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Italia, trigésimo sexto país en sumarse al e-CMR

Italia ha ratificado oficialmente el convenio internacional para la aplicación de e-CMR, en vigor hace unas semanas. Los países que lo aplican son los siguientes: Alemania, Azerbaijan, Bélgica, Bielorrusia, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Grecia, Irán, Italia, Kyrgyzstan, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Omán, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República de Moldavia, Rumanía, Suecia, Suiza, Tayikistán, Turquía, Turkmenistan, Ucrania y Uzbekistán.

El Gobierno fija los porcentajes mínimos de biocarburantes hasta 2030

En el BOE de 16 de julio se publicó la Orden TED/728/2024, de 15 de julio, por la que se desarrolla el mecanismo de fomento de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte. La orden establece las bases para alcanzar el objetivo de renovables de 2030 e incluye por primera vez los sectores de la aviación y la navegación, así como el biogás, el hidrógeno y otros combustibles renovables de origen no biológico, primándolos frente al transporte por carretera y los biocarburantes tradicionales. Igualmente, refuerza y flexibiliza el Sistema de Certificación de Biocarburantes que permite realizar los cálculos para el cumplimiento de los objetivos anuales de combustible renovable en el transporte.

La regulación europea establece que la energía renovable debe representar al menos un 29% de la demanda para transporte al final de la década. El ordenamiento jurídico español establece una senda creciente de penetración para cumplir ese objetivo, centrada hasta ahora en biodiésel y bioetanol; por ejemplo, deben alcanzar un 12% en 2026. Los operadores al por mayor de productos petrolíferos deben incorporar estos biocarburantes en el mercado, de un modo proporcional a sus ventas, o abonar una compensación económica si no alcanzan el objetivo.

La orden publicada hoy no modifica esa senda de penetración, pero potencia las energías renovables en el transporte, en detrimento de los combustibles fósiles, introduciendo varias mejoras, entre ellas la trasposición de varias disposiciones europeas con anticipación a los horizontes de aplicación previstos en ellas.

A partir de 2025, el biogás, el hidrógeno y los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO, según sus siglas en inglés) podrán computar para el cálculo de cumplimiento de los objetivos, junto con el biodiésel y el bioetanol, pero para fomentar la producción y el consumo aquellos, cada unidad energética puesta en mercado se valorará el doble que la de éstos.

La DGT rebajará la tasa de alcohol a los conductores profesionales

La modificación del Reglamento General de Conductores debe publicarse en el BOE para que entre en vigor. En su esfuerzo por combatir la peligrosa práctica de conducir bajo los efectos del alcohol, la DGT ha decidido reducir la tasa de alcohol permitida de 0,25 mg/l a 0,10 mg/l de alcohol por litro de aire espirado. Este cambio, que afecta principalmente a conductores profesionales como transportistas, taxistas y conductores de VTC, es parte de una estrategia más amplia para disminuir los accidentes de tráfico y, en última instancia, las muertes en las carreteras. Las multas por superar este límite oscilarán entre 500 y 1.000 euros, con la posibilidad de reducir la sanción al 50% si se paga dentro de los primeros 20 días naturales desde la notificación.

Actualizado el ATP


El Consejo de Ministros celebrado el martes 9 de julio tomó conocimiento de la entrada en vigor de las enmiendas a los anejos del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre las unidades especiales utilizadas en estos transportes, así como del texto consolidado de dicho Acuerdo.

El Grupo de trabajo sobre transportes de mercancías perecederas (WP.11) del Comité de transportes interiores de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (CEPE), en sus sesiones celebradas en Ginebra del 26 al 29 octubre del 2021, 3 al 6 de mayo de 2022 y 25 al 28 de octubre de 2022, respectivamente, propuso unas Enmiendas al texto vigente del ATP. El 3 de febrero de 2023, el secretario general de las Naciones Unidas comunicó dicha propuesta de Enmiendas a las partes contratantes del Acuerdo ATP, estableciéndose un plazo de 6 meses para recibir objeciones. Las Enmiendas se consideraron aceptadas y han entrado en vigor el 22 de junio de 2024, obligando a partir de ese momento a todos los Estados parte del ATP. La versión 2024 incluye actualizaciones en los apéndices 1 y 2 del anejo 1, que detallan las definiciones y normas de las unidades especiales utilizadas para el transporte. Entre las principales novedades, se destacan las modificaciones en los modelos de actas de ensayo y la incorporación de nuevas normas para las unidades isotermas, refrigerantes y frigoríficas. Estas enmiendas buscan mejorar la eficiencia y la sostenibilidad de los transportes, adaptándose a los avances tecnológicos y las necesidades actuales del sector.

Puede descargar de manera gratuita la versión actualizada del ATP en el siguiente enlace.

160 millones para el Corredor Vasco del Hidrógeno


El Consejo de Ministros en la reunión celebrada este pasado martes, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO),  aprobó un real decreto para asignar y repartir 794 millones de euros en ayudas directas a los siete proyectos españoles de producción y uso intensivo de hidrógeno renovable en actividades industriales a gran escala elegidos por la Comisión Europea en el marco del Proyecto Importante de Interés Común Europeo (IPCEI, en sus siglas en inglés) Hy2Use. Cinco de las iniciativas beneficiarias incluyen la construcción de electrolizadores de alta capacidad -de 100 MW o más- en entornos de gran actividad industrial, como puertos y otros complejos industriales, constituyendo clústeres o valles integrados que se ubicarán en localizaciones de Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, País Vasco y Murcia. Se encuadran en la línea Technology Field 1 del IPCEI Hy2Use, orientada al impulso del hidrógeno renovable. Las otras dos propuestas españolas del IPCEI Hy2Use se desplegarán en Aragón y prevén la puesta en marcha de sendos proyectos de generación de hidrógeno renovable para su uso en la fabricación de fertilizantes y otros compuestos químicos. Se encuadran en la línea Technology Field 2, cuya finalidad es facilitar el reemplazo tecnológico de las energías fósiles en sectores industriales.

¿Qué ocurre cuando un conductor cambia el NIE por el DNI con respecto a la tarjeta de tacógrafo digital?

Los conductores que disponían de tarjeta de tacógrafo española con número de identidad de extranjero (NIE) deben cambiar su tarjeta de tacógrafo cuando adquieren la nacionalidad española y obtienen el documento nacional de identidad (DNI). Para ello deberá actualizar su permiso de conducir en la DGT con el nuevo DNI, solicitar la tarjeta de tacógrafo y entregar la tarjeta antigua con NIE en la oficina de Transportes que le corresponda por su residencia.

¿En qué caso se puede canjear una tarjeta de tacógrafo digital de conductor?

Cuando se trate de una tarjeta de conductor válida expedida por un Estado de la UE y su titular establezca su residencia normal en España. En la causa de la solicitud se hará constar que se trata de expedición de tarjeta de conductor por canje, el país de origen y el número de la tarjeta que se va a canjear. Junto con la solicitud, se aportará, además, la documentación requerida como si se tratara de una primera solicitud. Deberá devolverse el original de la tarjeta antigua antes de la entrega de la nueva.

Los vehículos alquilados en el extranjero podrán adscribirse a una autorización de transporte española

En el BOE de 3 de julio se publicó el Real Decreto 613/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, para permitir que se pueden utilizar vehículos alquilados en otros países europeos para realizar el transporte de mercancías.

El Gobierno da así cumplimiento a la trasposición de la Directiva 2022/738 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, por la que se modifica la Directiva 2006/1/CE relativa a la utilización de vehículos alquilados sin conductor en el transporte de mercancías por carretera, que obliga a los Estados miembros a permitir a las empresas de transporte de mercancías la utilización de vehículos pesados alquilados en otros Estados miembros con una serie de condiciones. En España esta opción no era posible hasta ahora en el marco de la LOTT, puesto que exigía, en todo caso, que los vehículos vinculados a las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera estuviesen matriculados en España. Sin embargo, con el objetivo de poder cumplir el plazo de transposición de la norma, se realizan estos cambios que permiten la completa transposición de aquella mediante la modificación del ROTT.

La citada y necesaria modificación del ROTT se ha publicado en el BOE de 3 de julio a través del Real Decreto 613/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1211/1990.

Se añade un apartado 3 al artículo 38 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, quedando el artículo completo de la siguiente manera:

Artículo 38.
  1. Las autorizaciones de transporte habilitan para realizar transporte exclusivamente con los vehículos que se les hayan vinculado mediante la inscripción de su matrícula en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
  2. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1.d) de la LOTT, habrá de resultar acreditado que los vehículos con capacidad de tracción propia que se vayan a utilizar para realizar transporte al amparo de la autorización se encuentran matriculados en España y su titular dispone de ellos en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.2 de la LOTT.

En la comprobación del cumplimiento de este requisito, el órgano competente deberá atenerse exclusivamente a los datos obrantes en los registros de la Jefatura Central de Tráfico.

Cuando el titular de la autorización pretenda adscribir a esta un vehículo del que disponga en arrendamiento ordinario, deberá acreditar documentalmente la existencia del oportuno contrato con una empresa arrendadora.

  1. No obstante, los vehículos vinculados a títulos habilitantes para la realización de transporte público de mercancías podrán estar matriculados en otro Estado miembro, siempre que se respete el límite temporal máximo previsto en la legislación nacional a efectos de su matriculación obligatoria en España.

Cuando el titular de la autorización pretenda adscribir a esta un vehículo del que sea propietario, deberá acreditarlo mediante cualquier medio admitido en derecho.

Cuando el titular de la autorización pretenda adscribir a esta un vehículo del que disponga en arrendamiento ordinario, deberá acreditar documentalmente la existencia del oportuno contrato con una empresa arrendadora.

Nueva web donde consultar las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones)

La asociación catalana de transportistas Astac Condal, con la colaboración del Real Automóvil Club de Cataluña, han desarrollado conjuntamente un espacio web que recoge el despliegue de las Zonas de Bajas Emisiones en toda España, con la finalidad de controlar la evolución de su implantación y la repercusión que pueda tener en el sector del transporte de mercancías por carretera. El objetivo ha sido conseguir mejorar la información y reducir dificultades de gestión. El mencionado proyecto se ha llevado a cabo con el respaldo y apoyo de Departament de Territori de la Generalitat de Cataluña. Un total de 149 ciudades en todo el territorio nacional están obligadas a implantar estas zonas en sus municipios.