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C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

SOLRED – Gasoil –

CONDICIONES DEL ACUERDO CON FITRANS
FITRANS, Federación de la que forma parte GUITRANS, tiene suscrito un acuerdo con SOLRED para mejorar sustancialmente las condiciones de la tarjeta SOLRED para las empresas asociadas. Según el acuerdo, los socios de GUITRANS cuentan en las estaciones de servicio del listado, con los precios finales que se indican, después de aplicar el descuento (de hasta 22 céntimos (*) en algunas estaciones de servicio) sobre el precio profesional, que habitualmente es menor que el precio poste, por lo que el descuento es aún mayor.
  • Listado con el precio final en las estaciones con 22 céntimos (*)  de descuento incluidas en el acuerdo. Ver listado.
    El listado varía semanalmente, en función del precio profesional. Cada vez que hay un cambio se remitirá información con el mismo por correo electrónico. La búsqueda se realiza por provincia.

(*) Nuevo descuento a partir del 01/02/2025.

Cómo descargarte la aplicación Waylet para el pago de repostajes en estaciones de servicio de Repsol
En el siguiente enlace puede acceder a sendos vídeos explicativos para vincular sus tarjetas SOLRED a Waylet (primero deberá descargar la app Waylet y, a continuación, seguir los que en esos vídeos se indican en función del número de tarjetas dadas de alta).

PROMOCIÓN RED APARCAMIENTOS SEGUROS.
Por utilizar los parkings seguros y pagar con tarjeta SOLRED, la estancia será GRATUITA en todos los parkings seguros, salvo en el de la Junquera donde el descuento será del 50% por pertenecer a FITRANS.

Más información: Departamento de Tarjetas (Enara Urdanpilleta): 943-316707, ext. 3.

Corte total de la calzada en sentido Irun-Madrid de la Autovía A-1, en Araba, durante cinco noches

Según fuentes de la Dirección Territorial de Tráfico de Araba,  los próximos 19, 20, 21, 26 y 27 de febrero, en horario nocturno de 22:30 a 5:30 se procederá al corte total de la calzada Irun-Madrid de la Autovía A-1 entre el enlace de la Puebla de Arganzón en el Condado de Treviño (Burgos) (salida 334) y el enlace de Armiñón (Araba) (salida 329) para la colocación de pórticos de señalización sobre la entrada sentido Madrid.

Se procederá a desviar el tráfico por la carretera CL-127, hasta el enlace de esta carretera con la antigua N-I, por donde se dirigirá el tráfico hasta el enlace de Armiñón, donde los vehículos retomarán su ruta a través del ramal que corresponda (fundamentalmente AP-1 sentido Burgos/Madrid y A-1 sentido Miranda de Ebro y Logroño (N-124)).
La salida hacia Madrid del enlace de La Puebla de Arganzón también se cortará al tráfico, por lo que el tráfico que desde la CL-127 se quiera dirigir sentido Madrid deberá utilizar el itinerario alternativo a través de la antigua N-I.

GUITRANS denuncia, una vez más, graves pérdidas económicas para el sector del transporte por los retrasos en los trámites de Tráfico

Post fijado

GUITRANS desgrana en la siguiente nota de prensa los problemas que están generando en las empresas de transporte los retrasos continuados en las tramitaciones con Tráfico. La situación es insostenible y provoca además de impotencia grandes pérdidas económicas en un tema tan ligado a la actividad que la Asociación no puede admitir la falta de respuesta. GUITRANS exige a los responsables de la Dirección General de Tráfico que analicen el tema en profundidad y pongan los medios necesarios con carácter de urgencia para que los trámites se realicen en un tiempo razonable.

Nota de prensa (14/02/2025).

Notas de prensa

Notas de prensa de GUITRANS (2022-2023-2024-2025)

Notas de prensa de Fundación GUITRANS Fundazioa (2021-2022-2023-2024)

Precio medio gasóleo ENERO 2025: Calculadora con las fórmulas de actualización OBLIGATORIA del precio de transporte

Post fijado

En el mes de ENERO de 2025, el precio medio del gasóleo de automoción, publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 13/02/2025, ha sido de 1,4871 euros/litro (IVA incluido), un 25,62% más que en marzo de 2021. En el siguiente enlace puede acceder al informe completo en formato pdf.

Fórmulas de actualización

Desde el 1 de julio de 2023 se aplican los siguientes coeficientes: 

  • en los vehículos de más de 20 toneladas se multiplica por el coeficiente 0,3,
  • en los vehículos entre 3,5 y 20 Tn se multiplica por 0,2
  • y en los vehículos hasta 3,5 Tn por 0,1.

En el siguiente enlace puede acceder a la evolución mensual en el precio del gasóleo desde marzo de 2021 hasta el mes de enero de 2025. Puede calcular igualmente, en función de las fórmulas que se detallan a continuación, las cantidades a incrementar en factura en función del incremento experimentado por el precio del gasóleo.

FÓRMULAS DE ACTUALIZACION AUTOMATICA OBLIGATORIA DE PRECIOS EN FUNCION DE LOS INCREMENTOS EN EL PRECIO DE LOS CARBURANTES (Pulsar aquí)

Cuando el precio del gasóleo aumente entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte, el precio del transporte se incrementará con las siguientes fórmulas:

Vehículos con MMA >=20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,3/100

Vehículos con MMA >3,5 Tn y < 20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos de obras con MMA >3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos con MMA <=3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,1/100

(El 30 de junio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto-Ley 20/22, publicado en el BOE de 28/12/2022 dejaron de aplicarse los coeficientes anteriores, volviendo a aplicarse los establecidos en la Orden FOM 2184/2008).

Condiciones de aplicación de la cláusula de revisión tras la entrada en vigor el 02/03/2022 del Real Decreto-Ley 3/2022 (BOE, 02/03/2022) y RDL 11/2022 (BOE, 26/06/2022)

  • Cuando el precio varíe un 5% (salvo que por escrito se estableciera un umbral menor) se aplicarán las fórmulas establecidas por MITMA para repercutirlo en el precio de transporte.
  • Deberá reflejarse en la factura de manera desglosada, salvo que el contrato recoja otra forma de reflejar el ajuste.
  • En contratos de transporte continuado se aplicarán de forma automática trimestralmente, salvo que se pacte una periodicidad menor.
  • No cabe pacto en contra.
  • Las empresas con contratos de transporte continuado que el 02/03/2022 tengan contratos que tuvieran otra fórmula de actualización o periodicidad de lo dispuesto en la misma, tendrán 6 meses para adaptarlos.
  • Los contratos de transporte continuado que no cuenten con este tipo de formula y que estén vigentes  el 02/03/2022 será obligatorio revisar el precio del transporte por la variación del precio del combustible en los transportes posteriores (disposición transitoria primera).
  • Los contratos de transporte que utilicen combustibles alternativos podrán utilizar las fórmulas cuando se aprueben sus fórmulas específicas.
  • El RDL 11/2022 prevé una medida temporal extraordinaria para aquellos servicios de un único envío, de ejecución inmediata, en los que deberá reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte. Para determinar el coste del combustible se tomará como referencia el precio medio semanal del gasóleo de automoción con impuestos que se recoja en el Oil Bulletin de la UE para España. Esta obligación sólo será aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.

Índice de variación los precios del gasóleo en España

Índice de variación los precios del gasóleo según el Oil Bulletin para España

NORMATIVA REGULADORA:

  • Orden FOM/2184/2008, de 23 de julio por la que se establecen las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Cláusula actualización precios. BOE (25/07/08).
  • Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías. BOE (12/11/09).
  • Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras. BOE, 02/03/2022.
  • Real Decreto-ley 11/2022, de  25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

Indicadores económicos

En el mes de FEBRERO de 2025 con datos publicados por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y actualizados con fecha 01/02/2025, hay en Gipuzkoa 1.181 empresas de transporte de servicio público menos que en enero de 2008. En el Estado, 27.320 empresas menos.

En cuanto a la tasa de paro, en el cuarto trimestre de 2024 esta se sitúa en Gipuzkoa en el 4,67%, la más baja de todo el Estado, en Euskadi en el 8,17% y en el Estado en el 10,61% según datos de la Encuesta de Población Activa del INE publicada el 28 de enero de 2025.

Precio medio gasóleo ENERO 2025
1,4871 euros/litro
Tipo impositivo del TEG (Tipo Especial General)
0,307 euros/l.
Tipo impositivo del TEE (Tipo Especial Estatal) a partir del 01/01/2019
 0,072 euros/l.
Devolución gasóleo profesional desde el 01/01/2019
 49 euros/1.000 l.
Nº de empresas de transporte en Gipuzkoa  – SP
1.735
Nº de autorizaciones MDP en Gipuzkoa  – SP
5.904
Nº de autorizaciones MDL en Gipuzkoa – SP
974
Diferencia nº de empresas de transporte de servicio público desde el 01/01/2008 Gipuzkoa
 -1.181
Diferencia nº de empresas de transporte de servicio público desde el 01/01/2008 Estado
– 27.320
Tasa de paro EPA  4º trimestre de 2024 – Gipuzkoa
4,67%
Tasa de paro EPA  4º trimestre de 2024 – Estado
 10,61%
Afiliación media a la Seguridad Social sector transporte y almacenamiento mes de junio 2022 –  Régimen General (Gipuzkoa)
10.727
Afiliación media a la Seguridad Social sector transporte y almacenamiento mes de junio de 2022 –  Régimen Autónomos (Gipuzkoa)
3.269
IPC 2024
 CAV
 Gipuzkoa Estado
3,6% 3,7% 2,8%

Activados nuevos radares en la A-15

De acuerdo con la Resolución publicada en el BOPV de 10 de febrero se han activado cuatro nuevos radares provisionales en esta vía, concretamente a la entrada y salida de los túneles de Oindolar, en el término municipal de Villabona, y de Gorosmendi, en Berastegi. Aunque los cinemómetros llevaban instalados desde septiembre, cuando empezaron las obras en ambos tramos, ha sido esta semana cuando la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco ha autorizado su activación una vez publicada la Resolución en el BOPV. Esta medida es temporal y se mantendrá durante la ejecución de las obras mencionadas.

Vía-pk-Sentido

  • A-15 -143,305 -San Sebastián
  • A-15 -143,968 -Pamplona
  • A-15 -151,562 -San Sebastián
  • A-15 -152,024 -Pamplona.

NAVARRA: ayudas para iniciarse en la actividad como autónomo

En el BON del pasado 3 de febrero se publicó la Resolución 5605E/2024 que aprueba esta convocatoria de ayudas que tiene como objetivo incentivar y facilitar que personas desempleadas comiencen una actividad económica, empresarial o profesional como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, y que mantengan dicha actividad durante al menos 18 meses.

El importe de la subvención que se concede oscila entre los 2.000 y los 4.500 euros, según el colectivo beneficiario (carácter general, personas jóvenes menores de 30 años, mayores de 45 años, desempleadas de larga duración, mujeres, personas con discapacidad, perceptoras de RIS o mujeres víctimas de violencia de género), y se concede una ayuda adicional de 1.000 euros si la persona trabajadora autónoma desarrolla su actividad en una localidad de Navarra de menos de 5.000 habitantes. 5605E/2024, de 16 de diciembre, la directora gerente del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para promoción de empleo autónomo para 2025.

Requisitos de las personas beneficiarias.

a) Tener domicilio fiscal en la Comunidad Foral.

b) Estar en desempleo y con inscripción de demanda de empleo en situación de alta, en el Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare u otro servicio público de empleo autonómico, en la fecha de inicio de la actividad.

c) Estar en situación de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas del municipio de Navarra donde vaya a desarrollar la actividad económica.

d) Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio Profesional. A efectos de esta convocatoria, se considerará como fecha de alta la «Fecha de inicio de actividad» establecida en la vida laboral de la persona interesada.

Exclusiones.

Quedarán excluidas las personas que:

a) Hayan sido beneficiarias de la subvención a la promoción del empleo autónomo del SNE-NL en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad. A estos efectos, se tendrá en cuenta la fecha de la resolución de concesión de la subvención.

b) Quienes hayan desarrollado como persona trabajadora autónoma por cuenta propia, a título principal, la misma o similar actividad en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad. A estos efectos, se entenderá por misma o similar actividad la coincidencia al nivel de tres dígitos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

c) Las personas socias de sociedades mercantiles y quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejo o administración para una sociedad mercantil que ejerza la actividad subvencionada o similar; personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas y sociedades laborales, aunque estén integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social; personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.

A estos efectos, se entenderá por misma o similar actividad la coincidencia al nivel de tres dígitos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

d) Personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.

e) Quienes se den de alta en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia.

Las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia podrán ser beneficiarias de las ayudas cuando formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica, siempre que las soliciten a título personal. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud de subvención.

 Cuantías.

La cuantía de esta subvención tiene en cuenta la especial dificultad para el acceso al mercado de trabajo de la persona solicitante, de acuerdo con la siguiente escala:

a) Con carácter general: 2.000 euros.

b) Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros.

c) Personas de 45 años o más: 2.200 euros.

d) Personas desempleadas de larga duración: 2.200 euros.

e) Mujeres: 2.500 euros.

f) Personas con discapacidad: 3.000 euros.

g) Personas perceptoras de la Renta de Inclusión Social o análoga prestación: 3.000 euros.

h) Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros.

Si una persona beneficiaria se encontrara en más de uno de los colectivos señalados, se le concederá la subvención de mayor importe.

Se concederá una ayuda adicional de 1.000 euros a quienes emprenden una actividad en una localidad navarra situada en una zona rural y en cuyo padrón actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes.

Plazo de presentación.

Sólo se subvencionarán las altas en el RETA/Mutualidad posteriores a 1 de enero de 2025.

El plazo para la solicitud de estas ayudas se abre el 4 de febrero, y las personas que se hayan dado de alta como autónomas desde el pasado 2 de enero hasta el 3 de febrero tendrán plazo para solicitarlas hasta el 3 de marzo de 2025 incluido.

Las solicitudes se presentarán preferentemente de manera telemática a través de la ficha correspondiente del catálogo de trámites Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es (en adelante, «la ficha de las ayudas«).