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El Gobierno aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que remitirá esta semana a Bruselas

Todo el plan está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno ha situado desde mediados de 2018 en el centro de la estrategia de política económica: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial.

Estos cuatro ejes se proyectan en diez políticas palanca:

Agenda urbana y rural y lucha contra la despoblación, y desarrollo de la agricultura
Infraestructuras y ecosistemas resilientes
Transición energética justa e inclusiva
Una administración para el siglo XXI
Modernización y digitalización del tejido industrial de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora
Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud
Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades
Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo
Impulso de la industria de la cultura y el deporte
Modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y sostenible.

Estas diez palancas se concretan en 30 componentes. El componente 6, Estrategia de movilidad sostenible, segura y conectada, incluye la aprobación de la Ley de Movilidad y Financiación del Transporte que regulará, entre otras cuestiones, la fiscalidad y la financiación del transporte; asimismo, prevé introducir un sistema de ingresos que garantice los fondos necesarios para la conservación de la red viaria estatal. Además de llevar a cabo algunos ajustes en los impuestos (con una revisión en profundidad de las múltiples exenciones y bonificaciones existentes), se pretende modernizar el sistema fiscal.

En relación con la implantación de la euroviñeta, en una entrevista concedida al periódico Heraldo de Aragón, publicada el pasado 19 de abril, el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, responde a la pregunta de si pagarán los transportistas la euroviñeta en este sentido: «Hay que hacerlo con consenso, también con los transportistas. Si no llegamos a acuerdos, no podremos imponer el modelo. Está todo abierto, pero nos tenemos que plantear el tema de la financiación. Presupuestariamente, los límites que se dan a Carreteras oscilan entre 700 y 1.200 millones y con eso no hacemos nada si se tiene en cuenta el coste de la conservación. Si esto va a ser de nuevo motivo de oportunismo cuando el PP tuvo el proyecto dispuesto para el Consejo de Ministros… Hay que hacerlo con consenso, también con los transportistas. Si no llegamos a acuerdos, no podremos imponer el modelo».

Y respecto al aumento del impuesto al diésel, para equiparar su fiscalidad a la de la gasolina convencional, no es la primera vez que desde el Gobierno han prometido que esta subida no afectaría a los transportistas dados de alta en el Gasóleo Profesional. El proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado para el 2021 contemplaba un incremento en el impuesto de hidrocarburos para el diésel de 3,8 céntimos por litro, si bien esta medida fue descartada finalmente.

PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE LA ECONOMÍA

Barómetro de transporte de TIMOCOM: las ofertas de cargas superan los valores previos a la pandemia

El segundo trimestre de 2021 continúa con el progreso del primero: En T1, el ejercicio había disfrutado de un buen comienzo frente al mismo trimestre de 2020 con un crecimiento del 58 % en cuanto a cargas ofertadas. Con otro incremento de las cargas en un 51 % en relación con el T1 de 2021, este segundo trimestre ha batido nuevos récords en la bolsa de cargas de TIMOCOM. En comparación con el flojo T2 de 2020, con el coronavirus encima, supone un aumento del 251 %. En relación con 2019, el año prepandemia, las cifras de cargas se han duplicado incluso.

Llama la atención de nuevo el fuerte retroceso de camiones. Frente al ejercicio anterior, se registraron algunas caídas de hasta el -25 %. No obstante, esta conducta negativa es fruto de la elevada oferta de cargas. Y es que continúa siendo muy alto el porcentaje de aprovechamiento máximo de los camiones disponibles. Así siguen faltando camiones debido a la abundancia de ofertas. Este enorme auge de las cargas registradas también se aprecia al contemplar los datos por países.

Puede acceder al Barómetro que periódicamente actualiza TIMOCOM pinchando aquí.

En vigor la nueva regulación del CAP 

La nueva regulación diseña una formación CAP más flexible, variada y adaptada a las necesidades del conductor y de la empresa. Además, potencia la formación en seguridad vial y en conducción eficiente desde el punto de vista del consumo de combustible, las condiciones meteorológicas extremas y operaciones especiales de transporte, y abre la puerta a la formación online.

Los cursos deberán referirse también a los sistemas de transporte inteligente y evolucionar con el desarrollo tecnológico, de tal manera que se marca como nuevo objetivo que el conductor sea capaz de anticipar y evaluar los riesgos del tráfico y adaptarse a ellos. 

También prevé la convalidación de horas de formación exigida por otras normas comunitarias para obtener la formación obligatoria del CAP (mercancías peligrosas, transporte de animales vivos, cursos de sensibilización para personas con discapacidad, etc.). 

Formación online

El Real Decreto aprobado abre la puerta a la formación online para determinados objetivos de la cualificación inicial que se impartan en aula y no lleven aparejada conducción individual o a bordo de un camión o autobús, condicionada a que se garantice una identificación fiable del usuario y unos medios de control adecuados.

Se recoge, además, la ampliación de la formación online a otros objetivos y su extensión a la formación continua por orden ministerial, siempre que se cumplan los mismos requisitos y en el caso de la formación continua, con una duración máxima de 12 horas. 

Asimismo, se prevé el aprendizaje mediante aula virtual, mientras dure la pandemia, para los cursos de cualificación inicial y de formación continua siempre que se utilice una plataforma que garantice, en todo momento, una conectividad sincronizada entre los profesores y los alumnos, así como bidireccionalidad en las comunicaciones. 

Igualmente, la plataforma deberá permitir a los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre acceder en tiempo real a las clases que se están impartiendo, así como a los correspondientes registros de actividad, con el fin de comprobar la ejecución de la actividad formativa. 

Centros de formación 

Se agiliza el procedimiento de autorización de empresas CAP que se llevará a cabo por medios electrónicos y se permite a estas empresas abrir sucursales y utilizar aulas móviles, mediante comunicación previa a la administración competente.

Las relaciones entre empresas CAP y, en su caso, sucursales y aulas móviles con las administraciones públicas competentes se realizarán utilizando exclusivamente medios electrónicos. 

 

Además, los alumnos podrán presentarse a los exámenes en todo el territorio nacional y se mantiene la validez en todo el territorio nacional de las especialidades de los profesores que impartan cursos CAP que ya hubieran resultado acreditadas por el órgano competente. 

 

Finalmente, se prevé la posibilidad de implantar un sistema de evaluación de la calidad de la formación mediante indicadores de calidad que se desarrollarán reglamentariamente, que podrán incluir la evaluación de los profesores por los alumnos o pruebas aleatorias en los cursos de formación continua, así como la posibilidad de que las administraciones recaben información sobre el funcionamiento de las empresas CAP.

Resumen de los principales cambios introducidos por el RD 284/2021.

Los vehículos ATP deberán hacer el ensayo en el túnel de frío cada 15 años

Hasta la publicación de esta Orden, los vehículos para el transporte a temperatura controlada tenían que someterse a los 21 años a un ensayo en el túnel de frío para renovar su certificado ATP. Desde el 1 de julio de 2021, el ensayo habrá que realizarlo a los 15 años desde la fecha de fabricación del recinto isotermo, es decir, la fecha de fabricación de la caja del semirremolque o de la cisterna.

Los vehículos que transportan mercancías alimentarias incluidas en el ATP, las que necesitan viajar a temperatura controlada, tienen que renovar periódicamente el certificado ATP, que habilita a un vehículo o un contenedor isotérmico para transportar este tipo de mercancía.

Renovar el certificado supone pasar una inspección técnica periódica cada cierto tiempo: la primera inspección a los 6 años, después cada 3 años. A los 21 años, la renovación del certificado ATP implica que el vehículo también se someta a un ensayo en el que se verifica el coeficiente de transmisión térmica K de la caja o la cisterna, que se tiene que realizar en un centro con un túnel de frío, instalación en la que se realiza este tipo de prueba.

Sin embargo, el Ministerio de Industria ha publicado en el BOE del jueves 22 de abril de 2021 una Orden ministerial que establece que, a partir del 1 de julio de este año, dicha prueba de ensayo tiene que realizarse transcurridos 15 años de la fecha de fabricación del recinto isotermo. Y si el vehículo sigue en uso se debe repetir cuando se alcance una antigüedad de 24 años desde la fecha de fabricación, y a partir de ese momento, cada 3 años (a los 27, a los 30 años…).

Con este adelanto del primer ensayo a los 15 años España se acerca a los plazos en los que se pasa este ensayo en otros países europeos: en Francia es a los 6 años y en Portugal a los 9 años.

Periodo transitorio para los vehículos ATP a partir de 12 años 

Por otra parte, en la Orden se establece que, los semirremolques que tengan entre 12 y 15 años de antigüedad, a partir del 1 de julio, cuando renueven el certificado ATP, este no se concederá directamente por 3 años, sino que su validez será por el tiempo que falte para que el vehículo cumpla los 15 desde su fabricación, para que la siguiente renovación del certificado coincida con la obligación de verificar el coeficiente de transmisión térmica K en un túnel de frío.

A los vehículos que el 1 de julio tengan más de 15 años no se les aplicará este cambio normativo, es decir, no se les exigirá que pasen el ensayo en el túnel de frío hasta que se cumplan los 21 años de su fabricación.

Proceso de revisión de datos de representatividad en el CNTC

Es posible, por ello, que en las próximas semanas reciba un correo electrónico, una comunicación postal o incluso un llamada telefónica solicitando que confirme que forma parte de GUITRANS, que a su vez está integrada en FITRANS. Es importante que atienda las comunicaciones que pudiera recibir del Ministerio en este sentido para asegurar la participación de nuestra organización en el Comité. Rogamos a todas las empresas asociadas que reciban la encuesta del Ministerio nos lo comuniquen para poder hacer un seguimiento del proceso de revisión.

Acuerdo de la Ley Climática Europea que legislará los objetivos de emisiones climáticas de la UE

Uno de los puntos de tensión en la negociación ha sido establecer cuál iba a ser el objetivo de emisiones para 2030 y si iba a ser conjunto para los Veintisiete o individual para cada Estado miembro. En diciembre, los líderes europeos acordaron que fuese la UE en su conjunto la que llegase un objetivo del 55%, imponiéndose esta propuesta a la del Parlamento que pidió en otoño que la reducción de emisiones para el año 2030 alcanzase el 60% en todos los Estados miembros

REINO UNIDO: Permiso de acceso a Kent, para vehículos pesados

REINO UNIDO COVID-19: Protocolo de actuación durante la operación Brooke en Kent
Desde el CNTC se ha remitido el Protocolo que le han hecho llegar desde MITMA para conductores de vehículos pesados que utilizan el puerto de Dover o Eurotunnel y que acaba de publicar el Ministerio de Transportes (DfT) del Reino Unido, elaborada por la Representación Permanente de Transportes en el Reino Unido, Embajada de España en Londres. 

En lo que se refiere a conductores que den positivo, pueden comunicar esta situación al Consulado y serán atendidos a través del servicio de emergencia consular, que tomará sus datos personales para tenerlos localizados y poder facilitarle información en base a las medidas adoptadas por el gobierno británico. El teléfono de emergencia consular es: 00 44 7712 764 151 y durante los próximos días festivos se continuará atendiendo llamadas. Este teléfono de emergencias está reservado para las situaciones urgentes y graves, que dada la actual circunstancia se extiende a la situación de conductores que den positivo en un test COVID, pero en ningún caso está destinado a dar otro tipo de información. Si la línea estuviese ocupada, se puede dejar un mensaje de voz que se contestará a la mayor brevedad posible, siendo el tiempo de respuesta máximo de unas dos horas. No obstante, si se usara indebidamente, podría llegar a quedar inutilizado y de esta manera no podría atender emergencias que se fueran produciendo en estos días.

Para comprobar la documentación y solicitar un permiso de acceso a Kent (KAP)

Herramienta IR! para cumplir con el registro salarial equitativo, obligatorio desde el 14 de abril

El registro retributivo debe incluir los valores medios -media aritmética y mediana- de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales del personal, desglosados por sexo, y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Las empresas que lleven a cabo auditorías retributivas deberán, además,  reflejar las medias aritméticas y las medianas de las agrupaciones de los trabajos de igual valor en la empresa, conforme a los resultados de la evaluación de puestos de trabajo llevada a cabo por la empresa en el marco de la auditoría retributiva.

Cuando en una empresa con 50 o más personas trabajadoras, el promedio de las retribuciones de las personas trabajadoras de un sexo es superior a los del otro en un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, la empresa debe incluir en el registro una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo.

Este registro se realizará con carácter general de manera anual, a no ser que dentro del periodo haya una modificación sustancial de alguno de los elementos del registro.
Herramienta IR! Guía para su utilización.

Acordada la transferencia a la CAV de la gestión de las autorizaciones de OT y de los exámenes de Competencia Profesional

Ambos gobiernos han acordado la transferencia del transporte por carretera, de manera que el Gobierno Vasco asumirá la ordenación, coordinación, inspección y control del transporte por carretera que discurre íntegramente dentro de la CAV, así como los que, sin que discurran por ella, tengan su origen y destino en nuestra comunidad. En resumen, asumirá la gestión de autorización de operador de transporte, otorgamiento y gestión de concesiones de transporte y gestión de los exámenes de competencia profesional.

Las bajas temporales en Tráfico de los vehículos tendrán una duración máxima de un año salvo que se solicite su prórroga

Entre las principales novedades que incluye el Real Decreto se encuentra el establecimiento de un límite temporal de 1 año desde la fecha de solicitud de dicha baja temporal. Pasado ese plazo, si el interesado no ha solicitado la prórroga de dicha, automáticamente, el vehículo volverá a estar en situación activa, generando las obligaciones administrativas y fiscales que corresponda, tales como el impuesto de vehículos de tracción mecánica.

Las prórrogas del plazo de baja temporal se podrán solicitar a la Jefatura de tráfico como máximo 2 meses antes de la fecha de finalización de la baja temporal.

Hasta ahora, no había límite temporal para la baja temporal del vehículo y esta medida servirá para evitar el uso abusivo de la baja temporal que algunos talleres realizaban con el objetivo de evadir la obligación de llevar un vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) al final de su vida útil.

Otra de las novedades que se incluyen en este RD es la obligación de superar una inspección ITV en aquellos vehículos que han sido declarados siniestro total por las compañías aseguradoras y en los que, posteriormente, su titular pretenda continuar circulando con él o ser transferidos a otro titular. Esta inspección debe superarla con fecha posterior a la declaración del siniestro.

Esta medida tiene como objetivo, por un lado, garantizar que tras el siniestro el vehículo cumple con las condiciones técnicas exigidas para circular y, por otro, aportar transparencia en el mercado de segunda mano o de vehículo de ocasión, facilitando el historial técnico del vehículo a cualquier interesado en su compra.

Baja del vehículo por traslado a otro país

En el caso de que se quiera trasladar un vehículo a otro país donde vaya a ser matriculado, el titular u otra persona que acredite su propiedad, una vez comunicada la baja del vehículo por exportación o tránsito comunitario, deberá materializar la salida del vehículo de España en los siguientes 3 meses desde la anotación de la baja en el registro de vehículos de la DGT. En caso de que se superen los tres meses y exista constancia de que el vehículo continúa circulando en España, se procederá de oficio a darle nuevamente de alta en el Registro General de Vehículos de la DGT.

Con el establecimiento de estos 3 meses entre la solicitud de la baja definitiva en el Registro de Vehículos y la salida efectiva del vehículo del país se evitan bajas por tránsito comunitario ficticias que se comunican con la finalidad de evadir obligaciones fiscales y se mejora la exportación de vehículos a otros países.

Además, en el caso de que los vehículos a exportar tengan una antigüedad superior a 4 años, desde su fecha de primera matriculación, o cualquier vehículo que, tras un accidente u otra causa, haya sufrido un daño importante que pueda afectar a algún elemento de seguridad, se exigirá que antes de ser dados de baja definitiva por traslado a otro país, superen una inspección técnica para verificar que el vehículo que sigue cumpliendo los requisitos para circular por las vías públicas y no se trata de la exportación de residuos.

Nota informativa 2021/23 con aclaraciones sobre las modificaciones contempladas.