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Indicadores económicos

En el mes de JUNIO de 2024 con datos publicados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y actualizados con fecha 01/06/2024, hay en Gipuzkoa 1.222 empresas de transporte de servicio público menos que en enero de 2008. En el Estado, 31.303 empresas menos.

Precio medio gasóleo MAYO 2024
1,5010 euros/litro
Tipo impositivo del TEG (Tipo Especial General)
0,307 euros/l.
Tipo impositivo del TEE (Tipo Especial Estatal) a partir del 01/01/2019
 0,072 euros/l.
Devolución gasóleo profesional desde el 01/01/2019
 49 euros/1.000 l.
Nº de empresas de transporte en Gipuzkoa  – SP
1.694
Nº de autorizaciones MDP en Gipuzkoa  – SP
5.560
Nº de autorizaciones MDL en Gipuzkoa – SP
870
Diferencia nº de empresas de transporte de servicio público desde el 01/01/2008 Gipuzkoa
 -1.222
Diferencia nº de empresas de transporte de servicio público desde el 01/01/2008 Estado
– 31.303
Tasa de paro EPA  1º trimestre de 2024 – Gipuzkoa
8,16%
Tasa de paro EPA  1º trimestre de 2024 – Estado
 12,29%
Afiliación media a la Seguridad Social sector transporte y almacenamiento mes de junio 2022 –  Régimen General (Gipuzkoa)
10.727
Afiliación media a la Seguridad Social sector transporte y almacenamiento mes de junio de 2022 –  Régimen Autónomos (Gipuzkoa)
3.269
IPC 2023
 CAV
 Gipuzkoa Estado
3,1% 3,3% 3,1%

Un conductor titular de una tarjeta de tacógrafo inteligente de primera generación, ¿puede tramitar una tarjeta de tacógrafo inteligente de segunda generación?

Sí. De acuerdo con la información facilitada desde la oficina de Tacógrafo de la DFG, deberá solicitar un duplicado de tarjeta por pérdida, teniendo presente que la tarjeta de tacógrafo inteligente V2 (de segunda generación) mantendrá el período de vigencia o validez de la anterior.

Nuevo servicio de telefonía personalizada a través de BakQ


El Departamento de Hacienda y Finanzas ha puesto a disposición de la ciudadanía un nuevo servicio de identificación telefónica ágil y sencillo a través del certificado electrónico BakQ. Una vez realizada dicha identificación mediante dos simples pasos, cualquier persona física podrá obtener del Departamento información telefónica confidencial sobre ella o sobre sus representadas, lo que a buen seguro permitirá atender la llamada con mayor eficacia. Así, por ejemplo, se podrá informar sobre el contenido de las declaraciones presentadas, declaraciones pendientes, requerimientos, notificaciones, devoluciones, deudas, fraccionamientos, certificados, datos personales y de contacto, censo de actividades económicas, censo de representantes, etcétera. A este catálogo de servicios, se irán añadiendo paulatinamente otros nuevos a medida que se vayan implementado.

LAGUNAK – Formación

Gracias al acuerdo firmado con la Autoescuela Lagunak en enero de 2006, el Departamento de Formación de GUITRANS organiza conjuntamente todos los meses al menos 1 curso CAP (formación continua de 35 horas), 1 cada dos meses para la obtención del certificado ADR básico, 1 cada dos meses para la obtención del certificado ADR cisternas y también 1 cada dos meses para la renovación del certificado ADR (tanto básico como cisternas), entre otros. Igualmente, se organizan cursos de tacógrafo digital (1 cada dos meses). Puede acceder al calendario de formación organizado entre GUITRANS y Lagunak para los meses de enero-julio de 2017 en el siguiente enlace.

Lagunak, referente experto en la obtención de los diversos permisos de conducción y perteneciente a ECT (Escuela de Conducción y Transporte), ofrece a los asociados de GUITRANS y a sus familiares en primer grado una reducción del 15% en todos los permisos y CAP inicial. Además, Autoescuela Zurriola es uno de los centros homologados y autorizados para la impartición de los cursos para la obtención del CAP, tanto en su vertiente inicial como en la continua.

Más información:

Departamento de Formación de GUITRANS (Víctor González): 943-316707, ext. 2, fortrans@guitrans.eus
Lagunak.

Precio medio gasóleo MAYO 2024: Calculadora con las fórmulas de actualización OBLIGATORIA del precio de transporte

Post fijado

En el mes de MAYO de 2024, el precio medio del gasóleo de automoción, publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 10/06/2024, ha sido de 1,5010 euros/litro (IVA incluido), un 26,80% más que en marzo de 2021.

Fórmulas de actualización

Desde el 1 de julio de 2023 se aplican los siguientes coeficientes: 

  • en los vehículos de más de 20 toneladas se multiplica por el coeficiente 0,3,
  • en los vehículos entre 3,5 y 20 Tn se multiplica por 0,2
  • y en los vehículos hasta 3,5 Tn por 0,1.

En el siguiente enlace puede acceder a la evolución mensual en el precio del gasóleo desde marzo de 2021 hasta diciembre de 2023. Puede calcular igualmente, en función de las fórmulas que se detallan a continuación, las cantidades a incrementar en factura en función del incremento experimentado por el precio del gasóleo.

FÓRMULAS DE ACTUALIZACION AUTOMATICA OBLIGATORIA DE PRECIOS EN FUNCION DE LOS INCREMENTOS EN EL PRECIO DE LOS CARBURANTES (Pulsar aquí)

Cuando el precio del gasóleo aumente entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte, el precio del transporte se incrementará con las siguientes fórmulas:

Vehículos con MMA >=20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,3/100

Vehículos con MMA >3,5 Tn y < 20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos de obras con MMA >3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos con MMA <=3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,1/100

(El 30 de junio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto-Ley 20/22, publicado en el BOE de 28/12/2022 dejaron de aplicarse los coeficientes anteriores, volviendo a aplicarse los establecidos en la Orden FOM 2184/2008).

Condiciones de aplicación de la cláusula de revisión tras la entrada en vigor el 02/03/2022 del Real Decreto-Ley 3/2022 (BOE, 02/03/2022) y RDL 11/2022 (BOE, 26/06/2022)

  • Cuando el precio varíe un 5% (salvo que por escrito se estableciera un umbral menor) se aplicarán las fórmulas establecidas por MITMA para repercutirlo en el precio de transporte.
  • Deberá reflejarse en la factura de manera desglosada, salvo que el contrato recoja otra forma de reflejar el ajuste.
  • En contratos de transporte continuado se aplicarán de forma automática trimestralmente, salvo que se pacte una periodicidad menor.
  • No cabe pacto en contra.
  • Las empresas con contratos de transporte continuado que el 02/03/2022 tengan contratos que tuvieran otra fórmula de actualización o periodicidad de lo dispuesto en la misma, tendrán 6 meses para adaptarlos.
  • Los contratos de transporte continuado que no cuenten con este tipo de formula y que estén vigentes  el 02/03/2022 será obligatorio revisar el precio del transporte por la variación del precio del combustible en los transportes posteriores (disposición transitoria primera).
  • Los contratos de transporte que utilicen combustibles alternativos podrán utilizar las fórmulas cuando se aprueben sus fórmulas específicas.
  • El RDL 11/2022 prevé una medida temporal extraordinaria para aquellos servicios de un único envío, de ejecución inmediata, en los que deberá reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte. Para determinar el coste del combustible se tomará como referencia el precio medio semanal del gasóleo de automoción con impuestos que se recoja en el Oil Bulletin de la UE para España. Esta obligación sólo será aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.

Índice de variación los precios del gasóleo en España

Índice de variación los precios del gasóleo según el Oil Bulletin para España

NORMATIVA REGULADORA:

  • Orden FOM/2184/2008, de 23 de julio por la que se establecen las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Cláusula actualización precios. BOE (25/07/08).
  • Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías. BOE (12/11/09).
  • Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras. BOE, 02/03/2022.
  • Real Decreto-ley 11/2022, de  25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

Notas de prensa

Notas de prensa de GUITRANS (2022-2023-2024)

Notas de prensa de Fundación GUITRANS Fundazioa (2021-2022-2023-2024)

Los transportistas beneficiarios de la ayuda al abandono en la actividad del Ministerio de Transportes, ¿deben consignar algún tipo de certificado en el modelo 347, declaración anual con terceras personas?

El Modelo 347, Declaración Informativa. Declaración anual de operaciones con terceras personas, no requiere ningún certificado, el beneficiario solo debe indicar el NIF de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio (S2800113I) e indicar el importe subvencionado.

ALEMANIA: los vehículos de más de 3,5 Tn también pagarán peaje por el uso de las autopistas


El próximo 1 de julio se introducirá la obligación de pago del peaje para los vehículos con una masa máxima técnicamente admisible (MMTA) superior a 3,5 toneladas. La obligación de pago del peaje solo se aplica para vehículos que estén destinados al transporte de mercancías profesionales o que se utilizan para esta finalidad. Los vehículos combinados solo estarán sujetos al pago de peaje si la MMTA del vehículo remolcador es superior a 3,5 toneladas.

Estructura de tarifas de peajes para camiones en Alemania (Del 1 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2025) en céntimos/km *


Según el artículo 2 de la “Tercera Ley que Modifica el Reglamento de Peajes” (Boletín Oficial de la Federación Parte I nº 315 de 24 de noviembre de 2023).
**Por razones de claridad, la tabla no cubre todas las combinaciones imaginables de parámetros del vehículo, pero cubre la mayoría de los vehículos que ocurren en la práctica.
*** Los vehículos de la clase de emisiones de CO2 EK 5 (vehículos de cero emisiones) están exentos del peaje para camiones hasta el 31 de diciembre de 2025.

Preguntas frecuentes sobre la obligación de pago de peaje para vehículos con más de 3,5 toneladas.

ÚLTIMAS PLAZAS: curso subvencionado en conducción económica y segura el próximo 6 de julio

El sábado 6 de julio se impartirá en las instalaciones del Centro Integral de Transporte de Astigarraga un curso de conducción eficiente organizado por ASTIC, impartido por Profieco y subvencionado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y abierto a los asociados de GUITRANS. Esta formación tendrá una duración de 8 horas (de 8:00 a 16:00 horas) y estará impartida por formadores profesionales especializados en conducción eficiente con una amplia experiencia docente. Para la realización del curso se utiliza un vehículo IVECO ASNP460CV, con cabina homologada para 7 plazas y equipado con lector de bandas, telemática, ACC y un caudalímetro homologado para registro de los consumos.

Destinatarios:
El curso está diseñado para profesionales del sector del transporte que deseen obtener conocimientos prácticos para llevar a cabo una conducción eficiente con la finalidad de rebajar el consumo de combustible de su vehículo.

Objetivos:
.- Lograr un ahorro sustancial del consumo de carburante, para reducir las emisiones de CO2 y de esta manera fomentar el correcto cumplimiento de los acuerdos internacionales y los compromisos adquiridos por nuestro país en materia de conservación del medio ambiente, así como mejorar la eficacia, con los consiguientes ahorros económicos en combustible e incrementar la seguridad en la conducción.
.- Al finalizar el curso el participante obtendrá un ahorro medio de combustible del 15%.

Contenidos:

MÓDULO 1: Nuevas tecnologías en el transporte
— Puesto de conducción: reglaje asientos, espejos y volante. mandos del vehículo
— Cambio tipmatic
— ACC
— LGS
— CDC
— Uso de Adblue
— Telemática
— Sensomet
— Freno de motor
— Retarder, intarder, pritarder

MÓDULO 2: Conducción estilo convencional
— Con recogida de datos vía telemática (módulo práctico realizado en vehículos lastrados.

MÓDULO 3: conducción eficiente
— La actitud del conductor
— Control y conducción del vehículo
— Respuesta ante diferentes situaciones de tráfico

MÓDULO 4: análisis de los resultados de la primera conducción

MÓDULO 5: conducción económica
— Con recogida de datos vía telemática (módulo práctico realizado con vehículos lastrados)

MÓDULO 6: análisis de los resultados obtenidos y comparación de las conducciones (primera conducción con segunda)

Si está interesado en recibir esta formación, deberá inscribirse, bien llamando al teléfono 943-316707, ext. 6 (Iñaki Cepeda), bien enviando un correo electrónico a info@fundacionguitrans.org donde se le informará de la documentación necesaria para formalizar la inscripción. La reserva de plaza se realizará por estricto orden de inscripción.

Kit Digital: ayuda de 1.000 euros para microempresas y autónomos para la compra de ordenadores de sobremesa o portátiles nuevos

Post fijado

En el BOE del 11 de mayo se publicó la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021 reguladora del Programa Kit Digital . Esta modificación amplía la cuantía del bono para las empresas del segmento III (empresas entre 0 y menos de 3 empleados) e incluye la categoría de Puesto de Trabajo Seguro que incorpora hardware. A continuación se resumen las modificaciones:

1.000 euros más de ayuda para el segmento de microempresas y autónomos/as
Hasta ahora, la cuantía de la ayuda era de 2.000 euros y pasa a ser de 3.000 euros. Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital.

Nueva solución: Puesto de  Trabajo Seguro
Con esta modificación de la Orden de Bases, se actualiza también el Catálogo de Soluciones de Digitalización para este segmento III y se crea la solución «Puesto de trabajo seguro» que incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, que deberán cumplir unos requisitos mínimos en cuanto a almacenamiento, procesador, memoria RAM, sistema operativo, entre otros requisitos que recoge al completo la Orden de Bases y que además se pueden consultar en la web www.acelerapyme.es.
Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las que resulten beneficiarias de la ayuda de este segmento por primera vez, ya disponiendo de los 3.000 euros, y que quieran implantar la solución de Puesto de Trabajo Seguro, deberán combinarla con otra solución adicional de las que incluye el Catálogo.

Las medianas empresas, nuevas beneficiarias del programa
En esta modificación se incluyen además las medianas empresas como nuevas beneficiarias de la ayuda de Kit Digital y se establecen dos nuevos segmentos en función del número de empleados. Por una parte, el segmento IV, que estará formado por empresas de entre 50 y menos de 100 empleados cuya cuantía de la ayuda será de 25.000 euros y, por otra parte, el segmento V compuesto por empresas de entre 100 y menos de 250 empleados para los que el bono digital será de 29.000 euros.
La solicitud para medianas empresas se podrá realizar una vez se publique la convocatoria correspondiente y posteriormente, se abra el formulario de solicitud. Está previsto que sea en el último trimestre del año 2024.

En el siguiente enlace puede acceder a los importes máximos de ayuda por categoría de soluciones de digitalización y segmento.

Fundación GUITRANS Fundazioa tiene suscrito un convenio de colaboración con la empresa ProfiECO, perteneciente al grupo IFT (Instituto de Formación Logística y Transporte), para la digitalización de las empresas asociadas en GUITRANS, con unas condiciones especiales. Los asociados que han tramitado a través de ProfiECO la ayuda del KIT DIGITAL para la implantación del documento de control y/o CMR electrónico podrán asimismo acogerse a esta ayuda, siendo el agente digital ProfiECO quien gestione la solicitud como en las anteriores.