Continuar al contenido principal
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Nuevas señales verticales en las carreteras, entre ellas las indicativas a zonas de estacionamiento seguro


El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado la Orden Circular OC 02/2024, sobre incorporaciones en señalización vertical, con el objeto de añadir nuevos pictogramas y señales a la normativa existente. La orden incluye preceptos de la Ley 7/2022, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética; del Real Decreto 1428/2003, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación o del Reglamento (UE) 2023/1804 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.

Algunos de los nuevos pictogramas y señales que se incorporan son aquellos representativos de:

  • Estaciones de recarga eléctrica dentro y fuera de estaciones de servicio.
  • Venta de billetes para la Operación Paso del Estrecho (OPE).
  • Zonas de descanso y zonas de estacionamiento seguro y protegido.
  • Delimitación de las demarcaciones hidrográficas.
  • Inicio y fin de la Red de Carreteras del Estado incluyendo la nueva imagen corporativa de la Red.

Con objeto de simplificar la información en el cartel y dar así cumplimiento a lo establecido en la norma 8.1.-I.C. se diseñan pictogramas específicos para indicar la existencia de aparcamientos para camiones, con o sin vigilancia, acorde a lo especificado en la normativa europea vigente en materia de nivel de servicio y la seguridad de las zonas de áreas de descanso y de estacionamiento seguras y protegidas.

Los nuevos camiones matriculados a partir de julio de 2024 deben incorporar funciones de seguridad avanzadas

El Reglamento (UE) 2019/2144 aprobó que a partir de julio de 2024, todos los camiones nuevos vendidos en la UE deben cumplir con el Reglamento general de seguridad (RGS). El reglamento exige una serie de funciones de seguridad avanzadas obligatorias que deben incorporar las nuevas homologaciones de vehículos.

Las funciones de seguridad activa se centran en gran medida en mantener a los conductores atentos y alerta. Algunos de ellos ya están instalados de alguna forma en muchos camiones actuales.

Funciones de seguridad

Se necesitan un total de 11 funciones de seguridad activa. Ocho de ellas serán obligatorias en los camiones nuevos a partir de julio de 2024. Las otras tres serán obligatorias en 2026 y 2029.

  1.  Señal de parada de emergencia: una luz de frenado intermitente (o similar) que indica a otros usuarios de la carretera que vayan detrás del camión que el camión está reduciendo la velocidad rápidamente o frenando con fuerza.
  2. Información de marcha atrás: tecnología, como cámaras o sensores, que permita ofrecer al conductor una visión general de los objetos y las personas que hay detrás del camión.
  3. Sistema de control de la presión de los neumáticos: un sistema que controla la presión de los neumáticos e informa al conductor de la pérdida de presión de los neumáticos en tiempo real.
  4. Asistencia inteligente de velocidad: un sistema que controla activamente la velocidad y alerta al conductor si está superando el límite de velocidad, para animarlo a reducir la velocidad.
  5. Sistema de información de puntos ciegos: un sistema que advierte al conductor de ciclistas que circulan al lado o que cruzan por delante.
  6. Sistema de información antes de iniciar el movimiento: un sistema que avisa al conductor si hay usuarios vulnerables de la carretera delante del vehículo antes de iniciar la marcha o cuando se desplaza lentamente.
  7. Agilización de la instalación de un sistema de bloqueo en caso de consumo de alcohol: el cambio de regla exige una interfaz estandarizada para sistemas de bloqueo en caso de consumo de alcohol (alcoholímetros) en vehículos.
  8. Detección de somnolencia y atención: sistemas de seguridad para evaluar el estado de alerta del conductor que, por ejemplo, controlan cuánto tiempo lleva conduciendo alguien y advierten al conductor de que debe realizar un descanso cuando sea necesario.
  9. Reconocimiento y prevención de distracciones: un sistema de advertencia de seguridad capaz de reconocer el nivel de atención que está prestando un conductor a una situación y advertir al conductor, si es necesario. Está programado para implementarse en una fase posterior en 2026.
  10. Mejora de la visión directa desde el puesto del conductor: requisitos específicos para mejorar la «visión directa» (lo que los conductores pueden ver directamente a través de las ventanas de su vehículo) y eliminar los puntos ciegos. Los nuevos estándares tienen como objetivo permitir que los conductores vean a los ciclistas y peatones de forma más rápida y fácil. Está programado para implementarse en una fase posterior en 2029.
  11. Dispositivo de registro de datos de eventos (accidentes): un dispositivo de registro de datos de accidentes tipo «caja negra». Está programado para implementarse en una fase posterior en 2029.

 

¿Cuál es el ahorro aproximado en el consumo de combustible con una conducción eficiente del vehículo?

Desde la empresa colaboradora Profieco-IFT, especializada en formación específica orientada al sector del transporte, aseguran que modificando ciertos patrones en estilo de conducción se puede llegar a conseguir un ahorro en el combustible del 15%. De hecho, este próximo sábado 8 conductores profesionales así lo podrán comprobar en la formación que recibirán en el Centro de Transportes de Astigarraga.

Ampliación de 50 millones a las CCAA para el programa de ayudas para la transformación de flotas de transporte

En el BOE de 27/06/2024 se ha publicado el Real Decreto-ley 4/2024 que prorroga algunas de las medidas aprobadas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo.

Entre ellas, en el título IV se amplía en 50 millones de euros el presupuesto del programa de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera. Son las ayudas para compra de eléctricos y para achatarramiento de vehículos que finalizó el 30/04/2024. Solo afectará a aquellos expedientes que se presentaron antes del 30/04/2024 y fueron desestimados por falta de fondos. Para ello las CCAA tendrán que justificar que el importe total comprometido a fecha 30 de abril de 2024 sea superior al presupuesto total previamente asignado a la comunidad o ciudad autónoma.

La modificación de la normativa de pesos máximos y dimensiones no conllevará ninguna elusión de responsabilidad por parte de las aseguradoras

La futura entrada en vigor de la modificación de la Orden que regula los pesos máximos y dimensiones (actualmente en tramitación), podrá aplicarse sin necesidad de modificar la tarjeta ITV de los vehículos hasta que le corresponda pasar la correspondiente inspección periódica prevista.

En escrito remitido por parte de UNESPA, Unión Española de Entidades Aseguradoras, en respuesta a consulta del CNTC aclara que aunque el cambio no esté reflejado en la tarjeta ITV no cabría posibilidad de que la aseguradora eludiera su responsabilidad por imprecisión en los datos, ya que la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor no recoge esta exclusión. En el caso de un siniestro, el seguro obligatorio del vehículo atendería los daños materiales y personales causados a terceros, en los términos establecidos legalmente aunque la tarjeta ITV no esté modificada.

Puntualización sobre la obligación de informar sobre las emisiones de CO2 en Francia

En el boletín del pasado 20/07/2024 (ver noticia)  informábamos de que Francia empezará a sancionar la no comunicación de emisiones de CO2. Pnntualizar que la obligación de informar al cliente sobre las emisiones vertidas afecta solo al transporte cuyo origen y destino se encuentra en Francia, es decir al cabotaje. El tránsito y el transporte internacional están exentos actualmente.

Gases efecto invernadero.

Aclaración: Una empresa que subcontrata una carga de residuos ¿qué tipo de IVA aplica en la factura a su cliente? ¿y el transportista subcontratado?

La empresa de transporte subcontratada, la que realiza el transporte efectivo, factura a la empresa intermediaria que le contrata con un IVA al 10% y la empresa intermediaria, la contratante del segundo transportista, factura al cliente final con un IVA del 10%.

En el caso de que el transportista subcontratado facture directamente al cliente (IVA al 10%), el intermediario que subcontrata emitiría una factura al subcontratado por la comisión, esa factura sí iría al 21%.

Composición de la XIII legislatura del Gobierno Vasco

Son quince los Consejeros y consejeras que conforman el nuevo Gobierno Vasco.

  • Lehendakaritza: Imanol Pradales Gil
  • Vicepresidente Primera: Ibone Bengoetxea Otaolea, Consejera de Cultura y Política Lingüística
  • Vicepresidente segundo: Miguel Torres Lorenzo, Consejero de Economía, Trabajo y Empleo
  • Consejero de Hacienda y Finanzas: Noël d’Anjou Olaizola
  • Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno: María Ubarretxena Cid, Portavoz
  • Consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad: Mikel Jauregi Letemendia
  • Consejero de Seguridad: Bingen Zupiria Gorostidi
  • Consejera de Educación: María Begoña Pedrosa Lobato
  • Consejero de Vivienda y Agenda Urbana. Denis Itxaso González
  • Consejero de Salud: Alberto Martínez Ruiz
  • Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico. Nerea Melgosa Vega
  • Consejera de Movilidad Sostenible: Susana García Chueca
  • Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación.: Juan Ignacio Pérez Iglesias
  • Consejero de Turismo, Comercio y Consumo: Javier Hurtado Domínguez
  • Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca. Amaya Barredo Martín
  • Consejera de Justicia y Derechos Humanos: María Jesús Carmen San José López

 

CAV: ayudas a la Economía Social

El Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco convoca ayudas por valor de 2,1 millones de euros dirigidas a la Economía Social, en concreto para la incorporación de personas socias a empresas de este ámbito, formación y asistencia técnica.

La primera de ellas busca promover la incorporación en empresas de economía social, básicamente cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, de personas que pasen a ser socias trabajadoras. Dotada con 695.000 euros, 195.000 más que en la anterior convocatoria, está dirigida a cuatro colectivos: personas desempleadas, personas trabajadoras no socias con contrato laboral por cuenta ajena en una empresa de economía social que pasen a ser socias trabajadoras; personas discapacitadas; y titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales y mixtas que se incorporen a sociedades de economía social como socias.

Además, se van a destinar 970.000 euros, 150.000 más que en 2023, para la formación en Economía Social. Podrán ser actividades formativas sobre el cooperativismo o las sociedades laborales en el ámbito (pre)universitario y/o societario, en el universitario y en el de la formación profesional, así como actividades divulgativas o de investigación. En 2022 se concedieron 27 subvenciones a diferentes entidades solicitantes para este fin.

La tercera de las convocatorias es la de ayudas para la asistencia técnica en las empresas de Economía Social y está dotada con 440.000 euros. En concreto, las ayudas irán dirigidas a financiar las siguientes actividades: la elaboración e implantación de un Plan de Gestión Anual; la realización del estudio económico financiero previo para la prestación de garantías a los asociados; el asesoramiento específico en gestión comercial de las cooperativas y sociedades laborales; la contratación de servicios especializados de apoyo a la gerencia; planes de reactivación de empresas en dificultades; implantación de nuevas herramientas de transformación de las organizaciones; de herramientas para la digitalización; de acciones de mejora en materia medioambiental; y la realización del estudio financiero previo necesario para la prestación de garantías a sus entidades asociadas.

El plazo de presentación de solicitudes se determinará en las respectivas convocatorias pendiente de que se publiquen en el BOPV.