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Fijados los controles mínimos de inspección de las jornadas de trabajo de los transportistas

Se ha publicado en el BOE de 22 de marzo la Resolución que establece los controles mínimos sobre las jornadas
de trabajo de los conductores en el transporte por carretera, controles que llevarán a cabo los agentes de control tanto en carretera como en las empresas. Los órganos de inspección y control del transporte por carretera organizarán un sistema de controles regulares de tal manera que se controlen, al menos, el 3% de las jornadas de trabajo de los conductores.

Asimismo, al menos el 30% del número total de las jornadas de trabajo se controlará en carretera y al menos el 50% en los locales de las empresas.

Invasión en Ucrania: medidas adoptadas por diversos países para facilitar el transporte con fines humanitarios

Desde la IRU se informa de que los países que han liberado el pago de los peajes para los transportes con fines humanitarios con destino Ucrania son los siguientes:

Austria: Se debe enviar un formulario para los vehículos con un peso bruto máximo superior a 3.5 toneladas a la dirección ausnahmeantrag@asfinag.at que puede descargarse en este enlace. La solicitud de exención de peaje por tramo de carretera, se puede descargar fácilmente en este enlace.

República Checa: Se exceptúa del pago del peaje a los vehículos con más de 3.5 toneladas con fines humanitarios matriculados tanto en la República Checa como en el extranjero en los trayectos de ida y de vuelta. Se puede encontrar toda la información sobre el procedimiento a seguir en esta página web.

Polonia: El Gobierno permite el paso de camiones para el envío de ayuda humanitaria sin necesidad de pagar el peaje. Las organizaciones que tengan previsto enviar ayuda humanitaria deberán informar del número de vehículos y sus respectivas matrículas, el país de matriculación de los vehículos y, si es posible, el periodo estimado de viaje. Todos estos datos se deberán enviar al Ministerio de Infraestructuras en la siguiente dirección de correo electrónico humanitarianaid@mi.gov.pl. Asimismo, si los vehículos tienen que circular por tramos de peaje gestionados por empresas privadas, también se les puede eximir de dicho pago poniéndose en contacto y facilitando la información con antelación en los siguientes contactos: 

Autopista A1 Gdansk-Toru -Concesionaria: Gdansk Transport Company S.A. 
Autopista A2 Swiecko-Nowy Tomysl, Nowy Tomysl-Konin-Concesionarias: Autostrada Wielkopolska S.A., Autostrada Wielkopolska II S.A. Autopista A4 Katowice-Kraków- Concesionaria: Stalexport Autostrada Matopolska S.A.

Por otra parte, algunos países también han levantado temporalmente las restricciones al transporte para los envíos humanitarios:

Francia: ver noticia.

Para solicitar la exención en los peajes de los convoyes humanitarios es preciso ponerse en contacto con la Association des Sociétés Françaises d»Autoroutes (ASFA) enviando un correo electrónico a asfa@autoroutes.fr para solicitar un «pase» para los peajes franceses encontrados en la ruta prevista de los convoyes rumbo a países extranjeros.

Prohibición de circulación de camiones en domingos y festivos: se levanta las próximas prohibiciones de circulación por motivos humanitarios

al transporte rumbo a Ucrania y países vecinos hasta el 19 de junio. También se incluyen las devoluciones vacías en la exención. Los conductores que se acojan a estas excepciones deberán poder justificar por escrito la conformidad del transporte, en caso de control (Arrêté du 17 mars 2022 portant levée de l?interdiction de circulation des véhicules de transport de marchandises à des fins humanitaires à destination de l?Ukraine et de pays limitrophes, jusqu?au 19 juin 2022, publicada en el Journal Officiel de la République Française de 19/03/2022).

 

Hungría: Los envíos humanitarios están exentos por defecto, pero deberán cumplimentar una breve declaración en húngaro o en inglés que deberá portar el conductor para poder beneficiarse de dicha exención.

Alemania: El Ministerio Federal de Asuntos Digitales y Transporte (BMDV) ha pedido a los estados federados que concedan exenciones a la prohibición de que los vehículos pesados circulen los domingos y días festivos. Las exenciones se aplicarán a los transportes en dirección a la frontera ucraniana para la ayuda humanitaria directa o indirecta a Ucrania (incluidos los trayectos en vacío).  La autoridad alemana Bundesamt für Güterverkehr (BAG) ha publicado una lista de los estados federales que conceden dichas exenciones. Puede consultar esta listado pinchando aquí.

Exenciones peajes: El transporte de ayuda humanitaria a Ucrania está exento del pago de peajes, es preciso poder probar que es efectivamente ayuda humanitaria, se debe apagar el OBU poniéndolo en forma de pago manual y registrar el vehículo en Toll Collect, esto es voluntario pero se recomienda. Para realizar la inscripción pulsar aquí.

En vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

A tener en cuenta

Distracciones. Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.
Cinturón de seguridad y elementos de protección. Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.
Velocidad. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. 2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos.
Alcohol. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.
Ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
Recuperación de los puntos del carnet. Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación.
Cursos de conducción segura y eficiente. Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir. Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.
Objetos a la vía. Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.
Motoristas. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Otras novedades

Zonas de Bajas Emisiones. Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023.

Fraude en las pruebas de obtención del permiso de conducir. Se introduce, como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.

Alcoholímetro antiarranque (alcoholock) Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.

La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.

El Congreso convalida el Real Decreto-ley 3/2022

La Cámara ha convalidado hoy el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras.

Compromisos de MITMA tras la reunión celebrada ayer con el CNTC

Por parte del Ministerio de Interior, también presente en la reunión, se subrayó que las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado van a seguir actuando por todo el
territorio nacional para garantizar el derecho al trabajo de aquellos
transportistas que no apoyan las movilizaciones convocadas.

La reunión, que comenzó a las 12 horas, se prolongó también por la tarde. Una vez finalizada, la Ministra refrendó por escrito los compromisos que adquiere su Departamento en una carta dirigida al Presidente del CNTC en los términos siguientes:

«En el marco de la reunión que hemos mantenido durante la mañana de hoy entre este Ministerio y la representación del sector que ostenta el Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera, hemos tenido ocasión de poner en valor el contenido del Real Decreto-Ley 3/2022 aprobado por Consejo de Ministros el pasado 1 de marzo de 2022 y que recoge todos los acuerdos alcanzados el 17 de diciembre de 2021 que debían recogerse en una norma de rango de ley, y en concreto:

La prohibición de la carga y descarga por parte de los conductores.
La obligatoriedad de la revisión del precio del transporte por la variación del precio del combustible.
La trasposición de la directiva de trabajadores desplazados, que incluye, entre otras cuestiones las herramientas necesarias para asegurar el control y cumplimiento de la normativa del cabotaje.
El refuerzo de los medios de inspección, para poder controlar el cumplimiento de los requisitos legales de las empresas buzón, evitando la aplicación de prácticas de mercado contrarias a la normativa.
Limitación del tiempo máximo de espera en las operaciones de carga y descarga de 1 hora
La creación de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación del Transporte Terrestre de Mercancías, un Registro de las empresas que lo suscriban,
La creación de un Estándar para la certificación de las zonas de carga y descarga en relación con los servicios disponibles para los conductores.

Estamos de acuerdo en que se trata de un acuerdo histórico y confiamos en que mañana pueda convalidarse por el parlamento.

Pero además, hemos compartido la preocupación por la situación extraordinaria en la que nos encontramos, motivada por el incremento excepcional del coste del combustible y la situación de excepcionalidad internacional, que exige un esfuerzo adicional para avanzar en las medidas que puedan garantizar la sostenibilidad del sector.

Por ello, desde el Ministerio vamos a acelerar la implantación de las medidas no legislativas del Acuerdo de 17 de diciembre de 2021.

Compartimos que no es sostenible una situación en la que los transportistas se vean obligados a trabajar por debajo de sus costes, por lo que se agilizará la aplicación al sector del transporte de mercancías de los principios recogidos en la Ley de la Cadena Alimentaria.

Además, el compromiso de publicar semanalmente, en lugar de mensualmente, el informe del MITMA que incluye la variación del precio del gasóleo y que se usa de referencia para el índice de variación del precio medio del gasóleo a emplear en la fórmula de revisión de precios.

Y todo ello sin perjuicio de que, en el marco del Plan Nacional de Respuesta al Impacto de la Guerra anunciado por el Presidente del Gobierno para responder al impacto económico y social de la invasión de Ucrania, cuya aprobación está prevista el próximo 29 de marzo se vayan a incluir medidas específicas de reducción del precio de los combustibles en línea con el planteamiento que ya están llevando a cabo en los países de nuestro entorno, así como todas aquellas que puedan acordarse durante el proceso de participación que se va a abrir con el CNTC.

Antes de terminar me gustaría volver a destacar el papel esencial del CNTC como interlocutor en el que se encuentra representado con procesos abiertos y transparentes el sector del transporte por carretera, incluyendo desde los autónomos a las empresas pequeñas, medianas y grandes, gracias al cual estamos avanzando conjuntamente de manera decidida a través del diálogo en mejorar la competitividad y sostenibilidad del sector, en un proceso sin precedentes para un ámbito tan esencial y relevante como es el transporte de mercancías por carretera».

Enmiendas al texto principal del Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR

En el BOE de 12 de marzo de 2022 se han publicado Enmiendas al texto principal del Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR (Convenio TIR), adoptadas en Ginebra el 15 de octubre de 2020, enmiendas que entraron en vigor, de forma general y para España, el 4 de febrero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 59 del Convenio TIR.
Acceso a las enmiendas publicadas.

Interior decreta la validez de los permisos de conducir de los refugiados de Ucrania

La medida está incluida en una instrucción firmada por el director general de Tráfico, Pere Navarro, dictada en atención al carácter extraordinario y excepcional de la situación creada por la invasión rusa de Ucrania y la magnitud de la afluencia masiva de personas desplazadas, que llevó al Consejo de Ministros de Interior de la Unión Europea a activar el pasado 4 de marzo la directiva de protección temporal, aplicada y ampliada por acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 8 de marzo.

Con apoyo en esos dos acuerdos, la instrucción amplía la validez del permiso de conducción ucraniano para conducir en España a un plazo de un año desde la obtención de la protección temporal, siempre y cuando el permiso de conducción esté en vigor y su titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente.

Podrán beneficiarse de esta medida nacionales ucranianos, apátridas y nacionales de terceros países distintos de Ucrania residentes en aquel país antes del 24 de febrero de 2022 y sus familias, así como nacionales ucranianos residentes en España (incluidos aquellos cuya estancia fuese irregular) antes del 24 de febrero de 2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania. 

 Además, estos ciudadanos podrán canjear su permiso de conducción ucraniano por un permiso de conducción español si así lo desean. Para ello podrán acreditar su residencia en España mediante el resguardo de la presentación de la solicitud de protección temporal o de la documentación entregada al resolver la misma, y la verificación de permiso de conducción se sustituirá por una declaración responsable firmada por el propio solicitante.

En relación con los ciudadanos ucranianos ya residentes en España con anterioridad al 24 de febrero de 2022, y dada la imposibilidad de recibir la verificación de los permiso de conducción por parte de las autoridades ucranianas expedidoras, ésta se sustituirá también por una declaración responsable del titular del permiso.

Licencia comunitaria para los vehículos de entre 2,5 y 3,5 Tn de MMA que realicen transporte internacional

Tras la entrada en vigor el 21 de febrero de 2022 del Reglamento (UE) 1055/2020, reglamento del Paquete de Movilidad I, el MITMA ha procedido a emitir una Resolución de Coordinación en la que detalla el grado de cumplimiento de la normativa nacional a lo dispuesto en el citado Reglamento. En relación con la licencia comunitaria, exigible también a partir del próximo 21 de mayo para los vehículos de entre 2,5 y 3,5 Tn de MMA que realicen transporte internacional, se aclara que, de manera transitoria y hasta el 31 de diciembre de 2022, los titulares que ya dispusieran de una autorización MDL y deban realizar transporte internacional, podrán solicitar licencia comunitaria y sus copias correspondientes mediante la presentación junto a la solicitud de una declaración responsable sobre el cumplimiento de lo recogido en el Reglamento (CE) 1072/2009 por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera. Este Reglamento 1072/2009 establece entre los requisitos para el ejercicio de la actividad el de competencia profesional, debiendo por tanto también los titulares de este tipo de vehículos que realicen transporte internacional acreditar un Gestor que cumpla las funciones establecidas en el Real Decreto 70/2019, en vigor desde el 21 de febrero de 2019.

Más información: Departamento de Gestiones (Santi-Ainhoa): 943-316707, ext. 1.

Publicado el Real Decreto-Ley con las medidas acordadas en diciembre pasado por el CNTC y el MITMA

El CNTC ha valorado muy positivamente su publicación, confiando en su aprobación por parte del Congreso y esperanzado en que aquellos aspectos del Real Decreto-Ley que han quedado pendientes de un posterior desarrollo reglamentario, no terminen siendo desvirtuados en el buen sentido de la norma.

Resumen RD-Ley 3/2022 (Transporte mercancías por carretera).
Comunicado CNTC (02/03/2022).