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TicketBAI Gipuzkoa: publicadas sendas órdenes con el nuevo calendario de implantación y el modelo KTB, Anticipo de deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario TicketBAI (KENKARIBACK)

En concreto, la Orden Foral 608/2021 de 9 de noviembre por la que se modifica el calendario de implantación de la obligación TicketBAI y se exime de su cumplimiento a determinadas personas físicas en edad cercana a la de su jubilación, así como la Orden Foral 609/2021 de 9 de noviembre por la que se aprueba el modelo KTB «Anticipo de deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI» del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, así como la forma y plazo de su presentación.

Orden Foral 608/2021 
Quedan exoneradas de la obligación TicketBAI las personas físicas contribuyentes del impuesto sobre la renta de las
personas físicas que cumplan los siguientes requisitos: 

a) Que a 31 de diciembre de 2021 vinieran ejerciendo una
actividad económica.

b) Que a dicha fecha tengan 60 años o más.c) Que no formen parte del colectivo de personas físicas
que ejerciendo una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2.c) de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.d) Que durante 2021 no hayan tenido trabajadores contratados por cuenta ajena. Aquellas personas físicas que no cumplan este requisito podrán solicitar la exoneración a que se refiere la letra a) del artículo 6.1 del Reglamento por el que se desarrolla la obligación TicketBAI, aprobado por Decreto Foral
32/2020, de 22 de diciembre, siempre que se justifiquen las
circunstancias previstas en la misma. 

2. Lo dispuesto en el apartado anterior resultará de aplicación a las sociedades civiles, tengan o no personalidad jurídica,
herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades
a que se refiere el apartado 3 del artículo 35 de la Norma Foral
General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, que tributen en régimen de atribución de rentas, siempre que cumplan
los requisitos previstos en el mismo. A estos efectos, el requisito
relativo a la edad deberá cumplirse por todas sus personas socias, herederas, comuneras o partícipes, respectivamente. 

3. Los contribuyentes podrán renunciar a la exoneración prevista en este artículo mediante el envío de una comunicación al Departamento Foral de Hacienda y Finanzas.

Orden Foral 609/2021
Se pretende posibilitar el anticipo líquido de las citadas deducciones al momento en que se realicen las inversiones y los gastos, el cual se hará con cargo a los impuestos sobre la renta de las personas físicas, sobre sociedades y sobre la renta de no residentes que operen a través de establecimiento permanente, abonados en los cuatro períodos impositivos inmediatos anteriores cuyo plazo de presentación de autoliquidaciones haya finalizado con anterioridad a la presentación de la primera solicitud de anticipo, y por el importe máximo de dichos abonos. Con ello, se facilita el anticipo de las deducciones mediante la devolución del impuesto sobre la renta de las personas físicas, sobre sociedades o sobre la renta de no residentes para los establecimientos permanentes, según el caso, correspondiente a las autoliquidaciones de períodos impositivos previos.

El importe máximo susceptible de ser anticipado se minorará en los importes ya deducidos por aplicación de las deducciones incrementadas así como por las deducciones TicketBAI y para la transformación del comercio minorista.

En el supuesto de que no se pueda proceder a este anticipo líquido, en todo o en parte, por falta de impuesto previo abonado, las deducciones no anticipadas se aplicarán, en todo o en parte, sobre la cuota íntegra correspondiente al periodo impositivo en que se lleve a cabo la inversión o gasto correspondiente.

El anticipo es aplicable tanto a las inversiones y gastos efectuados en los años 2021, 2022 y 2023, como a aquellos efectuados en 2020.

El anticipo de deducciones se efectuará previa solicitud de la o del contribuyente mediante el modelo KTB.

El periodo de presentación del modelo será el comprendido entre la entrada en vigor de la Orden Foral  608/2021 y el 31 de diciembre de 2023. Una vez finalizado dicho plazo no se podrá solicitar el anticipo de las deducciones, ni presentar el citado modelo KTB. 

Durante este periodo las y los contribuyentes pueden presentar más de un modelo KTB, con un máximo de uno al mes.

La devolución de las deducciones anticipadas se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por la o el contribuyente, en un plazo no superior a quince días desde el último día del mes en que se presentó el modelo KTB.

Formas de presentación del modelo KTB y acreditación de la identidad

El modelo KTB se deberá presentar a través de Internet, desde la plataforma «Zergabidea», con arreglo a lo previsto en la Orden Foral 320/2017, de 28 de junio, por la que se regula la obligación de relacionarse con la Administración tributaria foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa por medios electrónicos. La plataforma «Zergabidea» está disponible en el portal. También se puede acceder a la misma a través de la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas.

Ayudas directas para la transformación de flotas de transporte: algo más de 6,5 millones de euros para la CAV 

En el BOE de 17 de noviembre se ha publicado el Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Real Decreto publicado define a los beneficiarios finales de las mismas, las actuaciones subvencionables, los requisitos para acceder a la financiación y las principales líneas. Así, los potenciales adjudicatarios de los fondos son los autónomos y las empresas privadas de transporte de mercancías y/o viajeros domiciliadas en cada comunidad autónoma, así como las empresas que se dedican al transporte privado complementario. 

El programa de incentivos está dotado con una cuantía inicial de 174.000.000 de euros, con cargo al programa 450A «Infraestructuras. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», gestionado por la Secretaría de Estado del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, previsto en los Presupuestos generales del Estado para el año 2021. Este presupuesto podrá ser ampliado hasta una cuantía total de 400.000.000 euros, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad en el ejercicio 2021 o posteriores, siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los programas y en función de la revisión de cumplimiento de los hitos y objetivos que se establezcan.

Los criterios que sirven de base para la distribución y entrega de los correspondientes créditos, así como las cuantías específicas a distribuir inicialmente han sido sometidos a consulta en la Conferencia Nacional de Transportes celebrada el 14 de mayo y el 20 de octubre de 2021. El criterio de distribución territorial del crédito y entrega consensuado con las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla es el número de vehículos de transporte público de mercancías y viajeros y transporte privado complementario, domiciliados en cada Comunidad Autónoma y en las ciudades de Ceuta y Melilla. La cuantía resultante para la CAV es de 6.618.775 euros (el reparto o distribución entre las distintas CCAA viene reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto).

 

Actuaciones y objetivos 
Los objetivos de la línea de inversión son impulsar la transformación del parque de vehículos pesados de transporte de mercancías y de viajeros, incentivar la penetración en España de tecnologías para la propulsión de vehículos que utilicen energías alternativas y acelerar la reactivación industrial y el sector de la automoción, favoreciendo la descarbonización de las flotas y la mejora de la calidad del aire en los entornos metropolitanos. 

Actuaciones subvencionables 

Aquellas que, además de cumplir los requisitos anunciados en el presente real decreto, consistan en:

 

a) el achatarramiento de vehículos. 

b) la adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono. 

c) el «retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos. 

d) la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. 

e) la adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.

En este Real Decreto no se contemplan ayudas a tecnologías vinculadas al GNC o GNL. Las alternativas basadas en GNC y GNL deben apoyarse en la Estrategia del Biometano, de manera que tal y como se recoge en la disposición adicional primera, se regulará mediante una futura orden ministerial las ayudas a la adquisición de vehículos de gas (GNC, GNL) de categoría N y M, regulando los requisitos, cuantías y condiciones que sean exigibles para su otorgamiento, condiciones que en todo caso incluirán el uso exclusivo de biometano u otro gas renovable para su funcionamiento.

No obstante, y con carácter transitorio tal y como recoge la disposición transitoria primera, se establece un período limitado en el cual se ofrecen ayudas para los vehículos de gas (GNC, GNL) de categoría M de suelo alto, tanto para la actividad 2 de adquisición de vehículos nuevos con energías alternativas bajas en carbono como para la actividad 3 de «retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos, sin necesidad de cumplir, de forma inmediata el citado requisito de uso de biometano renovable. Tras esta fecha, no se otorgará ninguna ayuda a vehículos de gas (GNC, GNL) no vinculadas al uso exclusivo de biometano u otro gas renovable.

La falta de conductores, a debate en la jornada organizada por Fundación GUITRANS Fundazioa

Fundación GUITRANS Fundazioa celebró ayer, 17 de noviembre, una interesante jornada en la Escuela de Ingeniería de Gipuzkoa de Donostia con el objetivo de debatir y arrojar luz sobre la delicada situación del transporte que se enfrenta a un grave problema de vocaciones derivado de una larga y asfixiante crisis sectorial.

En la jornada, inaugurada por el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco, Luis Pedro Marco de la Peña, participaron representantes de organizaciones integrantes del Comité Nacional de Transporte por Carretera. 

Ignacio Cepeda, Presidente del Patronato de la Fundación GUITRANS Fundazioa, fue el encargado de moderar el debate y se preguntó hasta cuándo va a ser posible aguantar esta imposibilidad de repercutir los costes en los precios por parte del sector y si estamos dispuestos como sociedad a asumir las consecuencias de la ruina de un sector esencial de la economía. 

Víctor González, presidente de Fetransa, en su intervención manifestó que la paulatina precarización del sector lo ha hecho menos atractivo, a pesar de ser cada vez más requerido por la sociedad. Entre los objetivos, identificó la necesidad de mejorar la rentabilidad, la asunción de retos medioambientales, teniendo en cuenta que no son gratis, una mejora de las condiciones laborales para hacer más atractiva la profesión y también el reto de la digitalización. En alusión al paro de transporte convocado en diciembre, indicó que ante la falta de respuestas al sector no le ha quedado más remedio que convocarlo. 

En la línea de mejorar las condiciones laborales de los conductores, Pedro Conejero, Vicepresidente de ATFRIE, pidió que se regule con claridad la carga y descarga así como el intercambio de palés, tildando de indigno que en los muelles de carga y descarga no haya una sola sala de descanso para los chóferes. Se quejó de que así es muy difícil hacer atractiva la actividad. También reivindicó la necesidad de un convenio colectivo único y de realizar una apuesta decidida por la formación dual. 

José Manuel Pardo, Director Técnico de ASTIC, se refirió a la reunión que mantendrá la IRU con los representantes sindicales el 22 de noviembre en Bruselas donde se tratarán temas tan importantes como la responsabilidad en la carga y descarga, el intercambio de palés o las infraestructuras para el descanso de los conductores. Aunque la situación del sector es muy grave, cree que las medidas del Paquete de Movilidad, que entrarán en vigor en febrero de 2022, pueden mejorar la situación de las empresas que realizan transporte en la UE, dificultando la actividad de las empresas deslocalizadas, lo cual ha de tomarse como una oportunidad. Abogó por incluir la profesión de conductor profesional en el catálogo de profesiones de difícil cobertura y favorecer que los trabajadores extracomunitarios puedan realizar la formación de CAP en origen. 

José Luis Olivella, Presidente de Fitrans, afirmó que es hora de pasar de la queja a conformar un marco de trabajo. En su opinión, las cooperativas que operan de manera fraudulenta son responsables en gran medida de la actual situación del sector, poniendo el acento en la necesidad de potenciar la formación profesional en transporte. En alusión a los 60.000 conductores demandantes de empleo que hay según fuentes sindicales, piensa que hay que depurar los datos porque solo con datos reales se podrá dar respuesta a los problemas. 

Por su parte, Julio Villaescusa, Presidente de Fenadismer, inició su exposición afirmando que el Comité Nacional de Transporte por Carretera ha tenido un papel aglutinador en el sector en un momento de grave crisis. Según sus palabras, el Observatorio de Costes pone de manifiesto que las empresas de transporte tienen unos precios un 45% menores que los costes indicados en el mismo. Reivindicó la necesidad de establecer un precio mínimo, que no una tarifa única, que garantice un mínimo umbral de rentabilidad, denunciando que solo ocurre en el transporte que mientras suben los costes, bajen los precios. 

Después de la mesa redonda, intervino Iván Pedreira, Director de Planificación de Transporte del Gobierno Vasco, que explicó los objetivos normativos y programáticos del Departamento, que contarán en 2022 con un presupuesto de 309 millones de euros sin contar con los fondos Next provenientes de Europa. 

En la parte final, Jaime Moreno, Director General de Transporte Terrestre de MITMA, resaltó el decalaje que hay entre precios y costes como uno de los graves problemas del sector, abogando por el diálogo que siguen manteniendo, y afirmando que hay margen para poder llegar a acuerdos. 

Eva Fernández, Directora de Bidasoa Activa-Bidasoa Bizirik, clausuró el acto poniendo de relieve la importancia del sector en la comarca de Bidasoaldea, clave en la cadena de valor del sistema productivo.

Ramón Valdivia, Director General de ASTIC, entra a formar parte del Comité Ejecutivo de Presidencia de la IRU en enero de 2022

Actualmente es miembro de la Comisión de Finanzas de la IRU. Su nombramiento, que se hará efectivo el 1 de enero de 2022, tuvo lugar el pasado 4 de noviembre durante la reunión de los Consejos de Transporte de la IRU, tanto de Mercancías como de Pasajeros. Ramón Valdivia se convierte así en el único español que forma parte de la Ejecutiva de la IRU.

Aprobada la Orden Foral con las nuevas medidas relativas a TicketBAI

La segunda medida afecta a las personas contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que estén próximas a la edad de jubilación y que estarán exentas pero para ello deberán cumplirse una serie de requisitos: 

estar desarrollando actividades económicas a 31 de diciembre de 2021 y tener 60 o más años; 
no pertenecer al colectivo de personas físicas obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos por el ejercicio de una actividad profesional que requiera obligatoriamente la colegiación; 
y, por último, no tener personas trabajadoras por cuenta ajena en el año 2021.

Eslovenia: prohibición de adelantamiento

Los adelantamientos seguirán estando permitidos en tramos de carretera de tres carriles y durante el período nocturno (fuera del horario restringido). Toda la red de carreteras y autopistas estará marcada con señales de tráfico adecuadas.

Los conductores que no cumplan con la prohibición de adelantar serán sancionados por las autoridades.

Esta medida garantizará un flujo de tráfico más seguro y fluido para todos los usuarios de la red de carreteras y autopistas afectados por esta prohibición.

EUROPA COVID-19: ACTUALIZACIÓN de requisitos de entrada en diversos países europeos

A partir del 1 de julio entra e vigor el certificado Covid digital de la UE, que es accesible para todos y abarca la vacunación, las pruebas diagnósticas y la recuperación de la COVID-19; es gratuito y está disponible en todas las lenguas de la UE; existe en formato digital e impreso; y es seguro e incluye un código QR con firma digital. Con arreglo a las nuevas normas, los Estados miembros deben abstenerse de imponer restricciones adicionales de viaje a las personas titulares de un certificado COVID digital de la UE, a menos que esas restricciones sean necesarias y proporcionadas para salvaguardar la salud pública. 

Alemania: Acceder a la información sobre registro y pruebas diagnósticas necesarias en cada caso.

Alemania ha puesto en vigor una nueva ordenanza (Corona-Einreiseverordnung) que rige la entrada en Alemania. Si bien se endurecen las reglas para el público en general, se mejora la situación del personal de transporte. A partir del 1 de agosto, se ha eliminado la clasificación de riesgo, habiendo dos niveles para determinar el peligro de los países extranjeros: zonas de variante de interés y zonas de alto riesgo (antes zonas de alta incidencia).

Zonas de variante de interés: es el nivel más restrictivo. El personal de transporte que haya permanecido en una zona de variante preocupante en los últimos 10 días deberá someterse a una prueba antes de la entrada (prueba PCR máximo 72 horas antes de la entrada, pruebas rápidas/de antígenos máximo 24 horas antes de la entrada) con independencia de que haya sido vacunado o pasado el virus. En los casos en los que se haya permanecido en la zona de la variante preocupante durante más de 72 horas y tengan la intención de permanecer en Alemania durante más de 72 horas, también tendrán que preinscribirse (pinchando aquí) y autoaislarse.
Zonas de alto riesgo (antes zonas de alta incidencia): no habrá que registrarse previamente ni aislarse, tampoco presentar una prueba Covid-19. Además, estas exenciones son válidas con independencia de la duración de la estancia prevista en Alemania.

 

Ver listado con todas las zonas de alto riesgo. 

Las restricciones de circulación habituales para vehículos pesados han vuelto a estar en vigor desde el 1 de julio. Ver en el informe de restricciones.

Austria: Los conductores profesionales que circulen con su vehículo en tránsito están exentos de requisitos de entrada. En todo caso se recomienda portar un Certificado de Transportista internacional- anexo III.  

A partir del lunes 22 de febrero de 2021, se ha instalado una estación de pruebas COVID en la autopista Münster-Nord (dirección Innsbruck) como parte de la campaña «Pruebas del Tirol: de forma continua y gratuita», especialmente para los conductores de camiones. Las pruebas se pueden realizar de lunes a viernes de 05:00 hrs a 19:00 hrs y los sábados de 05:00 hrs a 14:00 hrs. La estación de prueba COVID-19 es administrada por el Centro Médico Telfs.

A partir del 1 de noviembre de 2021, todas las personas, también los conductores profesionales, que tengan contacto físico con otras en su lugar de trabajo, ya sean empleados, propietarios u operarios, solo podrán acceder al lugar de trabajo si:

Se han sometido a una prueba COVID (Certificado Digital de la UE, certificado oficial en alemán o inglés de una prueba de antígenos de no más de 24 horas, una prueba de PCR de no más de 72 horas o una prueba oficial de anticuerpos de no más de 90 días).
Se han recuperado del virus del SARS-CoV-2 (Certificado Digital de la UE, certificado oficial de recuperación en alemán o inglés de no más de 180 días).
Están vacunados (Certificado Digital de la UE, certificado oficial en alemán o inglés de una segunda o tercera vacunación con una antigüedad no superior a 360 días para las vacunas en las que son necesarias dos inyecciones, o una segunda vacunación con una antigüedad no superior a 270 días o una tercera vacunación con una antigüedad no superior a 360 días para las vacunas en las que es necesaria una inyección. Una infección previa y una o más vacunas en un plazo de 360 días se consideran también vacunas válidas).

Los conductores no están excluidos de este nuevo requisito. Sin embargo, en las siguientes situaciones, los conductores estarán exentos de cumplir con las nuevas reglas si:

no tienen ningún contacto físico, por ejemplo en las áreas de carga y descarga, siempre que estas operaciones sean realizadas por terceros;
un máximo de dos contactos físicos al aire libre por día, si no duran más de 15 minutos (1x carga y 1x descarga).

Bélgica: A partir del 8 de marzo de 2021, el personal de transporte no necesita completar el formulario de localización de pasajeros ni el formulario de viajes de trabajo al extranjero. También están exentos de cuarentena, pruebas y la obligación de llevar la Declaración de Honor.

Chequia: Los conductores de transporte internacional están exentos de realizar PCR de entrada y cuarentena, pero a partir del 14 de febrero se exige una prueba COVID negativa a los transportistas que transiten hacia Alemania.

Dinamarca: No se requerirá a los conductores de camiones extranjeros que realicen un test en la frontera (a no ser que provengan de Reino Unido o de Sudáfrica) pero deberán aislarse (10 días) mientras no estén trabajando. Los conductores que pueden mostrar un certificado de prueba PCR o antígeno positivo tomado entre 2 y 12 semanas antes de la entrada en Dinamarca estarán exentos del requisito de aislamiento.

A partir del 20/02/2021 se han cerrado por completo varios pasos fronterizos menores. Se pueden utilizar los siguientes:

Frøslev / Ellund (E45) – 00.00 horas -24.00 horas
Padborg – 00.00 hrs -24.00 hrs
Saed – 00.00 hrs – 24.00 hrs
Pebersmark – 10.00 hrs -18.00 hrs
Kruså – 00.00 hrs – 24.00 hrs – solo para vehículos de menos de 3,5 toneladas

Eslovenia: A partir del 15 de agosto (han establecido un periodo transitorio entre el 15/07 y el 15/08) se permitirá la entrada en la República de Eslovenia solo a aquel que presente un resultado negativo de la prueba PCR, no mayor a 72 horas, o una prueba de antígenos de no más de 48 horas o certificado de vacunación o de haber cursado la enfermedad en un plazo inferior a seis meses. Si no es así deberá realizar cuarentena.

Más información.

Finlandia: Los transportistas pueden entrar al país pero tienen que portar un justificante, acceso al modelo de justificante de entrada.  Más información.

Francia: Listado de los lugares en los que poder realizar test del virus de la COVID-19.

Todo transportista por carretera que llegue al territorio nacional deberá presentar el certificado europeo para trabajadores del sector del transporte internacional Anexo III.

Aunque los viajeros que entren por tierra en Francia deberán acreditar alguna de las pruebas que se indican a continuación los conductores profesionales estarán exentos de estas obligaciones:

o pauta de vacunación completa con por lo menos 14 días de antelación (AstraZeneca, Pfizer o Moderna) o más de 28 días (Janssen, dosis unitaria de vacuna).
o el resultado negativo de una prueba de PCR o prueba de antígeno (TAG para esta última: la detección de proteínas del SARS-CoV N 2) realizada con menos de 24 horas antes de la salida.
o certificado de haber pasado el virus en un periodo no superior a seis meses.

Esta obligación no afecta a los desplazamientos de los profesionales del transporte por carretera en el ejercicio de su actividad ni a los siguientes viajes por tierra:

Viajes de duración inferior a 24 horas dentro de un perímetro definido por un radio de 30 kilómetros alrededor del lugar de residencia;
viajes profesionales cuya urgencia o frecuencia sea incompatible con la realización de una prueba o examen de detección.

Pase sanitario obligatorio, también para los conductores profesionalesDesde el 9 de agosto de 2021, el pase de salud es obligatorio para comer en restaurantes y bares, incluso en la terraza. Los restaurantes de camiones se consideran «catering colectivo». 

En la página web de BISONFUTE se ha publicado un mapa con el listado de restaurantes en los que no se exigirá el pase sanitario a los conductores profesionales en el ejercicio de su actividad. 

Mapa con listado de restaurantes.

(Décret nº 2021-1059 du 7 août 2021 modifiant le décret nº 2021-699 du 1er juin 2021
prescrivant les mesures générales nécessaires à la gestion de la sortie de crise sanitaire, publicado en el Journal Officiel el 08/08/2021).

Más información sobre el pase sanitario.

Grecia: Los camiones pueden ingresar a Grecia a través de los siguientes puntos fronterizos terrestres:

Promahonas & Ormenio (GR-BUL) las 24 horas del día, los 7 días de la semana;
Evzoni (GR-NMK), Kipi (GR-TUR), Exohi (GR-BUL) y Nimfea (GR-BUL), de 07:00h a 23:00h;
Kakavia (GR-ALB) de 07:00h a 19:00h. Los conductores de camiones están exentos de la cuota diaria (máximo 400 personas) que se aplica a las personas que ingresan desde Kakavia.

Los conductores de camiones de todas las nacionalidades que ingresan a Grecia desde los puntos fronterizos a / m land ya no están obligados a presentar un Formulario de Localización de Pasajeros (PLF) antes de la llegada ni a portar ningún certificado sanitario. Las pruebas rápidas se realizarán al azar al llegar al puesto de control fronterizo.

Irlanda: para solicitar cita previa para realizar test de coronavirus pinchar aquí. Los test se realizan en:

– Dublin Blue Carpark: de lunes a sábado de 8:00 hrs a 19:00 hrs más el domingo 21 de febrero de 10:00 hrs a 14:00 hrs.

– Gorey: de lunes a viernes de 9:00  a 20:00 horas, sábados de 9:30 a 20:30 horas.

– Holmestown, Wexford: de lunes a viernes de 12:00  a 20:00 horas y sábados de 10:00 a 21:00 horas.

Italia: Para ver los requisitos de entrada al país. pulsar aquí. 

Obligación de cumplimiento del Formulario de localización de pasajeros (PLF) en formato digital antes de partir hacia Italia. 
A partir del 15 de octubre, las empresas de transporte deberán contar con un sistema de verificación de certificados digitales COVID de la Unión Europea para que los empleados accedan a las instalaciones de la empresa (incluidas las zonas de carga y descarga, que el gobierno italiano considera como «instalaciones de la empresa») a diferencia de los vehículos que se consideran «equipos de trabajo».

Se admite un certificado COVID digital de la UE válido (con un código QR) después de la vacunación completa (emitida en el país de origen), hisopo negativo de una prueba rápida (*) o prueba molecular (**) o después de la recuperación de COVID-19 (emitido por el país de origen). Cada certificado COVID digital de la UE tiene su propia validez de tiempo. El certificado COVID digital de la UE emitido después de una prueba rápida con hisopo (*) tiene una validez de 48 horas desde el momento en que se toman. Los expedidos tras una prueba molecular (**) tienen una vigencia de 72 horas desde su toma.

Para aquellos que no están vacunados, se encuentra disponible una lista de farmacias para la ejecución de la prueba rápida de hisopo (válida por 48 horas), lo que permite al titular obtener un Certificado COVID digital de la UE.

Letonia: a partir del 12 de octubre, toda persona que ingrese a Letonia debe cumplimentar un cuestionario electrónico (disponible: www.covidpass.lv), posteriormente recibirá un código QR para mostrar en la aduana. Es obligatorio cumplimentar el cuestionario al menos 48 horas antes de ingresar a Letonia. A partir del 12 de julio para la entrada en Letonia por las fronteras de GREBNAW, TEREHOV, PETHERMEN y SILEN será obligatorio realizar en la frontera una prueba de COVID. Solo estarán exentos quienes puedan acreditar haber sido vacunados o haber superado la enfermedad en los últimos seis meses. En caso de que la prueba sea positiva, el viajero será sometido a cuarentena y el transportista deberá hacerse cargo del vehículo.

Lituania: Todas las personas, independientemente de su nacionalidad, que crucen la frontera terrestre hacia Lituania deben completar un formulario en línea antes de ingresar al país. Esto se aplica también a los conductores profesionales. Formulario en línea y también para recibir un código QR.

Noruega: según nos informa ASTIC, todas las personas, incluidos los conductores profesionales, que entren en Noruega deben registrarse. Puede encontrar más información aquí. El formulario de registro en castellano lo puede encontrar aquí. Todas las personas que ingresan a Noruega deben hacerse la prueba SALVO niños menores de 12 años, personal con funciones sociales críticas, viajeros fronterizos, conductores de larga distancia y diplomáticos. Más información.

Países Bajos: Lugares en los que se puede hacer un test de antígenos, 1, 2, 3, 4 y 5. A partir del 16 de marzo de 2021, los transportistas que regresen a los Países Bajos desde el Reino Unido después de haber pasado menos de 48 horas en el Reino Unido ya no requieren una prueba Covid-19.

Portugal: Los conductores profesionales deben tener una declaración emitida por el empleador, que acredite que se encuentran en el desempeño de sus actividades profesionales. La declaración debe usarse en idioma portugués. Puede acceder al modelo de declaración pinchando aquí (cumplimentar los campos con la marca amarilla). Además, también deberán llevar consigo el certificado de conductor internacional (modelo de la comunicación CE, Anexo III).

Reino Unido: Antes de llegar a Reino Unido: Ya no es necesario que los conductores profesionales de mercancías (se deberá acreditar documentalmente que los es, por ejemplo con la carta de porte),  completen el formulario de localización de pasajeros y tampoco es necesario reservar las pruebas COVID-19 para realizarlas al llegar a Inglaterra.

Después de llegar a Inglaterra, completamente vacunado: No es necesario que se aísle en cabina o en cuarentena.
Si se queda en Inglaterra más de 2 días, deberá realizar una prueba el día 2 o antes. Si viaja todos los días, debe realizar una prueba al menos una vez cada 3 días.

Después de llegar a Inglaterra – no vacunado y no ha estado en un país de la lista roja:Debe aislarse de otras personas en su vehículo durante el tiempo que esté trabajando en Inglaterra. Si es residente del Reino Unido, no es necesario que se ponga en cuarentena mientras no esté trabajando. Si no es residente del Reino Unido, debe ponerse en cuarentena mientras no esté trabajando. Debe realizarse la prueba: Si va a permanecer en Inglaterra más de 2 días, deberá realizar una prueba el día 2 o antes, entre los días 3 y 5 y entre los días 6 y 8. Si viaja todos los días, debe realizar una prueba al menos una vez cada 3 días.

Reglas de la lista roja:Se aplica si ha estado en un país de la lista roja en los 10 días antes de su llegada a Inglaterra.

Debe ponerse en cuarentena en un hotel aprobado por el gobierno.

Prorrogada la suspensión de la tasa HGV-LEVY (uso infraestructuras) hasta el 31/07/2022.

Página del Ministerio de Transportes británico con más información.

Rumanía: La lista de países / territorios según la tasa de incidencia acumulada de COVID-19 actualizada el 03/10/2021.

Los conductores de vehículos de mercancías y transporte de pasajeros están exentos de realizar cuarentena si presentan una PCR negativa realizada como máximo con 72 horas de antelación.

Suiza: a partir del 4 de agosto de 2021 no hay obligación de realizar cuarentena al entrar al país. Los requisitos del formulario de prueba y de entrada no se aplican a los viajeros en tránsito por Suiza sin detenerse, a los conductores que transportan personas o mercancías de forma profesional y a los viajeros transfronterizos o personas que ingresan desde áreas fronterizas.

Reino Unido: extensión temporal de las normas de cabotaje hasta el 30 de abril de 2022

El gobierno británico ha aprobado la propuesta para permitir movimientos de cabotaje ilimitados de vehículos pesados de mercancías hasta 14 días después de llegar en un viaje internacional cargado al Reino Unido, es decir, se podrá realizar todas las operaciones de cabotaje que se desee en ese tiempo, y podrá tanto al amparo de la licencia comunitaria como bajo el uso de una autorización ECMT. Esta extensión en los derechos del cabotaje está permitida para cualquier tipo de transporte y la medida puede ser revocada por el gobierno británico cuando crean que no es necesaria.

Esta medida, de carácter temporal, se aplica desde el 28 de octubre.

AP-7, entre Girona Norte y El Vendrell: se amplía al 1 de noviembre la prohibición que tienen los vehículos pesados los domingos por la tarde

Según nos informa el Servei Catalá de Trànsit  los vehículos de más de 7,5 Tn de MMA que circulen en ambos sentidos por la AP-7 entre el km 55, Girona Nord y el km 216, El Vendrell, no podrán adelantar los domingos por la tarde, ni tampoco el 1 de noviembre, entre las 15 y las 22 horas, y no podrán circular a más de 80 km/hora.

La medida entró en vigor el  domingo 3 de octubre y permanecerá en aplicación hasta que entren en vigor las prohibiciones de circulación para el año 2022, previsiblemente el 1 de enero de 2022.

Se prorrogan las bonificaciones a los transportistas por el peaje obligatorio de la AP-68 en La Rioja

Prórroga de medidas para «Pesados 2»

Se prorroga la aplicación de las medidas de bonificación al peaje por el uso de la AP-68, a los vehículos de categoría tarifaria «Pesados 2» que vean restringida su circulación por resolución de la Dirección General de Tráfico en el tramo del p.k. 330,875 al p.k. 446,710 de la N-232 y del p.k. 39,000 al p.k. 45.990 de la N-124 en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las medidas de bonificación, que ya son aplicadas hoy en día, consisten en una reducción del 75 % del importe del peaje (con Via-T) para los vehículos pesados que realicen recorridos internos al tramo y 71.27 % (sin Via-T) al resto de estos vehículos que circulen por el tramo de la autopista AP-68 comprendido entre la salida 8 (Zambrana) y la salida 18 (Tudela), dirección Bilbao-Zaragoza y entre la salida 17 (Pamplona) y la salida 8 (Zambrana) cuando los vehículos circulen en dirección Zaragoza-Bilbao, siendo gratuito completamente el tramo de la autopista AP-15 entre el enlace de la A-68 y la AP-68.

Las bonificaciones continuarán siendo financiadas en un 60 % por el Gobierno de La Rioja y un 40 % por Mitma. El nuevo Real Decreto será efectivo desde el día 1 de noviembre de 2021 y estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2025.