Para realizar transportes de cabotaje y de comercio
cruzado es necesario notificar previamente al
conductor al sistema IMI y emitir una declaración de
desplazamiento.
Un conductor empleado en una empresa de un país no
perteneciente a la UE no está sujeto a las disposiciones
sobre desplazamiento, únicamente cuando realiza un
transporte en tránsito.
Para realizar un transporte bilateral es necesario
informar al conductor al sistema polaco (en formato
electrónico) y emitir una declaración (en formato
papel).
A más tardar el día del envío, el transportista deberá
presentar la declaración de envío en un formulario
PDF interactivo y enviarla online a través del portalBiznes.gov.pl. La solicitud debe firmarse con una firma
cualificada, un perfil de confianza o una identificación
electrónica.
La notificación de publicación del conductor contiene
al menos la siguiente información:
nombre y dirección del transportista por carretera de un tercer país que envía al conductor al territorio de Polonia;
el número del permiso correspondiente requerido para el transporte internacional por carretera;
nombre y apellido de la persona designada para los contactos con las autoridades y autorizada para representar al operador de transporte por carretera de un tercer país que desplace al conductor al territorio de Polonia;
nombre, dirección y número de permiso de conducir del conductor;
fechas previstas de inicio y finalización del envío de un conductor de un tercer país a Polonia;
la fecha de inicio del contrato de trabajo del conductor;
el número de matrícula del vehículo de motor utilizado para el transporte publicado;
ya sea que los servicios de transporte prestados sean transporte de mercancías, transporte de pasajeros, transporte internacional o cabotaje.
Documentación
Un operador de transporte por carretera de un tercer país que desplace a un conductor al territorio de Polonia debe asegurarse de que el conductor tenga a su disposición los siguientes documentos en el momento del desplazamiento:
confirmación en papel del envío de un conductor al territorio de la República de Polonia desde un tercer país;
prueba del transporte por carretera, en particular en forma de carta de porte, el permiso correspondiente necesario para el transporte internacional por carretera o el formulario de conducción en base al cual se realiza el transporte;
registros de tacógrafo.
El conductor deberá tener estos documentos en el vehículo y presentarlos en el control en carretera cuando sea necesario.