtener información de los pasos fronterizos antes de llegar a ellos, sabiendo si hay demoras previsibles, y si hay otros pasos cercanos alternativos. A su vez, transmite información a su vez, de manera anónima, de su paso a través del paso fronterizo. La aplicación está en fase piloto, es decir, la aplicación funciona correctamente, pero no hay información aún de todos los pasos fronterizos europeos, solamente de algunos seleccionados. Entre estos pasos fronterizos se encuentran también los pasos principales de España a Francia.
Para descargarse la app.

Más información.

AP-8: Cierre en Maltzaga del enlace de la AP-1 con la AP-8 en sentido Bilbao

Como alternativa al corte, los tráficos que desde Vitoria-Gasteiz se dirijan a
Bilbao podrán tomar la salida 133 de Bergara Sur y proseguir por la carretera GI-627
hasta el peaje de la AP-8 en Eibar o continuar hasta la salida 64 de la AP-8 en Elgoibar y
volver a incorporarse a la autopista en sentido Bilbao.
El cierre es necesario para colocar las barreras de seguridad, rellenar la cuneta
hasta el nivel del firme de rodadura y aprovechar el espacio de la cuneta, del arcén y
parte del carril para ubicar la grúa que servirá para ejecutar los trabajos de perforación
de bulones e instalar la malla y el cableado de sujeción del talud. Se prevé que los
trabajos de estabilización del talud duren un mes.

CAV COVID-19: El Gobierno Vasco edita una guía de recomendaciones para evitar la transmisión del coronavirus

El folleto, presentado tras la sesión del Consejo de Gobierno de hoy, además de recomendaciones generales, contiene información útil sobre la actitud que se debe seguir en los centros de trabajo, cómo y dónde usar mascarilla o qué medidas de protección hay que tomar en el transporte público o al ir a la compra.