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Nuevos modelos para la presentación de cuentas anuales en el Registro Mercantil

En el BOE de 8 de mayo de 2024 se han publicado nuevos modelos para la presentación de cuentas anuales individuales y cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil. Estos nuevos modelos deberán utilizarse para las cuentas que sean depositadas en el Registro Mercantil a partir del 30 de mayo de 2024.

Modificaciones en los modelos de cuentas anuales

  • La primera afecta a todos los modelos y elimina la información sobre el porcentaje de mujeres en el órgano de administración para sustituirlo por dos nuevas informaciones, el número de mujeres y el total de miembros del órgano de administración. Dicho cambio obedece a facilitar la ampliación de los estudios sobre este asunto, con poco esfuerzo por parte de las empresas depositantes.
  • El segundo cambio afecta exclusivamente a la memoria normal en su apartado 27, información sobre el pago a proveedores durante el ejercicio, así como a su trasposición en el cuadro normalizado M27, que se han adaptado a la información requerida por la Disposición Adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, según la modificación efectuada por el artículo 9 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.
  • Por último, la tercera novedad afecta al modelo Pyme y consiste en eliminar, de la parte voluntaria de la hoja medioambiental, la referencia a las «emisiones alcance 3» (indirectas de clientes y proveedores en la cadena de valor distintas del consumo energético) por no ser un requerimiento de información general dentro de los indicadores del borrador de norma voluntaria que está elaborando el European Financial Reporting Advisory Group (EFRAG) para las pymes.

Modificaciones en los modelos de cuentas anuales consolidadas
Desde la publicación de la anterior Resolución se ha hecho preciso introducir las siguientes modificaciones que afectan exclusivamente a la memoria en su apartado 31 «información sobre el pago a proveedores durante el ejercicio», que se ha adaptado a la información requerida por la Disposición Adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, según la modificación efectuada por el artículo 9 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.

NORMATIVA REGULADORA:
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación (BOE, 08/05/2024).
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación (BOE, 08/05/2024)

Abierto el plazo para solicitar las ayudas de la 3ª convocatoria de los eco-incentivos marítimos


El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha abierto el plazo para solicitar las ayudas correspondientes a la segunda convocatoria del programa Eco-incentivos marítimo. El periodo de solicitud comienza el 1 abril y finaliza el 2 de junio de 2025. La documentación se presentará por vía electrónica en el portal de gestión de subvenciones de la sede electrónica. Las ayudas de esta segunda convocatoria están dirigidas a los transportistas, cargadores u operadores logísticos, tanto empresas como autónomos, que opten por embarcar los semirremolques, remolques o vehículos pesados rígidos en un buque ro-ro, con-ro o ro-pax, en lugar de utilizar exclusivamente la carretera para trasladar la mercancía a su destino final, entre entre el 8 de mayo de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025. Las subvenciones están financiadas con cargo a los fondos europeos NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación.

Esta tercera convocatoria subvencionará los trayectos marítimos internacionales que se realicen entre el 8 de mayo de este año y el 31 de marzo de 2025 entre los puertos de Barcelona, Bilbao, Sagunto, Santander, Valencia y Vigo con destino a otros puertos de la UE en Bélgica, Francia, Irlanda e Italia. Y es que, para ser elegibles, las rutas marítimas deben tener una alternativa por carretera salvo en el caso de Irlanda como origen o destino desde la España peninsular.

Toda la información sobre esta segunda convocatoria, pinchar aquí.

Los Estados miembros podrán imponer sanciones por las infracciones por el uso del tacógrafo cometidas en otro Estado miembro o en un tercer país

En el Diario Oficial de la Unión Europea del pasado 2 de mayo se publicó el Reglamento (UE) 2024/1258, de 24 de abril , por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 561/2006 en lo relativo a los requisitos mínimos sobre las pausas y los períodos de descanso diarios y semanales mínimos en el sector del transporte discrecional de viajeros y en lo relativo a la facultad de los Estados miembros de imponer sanciones por las infracciones del Reglamento (UE) n.° 165/2014 cometidas en otro Estado miembro o en un tercer país. Este Reglamento entrará en vigor a los 20 días de su publicación.

De esta forma, la normativa publicada supone un cambio importante ya que ahora permite que las infracciones detectadas al Reglamento nº 165/2014 (relativo al uso de equipos de tacógrafo) sean sancionadas en cualquier país, independientemente del lugar donde se hayan cometido. Anteriormente las infracciones del Reglamento 165/2014 sólo podían sancionarse en el país donde se producían.

En el artículo 19, apartado 2, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente:

«2.   Los Estados miembros permitirán a las autoridades competentes imponer sanciones a empresas o a conductores por las infracciones del presente Reglamento o del Reglamento (UE) n.o 165/2014 detectadas en su territorio y por las que todavía no se haya impuesto ninguna sanción, aun cuando tales infracciones se hayan cometido en el territorio de otro Estado miembro o de un tercer país.».

FRANCIA: Reapertura gradual de la autopista A13

Según informa la asociación francesa OTRE en su página web, la reapertura de la autopista A13 en dirección Province-París será posible a partir del próximo sábado 11 de mayo únicamente para vehículos ligeros, siempre que se cumplan todas las condiciones de seguridad. Sin embargo, en dirección a la provincia de París serán necesarios trabajos de reparación más intensos. Actualmente se están estudiando las soluciones y el calendario de reapertura se concretará más adelante, en particular en lo que respecta a los vehículos pesados.

Regulado el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada

En el BOE de 1 de mayo se ha publicado el Real Decreto 439/2024, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo Estatal de la pequeña y la mediana empresa, y se regula el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.

La Ley Crea y Crece, en vigor desde el 19 de octubre de 2022, establece que el Ministerio de Industria y Turismo es el encargado de realizar un seguimiento de la evolución de los plazos de pago. Para este propósito, con periodicidad anual el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada elaborará un informe sobre la situación de los plazos de pago que será presentado y aprobado en el Consejo Estatal de la Pyme.

Entre las funciones del observatorio destacan el seguimiento y evaluación sistemática de la evolución de la morosidad, elaboración del informe anual, elaboración de códigos de buenas prácticas, formulación de propuestas de actuación, seguimiento de las directrices de la UE en esta materia, elaboración, resolución y publicación de un listado de empresas incumplidoras, actuación como órgano consultivo y adopción de sistemas de resolución de conflictos.

El listado de empresas mencionado se elaborará anualmente, a fecha de referencia 31 de diciembre del año anterior, a partir de la información de pago efectivo completo de facturas proporcionada por la AEAT (facturación electrónica). Dejará de ser accesible a los tres meses de su publicación, y no podrá referirse a personas físicas o empresarios a título individual. En todo caso, las empresas incluidas serán notificadas previamente y podrán presentar alegaciones.

El transporte de mercancías por carretera tiene ya establecido su propio baremo sancionador y semestralmente se hacen públicos los listados de empresas morosas que han sido sancionadas en vía firme.

REINO UNIDO: recordatorio sobre nuevos controles sanitarios en frontera para la entrada de mercancías a partir del 30 de abril

Se recuerda que el 30 de abril de 2024 se introducen controles físicos y de la documentación requerida para productos animales de riesgo medio, plantas, productos vegetales y alimentos y piensos de alto riesgo de origen no animal procedentes de la UE. Asimismo, las inspecciones existentes de plantas/productos vegetales de alto riesgo procedentes de la UE pasarán del destino a los Puestos de Control Fronterizo (PIFs).

Más información.

457 millones para reducir en un 50% las emisiones de las carreteras hasta 2030

Ese es el importe aprobado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, dentro de la Estrategia de Eficiencia Energética, para la implantación de sistemas más modernos y la transformación sostenible de la flota de vehículos de la Dirección General de Carreteras. Por ejemplo, el Ministerio tiene previsto modernizar el actual sistema de iluminación de las carreteras, tanto en túneles como en cielo abierto, pasando de luminarias de vapor de sodio a alta presión (VSAP) a iluminación LED, e introducir sistemas de gestión inteligente de la iluminación que permitan regularla en función de la presencia o no de vehículos y personas o de parámetros climáticos. También se instalará un nuevo sistema de gestión de consumos y se apostará por la renovación paulatina de la flota propia de vehículos de la Dirección General de Carreteras, con el objetivo de que el 55% de la flota sea eléctrica o híbrida en 2030, lo que implicará una inversión de unos 10 millones de euros.

Reabierto el túnel de Lesarri de la AP-1 en sentido Gasteiz


El pasado sábado, 27 de abril, se procedió a la reapertura del túnel de Lesarri de la AP-1 en sentido Gasteiz tras finalizar los trabajos de rehabilitación integral que comenzaron el pasado septiembre. En cuanto a los trabajos de rehabilitación del tubo en sentido contrario, estos arrancarán en la segunda quincena de septiembre y la previsión es que la infraestructura al completo esté finalizada y plenamente operativa en mayo de 2025. En la visita previa a la reapertura, la diputada de Infraestructuras Viarias, Maria Ubarretxena, subrayó que el nuevo avance que supone terminar uno de los tubos de esta infraestructura, que “gracias a esta puesta al día superará holgadamente los más altos estándares de seguridad y dotación tecnológica exigidos a nivel europeo”.

Campaña de la Inspección de Trabajo para comprobar posibles incumplimientos en relación con el periodo de prueba de los contratos de trabajo

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha anunciado una campaña para controlar y actuar contra los posibles abusos cometidos durante el periodo de prueba en los contratos de trabajo. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha enfatizado la importancia de este periodo para verificar las aptitudes del trabajador sin que se vulnere su derecho a la estabilidad laboral.

La ITSS se centrará en la revisión de contratos que finalicen por no superar el periodo de prueba, especialmente si se ha excedido la duración máxima establecida o si se despide a trabajadores que ya habían sido contratados previamente para las mismas funciones. Según el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, el periodo de prueba tiene una duración máxima de seis meses para técnicos titulados (o dos meses para los demás casos), tres meses para empresas con menos de 25 trabajadores (excepto técnicos titulados), y no puede exceder un mes en contratos temporales de seis meses o menos. Además, no se aplicará nuevo periodo de prueba si el trabajador ya desempeñó las mismas funciones con anterioridad.

La Herramienta de Lucha contra el Fraude será utilizada por la ITSS para detectar irregularidades y evitar prácticas que perjudiquen los derechos de los trabajadores y la competencia leal entre empresas.